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    Inicio » Un consorcio fue condenado por no pagar los aportes patronales
    30 agosto 2024 JUDICIALES

    Un consorcio fue condenado por no pagar los aportes patronales

    Una administradora de edificios de La Pampa registraba a los trabajadores como empleados de comercio porque le resultaba "más barato". La Federación de Trabajadores de Renta y Horizontal (Fateryh) la demandó y el juzgado federal de Santa Rosa falló a su favor.
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    Un consorcio fue condenado por no pagar los aportes patronales
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    El juzgado federal de Santa Rosa, La Pampa, falló a favor de la Federación de Trabajadores de Renta y Horizontal (Fateryh) en una causa que ese federación entabló contra una administradora de consorcios se niega a encuadrar trabajadores en el sindicato de encargados de edificios. El tribunal condenó al Consorcio de Copropietarios Jardines de Villa Elvina a pagar aportes y contribuciones reclamados.

    En lugar de encuadrar a los trabajadores en el Suterh, la administradora condenada los registra como empleados de comercio. Su argumento es que “es más barato”.

    El secretario general de Suterh La Pampa, Héctor Pérez, destacó que “es el primer fallo de numerosas demandas que hemos presentado contra la administradora, quien recomienda a los consorcios que registren a su personal como empleados de comercio, con el argumento de que resulta menos oneroso”.

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    El sindicalista remarcó que “a medida que la justicia vaya dictando sentencias, los consorcios demandados comprobarán que resulta mucho más oneroso violar las leyes, porque quien paga mal, paga dos veces. Y para afrontar el costo de estos juicios deberán soportar elevadas expensas extraordinarias”, añadió.

    La práctica de no registrar a los trabajadores en el sindicato correspondiente va contra la ley y el caso de La Pampa no es el único. Pérez señaló que “en lo que va de este año hubo condenas similares en Bariloche, La Plata, Rosario y otras ciudades del país porque es una práctica ilegal bastante habitual de algunas administraciones de edificios”, aclaró. También recordó que “hace unos meses hubo un fallo favorable a una trabajadora santarroseña que había sido despedida por la misma administradora y es integrante de nuestra comisión directiva”.

    El titular del Suterh La Pampa precisó que la administradora demandada maneja “al menos 27 edificios” en Santa Rosa. También contó que asesora a los consorcios “para que no encuadren a los trabajadores en el Suterh porque es muy caro y aconseja registrarlos como empelados de comercio a través de una empresa de limpieza”.

    Los juicios fueron impulsados por Fateryh, con el patrocinio del abogado Diego Martín Fralasco. El expediente en el cual falló el jugado federal de Santa Rosa, caratulado “Fateryh c/consorcio Jardines de Villa Elvina s/ejecución fiscal”, hay constancia de que los empleados son registrados por la firma “Gente del Pago SRL”, una empresa de limpieza cuyos titulares son la propia administradora y su hermano”.

    “El sindicato se presentó muchas veces ante esta contadora para solicitarle que encuadrara a nuestros trabajadores en el CCT 589/10, pero nunca quiso hacerlo” por lo cual “tuvimos que tomar la decisión de encarar la vía judicial”, relató Pérez al diario La Arena.

    El sindicato promovió varias demandas, por lo cual se descuenta en adelante habrá más fallos en el mismo sentido. El titular del gremio en Santa Rosa insistió en que “a cualquier consorcio le terminará saliendo mucho más caro enfrentar juicios” y agregó: “Dicen que los sindicatos solo queremos recaudar, pero es mentira. Defendemos derechos de los trabajadores. Si encuadraran como corresponde a sus empleados no tendríamos que hacer estos juicios, que terminan costándole mucho más caro a los propietarios”.

    Fateryh celebró el fallo. “Es una victoria no solo para Fateryh, sino para todos los trabajadores que luchan por el reconocimiento y respeto de sus derechos laborales”, enfatizaron desde la federación que conduce Víctor Santa María.

    “Esta sentencia resulta crucial porque refuerza la posición de los sindicatos como defensores de los trabajadores frente a empleadores que intentan evadir sus obligaciones”, explicó Fateryh en un comunicado y destacó que el juez “ratificó al Certificado de Deuda como documento válido para iniciar la ejecución, desechando pretensiones de la demandada sobre la nulidad del proceso”.

    El fallo también remarcó que el consorcio “intentó desvirtuar la relación laboral al contratar una empresa de limpieza en lugar de empleados en relación de dependencia” y no hizo lugar a las excepciones presentadas por la defensa, que cuestionaba la validez del Certificado de Deuda emitido por Fateryh, alegaba falta de legitimación pasiva y pretendía la inconstitucionalidad del procedimiento. El juzgado federal de Santa Rosa ordenó también la ejecución hasta que el consorcio pague la totalidad de la deuda reclamada, incluyendo intereses y costas.

    Fateryh apuntó que “este aspecto del fallo es un mensaje claro para los empleadores: los derechos laborales no son negociables y los intentos por eludir las responsabilidades terminan siendo sancionados por la justicia”. En la misma línea se pronunció Pérez: “Esta sentencia debería servir para que los consorcios y empleadores entiendan que cumplir sus obligaciones y respetar los derechos de los trabajadores les evitará consecuencias mucho más gravosas.”

    Página/12

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