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    La Cámara de Apelaciones de Nueva York revocó el fallo de primera instancia que condenaba al país por la expropiación de la petrolera. El tribunal ratificó que la firma fue correctamente exculpada de cualquier responsabilidad durante el proceso de estatización llevado a cabo en 2012.

    En una resolución que marca un hito para las finanzas públicas argentinas, la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York decidió revocar la sentencia de primera instancia en el extenso juicio por la expropiación de la petrolera de bandera YPF. Gracias a esta determinación, la Argentina queda eximida, por el momento, de abonar una cifra superior a los u$s16.100 millones. Asimismo, el tribunal ratificó que la firma fue correctamente exculpada de cualquier responsabilidad durante el proceso de estatización llevado a cabo en 2012.

    Este litigio, que se remonta al año 2015, había tenido su punto más crítico en 2023. En aquel entonces, la jueza Loretta Preska del Distrito Sur de Nueva York condenó al Estado nacional a pagar la millonaria indemnización más intereses, al considerar que se había violado el estatuto de la compañía al no realizar una oferta pública de adquisición (OPA) a los accionistas minoritarios, representados por los fondos Eton Park y Burford.

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    Los argumentos de la defensa que cambiaron el curso del proceso

    La resolución de la Cámara de Apelaciones llega luego de una intensa etapa de apelación que tuvo su jornada clave en octubre de 2025. Durante una audiencia que se extendió por 96 minutos ante los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson, los representantes legales del Estado argentino presentaron una estrategia sólida basada en tres pilares fundamentales. El objetivo principal era la anulación total de la sentencia o, en subsidio, un recorte drástico en los montos compensatorios.

    El planteo central, sostenido de forma recurrente por diversas administraciones, incluyendo la de Mauricio Macri, Alberto Fernández y ahora la de Javier Milei, defendía que la jurisdicción adecuada para tratar este conflicto era la Justicia argentina y no los tribunales estadounidenses. La defensa argentina argumentó que un tribunal local debía determinar la jerarquía normativa entre la ley de expropiación, que permitió estatizar el 51% de la firma, y los estatutos internos que obligaban al lanzamiento de una OPA al superar el 15% del paquete accionario.

    Acompañando este eje, se presentó un argumento técnico que señalaba errores en la interpretación de la normativa local —derecho societario y administrativo— por parte de la jueza Preska. Estas inconsistencias en la lectura del derecho argentino fueron determinantes para que los magistrados de alzada revisaran el fallo inicial.

    La reducción de la condena: un escenario de contención que no fue necesario
    En caso de que los magistrados no aceptaran la anulación total por cuestiones de jurisdicción o interpretación técnica, la defensa argentina había preparado un tercer camino centrado en el cálculo financiero de la indemnización. Según los planteos presentados ante la Cámara, el derecho procesal de los Estados Unidos dicta que la conversión monetaria debe realizarse tomando el tipo de cambio vigente al momento de la sentencia (2023) y no al de la fecha del supuesto incumplimiento (2012).

    De haberse aplicado este criterio contable, la deuda reclamada por los demandantes se habría reducido desde los más de u$s16.100 millones originales a aproximadamente u$s4.920 millones. Sin embargo, la decisión final de la Cámara de revocar la sentencia de primera instancia tornó innecesario este recálculo, otorgando al país un alivio económico directo sobre la totalidad del monto en disputa.

    Aunque las contrapartes conservan la instancia de recurrir a la Corte Suprema de los Estados Unidos, expertos legales sugieren que las probabilidades de que el máximo tribunal tome el caso para su revisión son sumamente bajas, lo que consolida esta victoria judicial como un paso definitivo para cerrar el conflicto legal más oneroso de la última década para el país.

    El juicio por YPF

    En una votación de 2 a 1, el Segundo Tribunal de Apelaciones del Circuito de los Estados Unidos en Manhattan dictaminó que las reclamaciones de los demandantes por daños y perjuicios por incumplimiento de contrato no eran reconocibles bajo los códigos civiles y el derecho público de Argentina, lo que justifica la revocación del fallo.

    Argentina había estado intentando revocar la indemnización de 16.100 millones de dólares otorgada en septiembre de 2023 por un juez de primera instancia a los antiguos accionistas de YPF, Petersen Energía Inversora y Eton Park Capital Management, por supuestas pérdidas vinculadas a la nacionalización de YPF.

    El país también había apelado una orden de junio de 2025 que le obligaba a entregar las acciones de YPF para satisfacer parcialmente la sentencia. Dado que la sentencia fue anulada, el Segundo Circuito dejó sin efecto la orden de entrega.

    Burford, una empresa con sede en el Reino Unido que financia el litigio, habría cobrado gran parte de la sentencia de 16.100 millones de dólares si esta se hubiera mantenido. La indemnización ascendió a 18.000 millones de dólares con los intereses cuando se presentó la apelación en octubre pasado, según declaró un abogado de Argentina.

    La apelación se refería a la decisión de Argentina de expropiar el 51% de las acciones de YPF a la española Repsol por 5.000 millones de dólares sin realizar una oferta pública de adquisición a Petersen y Eton Park, el segundo y tercer mayor inversor de YPF.

    YPF era una empresa privada desde 1993. Pero la expresidente Cristina Fernández de Kirchner decidió renacionalizarla en 2012 porque no producía suficiente petróleo y gas natural para satisfacer la demanda local.

    En septiembre de 2023, la jueza de distrito estadounidense Loretta Preska, en Manhattan, dictaminó que Argentina había incumplido sus obligaciones con Petersen y Eton Park, y le ordenó pagarles 14.390 millones de dólares y 1.710 millones de dólares, respectivamente.

    Dichas sumas incluían 8.430 millones de dólares en concepto de daños y perjuicios, más 7.670 millones de dólares en intereses previos al fallo a un tipo del 8%.

    Durante los alegatos orales del 29 de octubre, el panel de tres jueces del tribunal de apelaciones cuestionó por qué el caso se encontraba en Estados Unidos, dado que la actividad subyacente tuvo lugar en Argentina e implicó presuntas violaciones de la ley argentina.

    Un abogado de Petersen y Eton Park defendió la decisión de llevar el caso a Estados Unidos, argumentando que las dificultades económicas de Argentina y su “inclinación por el nacionalismo” implicaban que los inversores podrían recibir un trato menos justo por parte de los tribunales de ese país.

    El mensaje de Javier Milei

    El presidente Javier Milei celebró el fallo en una publicación en X, acompañada en una foto en la que se ve a la ministra Sandra Pettovello; su hermana, Karina Milei; el presidente y CEO de YPF, Horacio Marín y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni.

    “Ganamos en el juicio”, escribió el líder libertario. No parece un dato menor el hecho de que el anuncio inicial fue difundido por Adorni, en momentos en que el jefe de Gabinete está agobiado por las denuncias sobre su patrimonio.

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