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    Inicio » Suben los montos para que haya delito de evasión y buscan blindar a quienes usen dólares del colchón
    6 junio 2025 NACIONALES

    Suben los montos para que haya delito de evasión y buscan blindar a quienes usen dólares del colchón

    Através del anuncio de la Ley de Principio de Inocencia Fiscal, como denominó el Gobierno libertario a la iniciativa presentada este jueves en la Casa Rosada, se subirán los umbrales que definen cuándo hay delitos de evasión penalizados, y se buscará blindar por ley a los contribuyentes que decidan usar sus dólares del colchón. La letra chica del proyecto que envió al Congreso supone subas de umbrales para penar a evasores; se crea un mecanismo para que se formalicen bienes adquiridos con fondos no declarados.
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    Suben los montos para que haya delito de evasión y buscan blindar a quienes usen dólares del colchón
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    El plan fue lanzado este jueves en conferencia de prensa por el titular de Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo, y por el diputado y candidato de La Libertad Avanza en las próximas elecciones de octubre, José Luis Espert.

    “Queremos blindar al ciudadano de bien”, dijo el legislador. “No son los argentinos los que están en falta con el Estado, sino el Estado con los ciudadanos, agregó y luego cargó duramente contra el gobernador bonaerense, Axel Kicillof, al que llamó ”soviético”, y contra los diputados que avanzaron en el Congreso con cambios previsionales.

    “Los diputados y senadores de la Nación tienen que elegir entre acompañar el proyecto y que los argentinos sean libres y normalicen su situación patrimonial, u oponerse y condenarlos a esconder sus ahorros bienhabidos”, sumó cuando este medio le preguntó por la suerte de este proyecto luego de la derrota de con relación a los jubilados.

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    Pazo explicó sin detalles la iniciativa oficial que se giró al Congreso y aclaró, ante una consulta, que el blindaje es sólo para para quienes adhieran el régimen simplificado de ganancias, que ya lanzó el Gobierno.

    El objetivo del plan oficial es que quienes tengan su dinero o su patrimonio en la informalidad encuentren un vehículo para formalizarlo, pagar impuestos y poder aprovechar el crédito. Todo, con garantía legal de que no serán perseguidos en el futuro. Además, el Ejecutivo busca que se recaude más y sumar dólares a las reservas del Banco Central (BCRA).

    Según contaron, el proyecto para cambiar la ley penal tributaria en el Parlamento, donde el oficialismo probablemente encuentre escollos como los de este miércoles, tiene dos fases distintas: la primera es modificar el paradigma del régimen tributario argentino. “Que pase de persecutorio a recaudatorio”, describió una fuente a cargo de la elaboración de la letra chica. La segunda es crear un “cerrojo”. Ahí entra el régimen de Ganancias simplificado presentado semanas atrás y que ya es una posibilidad para los contribuyentes desde el 1º de este mes.

    En la primera fase se trabajó fundamentalmente en determinar qué es delito. Para eso, se harán cambios al régimen general. O sea, las modificaciones impactarán en todo el universo de los contribuyentes.

    En ese camino se actualizará qué montos deben estar estar implicados en una evasión simple (pasarán de los actuales $1,5 millones a $100 millones). También, la evasión agravada pasará de $15 millones a $1000 millones. “La idea es que haya una utilización racional de los recursos para fiscalizar”, contaron a este medio los ideólogos.

    El proyecto que va al Congreso no contemplará una actualización de esos umbrales por inflación, ya que el Gobierno esta trabajando en una reforma tributaria integral en la que sí contempla esta posibilidad.

    “Era más caro el abogado que la deuda”, ejemplificó un hombre que conoce ARCA desde adentro para hablar de los juicios por montos pequeños que se siguen por evasión. Para el Estado, que tenía que impulsar una denuncia, también era un costo sin sentido. Se estima que de los 6652 causas actuales – por el acogimiento a la ley penal más benigna, si se aprueba el proyecto – quedarán sólo 198.

    Se creará además una instancia previa a la judicialización. Si se detecta un “pago indebido” no habrá per se una denuncia penal de ARCA. Por única vez, el contribuyente tendrá la posibilidad de apersonarse en la agencia de recaudación y pagar la deuda más intereses. Esto para las evasiones simples y agravadas (tanto de tributos como de contribuciones y aportes patronales) como con el aprovechamiento indebido de beneficios fiscales. Esta posibilidad no incluye a los agentes de retención. Esta opción seguirá abierta para el contribuyente que no reincida.

    En un segundo paso, si se está ante el juez, la nueva normativa permitirá pagar los adeudado, más intereses más una multa de 50% para extinguir la acción penal.

    Para los contadores

    Además, como contó La Nación este miércoles, habrá una actualización de la multa por infracciones tributarias de los contribuyentes, como no presentar a tiempo la declaración jurada o el régimen de información. Pasará de $200 – el que regía en 2003 – a uno actualizado por IPC de $220.000.

    Según fuentes oficiales, algunos contadores atrasaban las presentaciones y, sin problemas, pagaban la multa, que era muy baja, lo que les permitía manejar sus tiempos. Sin embargo, en ARCA reconocen que, en los últimos años, hubo muchos atrasos por los incumplimiento del mismo ente con los aplicativos, lo que derivó en pedidos de prórrogas. Este año, contaron, se presentaron 90 días antes del vencimiento y prometen mejorar esos tiempos en el futuro.

    Por otra parte, cambiarán los tiempos de prescripción a tres años, siempre y cuando se presente todo a término y sin discrepancias “significativas”. Ese calificativo, afirman las autoridades, tiene un detalle en el proyecto de ley (están por caso, las diferencias de más de 15% en las rendiciones o lo que tiene que ver con facturas apócrifas).

    Con relación a este punto, en el Gobierno contaron que incluyeron en el proyecto de ley dos cambios en el Código Civil y Comercial en base a jurisprudencia de la Corte Suprema. Tiene que ver con qué prescripción prevalece en caso de que algunos gobiernos provinciales, como el de Buenos Aires, no se adhiera al régimen simplificado de Ganancias. Esto es si rigen los plazos de ARCA o de ARBA, según este ejemplo. En el Ejecutivo afirman que la Corte ya zanjó esto y que siempre se rigen por la “normativa de fondo”, lo que significa la de ARCA. Esto, igualmente, se incluyó ahora en el proyecto para que sea ley.

    La fase dos del proyecto

    La fase dos tiene que ver con el régimen simplificado de Ganancias que presentó a fines del mes pasado el Gobierno. Este está pensado para personas residentes -los no residentes quedan afuera- sucesiones indivisas, mientras que los grandes contribuyentes quedarán afuera.

    El proyecto de ley delimita el universo: podrán entrar los que tengan ingresos totales anuales por hasta $1000 millones y quienes no tengan $10.000 millones de patrimonio.

    El objetivo de este paso es que los aproximadamente 5 millones de monotributistas y trabajadores informales formalicen su patrimonio. Si bien no se modifican alícuotas – ni bajan costos – para pasar de ser un informal o un monotributista a un responsable inscripto, para el Gobierno hay dos incentivos: aquel que se adhiera tendrá por ley una especie de tapón fiscal (no mirarán su variación patrimonial ni sus consumos) y, según creen en el Gobierno, esto redundará en que puedan aprovechar al máximo el renacimiento actual que tiene el crédito.

    Es que una vez adherido, el régimen simplificado de ganancias calculará el pago que tiene que hacer el contribuyente -este lo podrá visualizar y rectificar-, generará un VEP (volante de pago) y al pagar, según la modificación que incluye el proyecto por ley, habrá un efecto liberatorio más allá de la variación patrimonial existente. A partir de la próxima declaración, los nuevos bienes que aparezcan sí pagarán Bienes Personales.

    La fiscalización de ARCA se limitará, contaron, sólo a la última declaración jurada presentada. En el oficialismo aclararon que alguien que hoy sea un gran contribuyente sin bienes registrados podrá ingresar al régimen simplificado y no se mirará su incremento patrimonial. Una vez saneado su pasado y con cerrojo legal, a la hora de presentar la próxima declaración quedará afuera del sistema.

    La Nación

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