Por el ing. José Sesma*
Vano fue mi trabajo en redactar proyectos de ley que fueron presentados por legisladores nacionales en el Congreso, para que “se declare servicio público la producción, comercialización y distribución del gas licuado de petróleo (GLP)”, como así lo es la distribución por redes del Gas Natural, un servicio ininterrumpido para el uso residencial.
Sin embargo, se logró por la ley 26020 en su artículo Nº5, que sea declarado de interés público y que, dentro de algunas diferencias con ser un servicio público, ‘’la comercialización puede ser interrumpida” por distintas razones; una de ellas, por ejemplo, es un conflicto gremial.
Además, para el Gas Natural es obligatorio llamar a audiencia pública antes de modificar su precio, entre otras diferencias.
La necesidad de declarar el consumo del gas en garrafa como servicio público surge del deber del Estado de lograr el desarrollo humano de sus habitantes (art. 75 inc. 19 Constitución Nacional), lo que supone la ponderación de prioridades básicas de las personas que deben ser satisfechas.
El inciso 19 del artículo 75 de nuestra Carta Magna incorporó el concepto de progreso económico, uno de los aspectos del desarrollo humano, con justicia social. Este mandato obliga claramente al Poder Ejecutivo nacional a proteger a los sectores más desposeídos de la sociedad brindándoles una protección efectiva mediante un acceso seguro y condiciones igualitarias de prestaciones de servicios. Situación que hoy no ocurre, puesto que los que más tienen gozan de la tutela del servicio público y los que menos tienen, no.
En resumen, es declarar que el servicio público al Gas Licuado de Petróleo es una obligación prioritaria del Estado Nacional, puesto que implica resguardar los derechos de los habitantes de la República Argentina a la igualdad, a la salud, a la vida ya la calidad de ella, a la seguridad, a sus intereses económicos, a las condiciones de trato equitativo y digno, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia en el mercado, al control de los monopolios, al control de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, al acceso al consumo, al trato no discriminatorio, a la satisfacción mediante el consumo de bienes y el uso de servicios, ya la lealtad comercial.
Hoy, después de haber transcurrido casi dos décadas, convoco nuevamente – a los coautores del logro de la Garrafa Social y a a todos los habitantes de la región NEA, como así también a todos los consumidores de tubos y garrafas con GLP-, a reclamar nuestro legítimo derecho a la “equidad” y difundir y masificar este reclamo. Tal como se publicó en el diario El Destape.
(*) Ingeniero Electro Industria, consultor especialista en el sector Energía convencional y renovable, gas natural y biogas.