El sobreseimiento de Luis Caputo por la presunta omisión de declarar vínculos con sociedades beneficiadas a la hora de emitir un bono a 100 años, durante su gestión en la cartera de Finanzas del gobierno de Mauricio Macri, será revisado por la Cámara Federal de Casación, con lo cual aún no quedó firme.
La sala I de la Cámara Federal porteña concedió este viernes la apelación de la fiscal ante esa instancia Eugenia Anzorreguy, quien reclamó llegar hasta el máximo tribunal penal federal del país para que se revoque esa decisión, según la resolución a la que tuvo acceso Infobae.
Los jueces del tribunal intermedio de apelaciones Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola declararon “admisible” la apelación y remarcaron que la confirmación del sobreseimiento que se decidió el 7 de septiembre pasado es una sentencia definitiva que “pone fin a la acción y cierra definitiva e irrevocablemente el proceso”, con lo cual se cumple uno de los requisitos para una nueva revisión en Casación.
El camarista Mariano Llorens votó en cambio por rechazar el recurso porque los argumentos de la apelación tendieron a “reeditar” razones ya esgrimidas y resultan “insuficientes” para que intervenga Casación, consideró.
Qué se investigó
El actual Ministro de Economía de la Nación fue investigado por sus vínculos con el conglomerado financiero Noctua, y la emisión de un bono a 100 años, la supuesta omisión de información en sus declaraciones juradas y un eventual uso de información privilegiada durante su paso por la Secretaría y el Ministerio de Finanzas en el macrismo.
Durante la investigación, el fiscal federal Carlos Rívolo pidió su citación a declaración indagatoria pero el juez del caso, Julián Ercolini, rechazó el planteo y sobreseyó a Caputo por entender que no existió delito. Esta es la decisión que el 7 de septiembre confirmó la Cámara Federal y ahora revisará Casación.
La denuncia
Caputo fue denunciado por supuesta omisión de consignar en sus DDJJ originales y rectificativas de los períodos 2014, 2015 y 2016, presentadas ante la Oficina Anticorrupción, el haber sido uno de los dueños y principales accionistas de “Princess International Group Ltd.”, una sociedad radicada en Islas Caimán, dueña y controlante del conglomerado financiero “Noctua Partners” que administraba fondos de inversión, y que incluía dentro de su estructura a la sociedad “LC Advisors SA”, radicada en Argentina.
Se sostuvo que en su condición de funcionario público habría perseguido encubiertamente un interés particular y privado, en la emisión de títulos de deuda pública -bonos en dólares del tesoro nacional “2019, 2021, 2026, y 2046” emitidos de acuerdo al artículo 7 de la Ley 27.249-, excediendo los objetivos que justificaban el acto, con el fin de intentar favorecer los negocios de su conglomerado financiero que omitió declarar.
También se lo imputó por el presunto suministro de información privilegiada a raíz de “su doble condición simultánea: por un lado funcionario de alto rango encargado de la emisión de los bonos del tesoro nacional y, por el otro, director y beneficiario final de un conglomerado financiero con sede en territorio de Islas Caimán”, y empresas afiliadas en Argentina, también de su titularidad, que suscribió dichos bonos.
Por qué se confirmó el sobreseimiento
Al confirmar el sobreseimiento, la Cámara Federal concluyó que no se probó ni la “malicia” exigida para castigar una omisión en declaraciones juradas ni una “confusión de intereses públicos y privados” en la colocación de bonos.
Para el tribunal, el hecho de que la vinculación con LC Advisors surgiera del perfil fiscal del contribuyente y de las declaraciones de bienes personales operó como un indicio en contra de cualquier intención de ocultamiento.
La resolución añadió que Caputo había rectificado sus presentaciones y que, en ese marco, informó su relación con Noctua Asset Management hasta diciembre de 2015 y su paso por Axis, asociada a la compradora de bonos.
Además se indicó que la emisión de deuda respondió a una decisión de política económica con intervención de varios actores y no a la sola voluntad del entonces secretario.
A su vez, el fallo sostuvo que la fiscalía no logró demostrar cuál habría sido la ventaja que habría obtenido la administradora de fondos de inversión Noctua Partners LLC, compradora de los bonos argentinos.




