Close Menu
    VER CIUDAD TV EN VIVO
    Logowebchacodiapordia 05
    ULTIMOS TITULOS

    Con distintas actividades culturales invitan a imaginar nuevas formas de habitar el Museo de Medios

    26 octubre 2026

    El Gobierno refuerza la contención y asistencia a las familias evacuadas en Puerto Vilelas

    26 octubre 2026

    El Renatre lanzó un plan de pagos para empleadores que quedaron debiendo aportes

    26 octubre 2026
    Facebook X (Twitter) Instagram YouTube WhatsApp Twitch
    Facebook X (Twitter) Instagram
    martes, octubre 27 de 2026
    CHACODIAPORDIA.COMCHACODIAPORDIA.COM
    RADIOCIUDAD
    • INICIO
    • CIUDAD

      Estudiantes de la EES Nº 28 de Resistencia conocieron el Parlamento y el rol de los diputados

      26 octubre 2026

      La otra cara de la inundación: animales heridos, enfermos y muertos por la crecida de los ríos

      26 octubre 2026

      El Ipduv y SUOPE avanzan en la regularización dominial del barrio Luz Esperanza

      26 octubre 2026

      Detectaron 17 casos de alcoholemia positiva en controles vehiculares en Resistencia

      26 octubre 2026

      Por el niño el Gobierno Provincial refuerza las acciones de saneamiento ambiental

      26 octubre 2026
    • INTERIOR

      Concursan dos cargos de la circunscripción judicial de Castelli pertenecientes al pueblo wichí

      26 octubre 2026

      García: “El triunfo de Lula demuestra que el experimento de Mieli y Zdero está terminado porque destruye la economía”

      26 octubre 2026

      Llega el Operativo Interfluvio mientras el programa Ñachec asiste a las familias de la región del Impenetrable

      26 octubre 2026

      El intendente Sander participó del tradicional remate de reproductores a campo

      26 octubre 2026

      El gobernador Zdero habilitó el histórico galpón del ferrocarril de Quitilipi

      26 octubre 2026
    • LA REGIÓN

      El Paraná sigue creciendo mientras se asiste a evacuados y mascotas en Paso de la Patria

      26 octubre 2026

      Quiebra de la Algodonera Avellaneda: impulsan venta de activos y abren registro de potenciales compradores

      26 octubre 2026

      El Niño ya golpea al NEA y la Patagonia: inundaciones, evacuados y asistencia aérea

      24 octubre 2026

      Misiones: el temporal dejó daños en varias localidades y tres puentes cortados

      23 octubre 2026

      Santa Fe: cerca del límite con Chaco granizada “en seco” mató animales de granja

      23 octubre 2026
    • NACIONALES

      Las ventas de combustible al público crecieron 2,0% interanual en septiembre 2026

      26 octubre 2026

      Los bonos y acciones argentinas caen hasta 8% en Wall Street tras la victoria de Lula en Brasil

      26 octubre 2026

      Subsidios: reglamentan cambios en “Zona Fría” y 1,6 millones de hogares pagarán más caro el gas

      26 octubre 2026

      Milei evitó saludar a Lula tras su triunfo y el Gobierno debate el impacto de la elección en Brasil

      26 octubre 2026

      Milei no baja a sus candidatos en las provincias y complica acuerdos con los gobernadores

      26 octubre 2026
    • POLICIALES

      Entregan sendas embarcaciones destinadas a la División Fluvial de la Policía

      26 octubre 2026

      Interceptaron a un sujeto por una causa de drogas y dos hombres demorados por una pelea

      26 octubre 2026

      Lo detuvieron por lesionar a un hombre con un cuchillo

      26 octubre 2026

      Tragedia en Corzuela: hallan ahogados en una represa a tres niños extraviados

      26 octubre 2026

      Sáenz Peña: un menor denunció que fue raptado, golpeado y abusado por tres sujetos

      25 octubre 2026
    • ACTUALIDAD
      • CHACO HOY
      • JUDICIALES
      • LEGISLATIVAS
      • TURISMO
      • SOCIEDAD
      • CULTURA
      • AGENDA UNIVERSITARIA
      • OPINION
      • INFORMACIÓN GENERAL
      • OTRAS NOTICIAS
      • EDICTOS
    CHACODIAPORDIA.COMCHACODIAPORDIA.COM
    Inicio » Regulación inconstitucional para impedir la protesta social
    18 diciembre 2023 OPINION

    Regulación inconstitucional para impedir la protesta social

    La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, el 14/12/23, inconstitucionalmente, dictó la Resolución 943, decidida por su sola voluntad, por la que regula un Protocolo de Actuación de las Fuerzas Federales y de Seguridad del Estado ante manifestaciones públicas.
    Facebook Twitter Telegram Email WhatsApp
    Regulación inconstitucional para impedir la protesta social
    Patricia Bullrich anunció el protocolo anti piquetes.
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    Por Miguel Julio Rodríguez Villafañe*

    Pubicidad
    Pubicidad
    Pubicidad

    En ella asumió facultades legislativas que no las tiene, ni el Poder Ejecutivo en ejercicio, del dictado de decretos de necesidad y urgencia, en materia penal (art. 99, inc. 3 de la Const. Nac.).

    Se dispone graves sanciones de naturaleza penal que pueden ir desde la pérdida de la personería de las instituciones actuantes como sindicatos y organizaciones de la sociedad civil como la sanción de pretender cobrarles los costos vinculados con el operativo de seguridad. Además, el protocolo viola los artículos 14 y 28 de la Const. Nac., porque el derecho a la libertad de expresión sólo lo puede regular el Poder Legislativo.

    También se amenaza con la quita de las ayudas sociales y con el control extorsivo de los organismos de defensa de menores, por el solo hecho de que sus padres hayan ido con bebés o niños a una manifestación pacífica. En este último aspecto, se da la violación discriminatoria al derecho de la libertad de expresión, de padres que no tuvieran con quién dejar sus hijos para reclamar por sus derechos.

    Además, el Protocolo determina, que “deberán ser identificados los autores, cómplices e instigadores, mediante filmaciones y otros medios digitales o manuales, con registro prioritario de los datos de sus líderes y organización con la cual se vinculan …”, (art. 6). Y agrega, “los datos de los autores, cómplices, instigadores y organizadores que hubieren podido ser registrados por las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales – ya se trate de organizaciones formales o informales, con o sin personería jurídica, gremios o partidos políticos – serán remitidos al Ministerio de Seguridad para su comunicación a la autoridad de aplicación correspondiente, a los efectos de la adopción de las medidas administrativas que corresponda”, (art. 8). Estas disposiciones violan la Ley 25.520 de Inteligencia Nacional que determina, que sólo “el Presidente de la Nación fijará los lineamientos estratégicos y objetivos generales de la política de Inteligencia nacional” (art. 12) y dispone que: “Ningún organismo de inteligencia podrá: … Obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción”, (art. 4, inc. 2).

    El protocolo realiza descripciones ambiguas y vagas, sostiene que se castigarán, por ejemplo, a los instigadores. ¿Cuál es el alcance y la interpretación? ¿A quiénes hablen de la justicia de los reclamos sociales, se los podrán considerar como instigadores de un supuesto delito, con consecuencias personales o institucionales?

    A su vez, el protocolo dispone que toda manifestación puede ser tipificada por la Policía, como delito flagrante, reprimido por el art. 194 del Código Penal de la Nación Argentina y en función de ello actuar. Sólo comunicándole luego al juez o al fiscal competente. O sea, la dirección y alcance del procedimiento lo fija la policía, por sobre los fiscales y los jueces, que se encontrarán ante hechos consumados. Además, ahora no se prohíbe el accionar con armas letales.

    Durante la presentación del Protocolo, Bullrich sostuvo, que “las cuatro fuerzas federales y el Servicio Penitenciario Federal van a intervenir frente a cortes, piquetes o bloqueos, sean parciales o totales. La ley no se cumple a medias, se cumple o no se cumple”. Resulta que conforme a la norma que regula el Servicio Penitenciario Ley 20.416, esta fuerza no podrá actuar como lo dispone el protocolo, ya que la ley establece, que solo “El Servicio Penitenciario Federal es una fuerza de seguridad de la Nación destinada a la custodia y guarda de los procesados, y a la ejecución de las sanciones penales privativas de libertad”, (art. 1).

    El derecho de petición a las autoridades propio del derecho a la libertad de expresión, implica el derecho de reunión, a la movilización y a la protesta social y como tal, no deben ser criminalizadas o censuradas como tales. En Argentina, son derechos básicos y que nacen, además, de la soberanía del pueblo, (arts. 14, 32 y 33 Const. Nac.).

    A lo que hay que agregar, lo que contemplan varios tratados internacionales incorporados con jerarquía constitucional (art. 75, inc.22 Const. Nac.), como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en su artículo XXIV; el art. 21 del Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos y el artículo 15, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). Este último dispone, que: “el derecho de reunirse y manifestar pacíficamente, implica que las autoridades estatales deben abstenerse de impedir el ejercicio de este derecho, así como también deben prever medidas para evitar que terceros lo impidan. Esto significa que el Estado debe adoptar las medidas necesarias para que las manifestaciones puedan llevarse a cabo de manera eficaz y pacífica, incluyendo medidas como la desviación del tráfico y la protección policial de las manifestaciones y concentraciones, cuando sea necesario”.

    La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que interpreta el Pacto antes referido, ha sostenido, que “el estado debe abstenerse de aplicar figuras penales que tengan por objeto restringir el ejercicio del derecho de manifestación pacífica”.

    Las manifestaciones públicas implican una desesperada necesidad de ganar visibilidad en la problemática que se expresa.

    La Comisión IDH ha enfatizado, que “el ejercicio efectivo de la democracia requiere como presupuesto, el ejercicio pleno de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. Así, la criminalización de la legítima movilización y protesta social, sea a través de represión directa a los manifestantes, o a través de la iniciación de procesos judiciales, es incompatible con una sociedad democrática donde las personas tienen el derecho de manifestar su opinión”.

    En el fondo, la criminalización de la protesta busca generar miedo para disuadir las peticiones; debilitar de esa manera la resistencia y obligar a los y las reclamantes a dedicar gran parte de su tiempo y dinero, a defenderse judicialmente por las investigaciones o los procesos criminales que les abren.

    Lo antes dicho es inaceptable en el marco de la legalidad referida en el tema. Además, la Comisión IDH ha entendido que‚ “la participación de las sociedades a través de la manifestación pública, como ejercicio de la libertad de expresión y de la libertad de reunión, reviste un `interés social imperativo´, lo que deja al Estado un marco aún más ceñido para justificar una limitación de este derecho”.

    A su vez, en una sociedad democrática el espacio urbano es un espacio de participación y no debe tomárselo como que es sólo un ámbito de circulación.

    Entonces, con el marco legal referido, ¿Cómo queda la afirmación de la Ministra que dijo que, “la ley no se cumple a medias, se cumple o no se cumple” cuando, evidentemente, el protocolo no cumple con la ley.

    (*) Abogado constitucionalista cordobés y periodista columnista de opinión

    ....

    Noticias Relacionadas

    OPINION

    La quimera del oro

    20 octubre 2026
    OPINION

    Corredores Bioceánicos: ¿traición a la Patria o soberanía para decidir nuestro futuro?

    20 octubre 2026
    OPINION

    17 de octubre: Peronismo y antiperonismo. Configuraciones culturales e historia de una efeméride

    17 octubre 2026


    Últimas Noticias

    Con distintas actividades culturales invitan a imaginar nuevas formas de habitar el Museo de Medios

    26 octubre 20267 Views

    El Gobierno refuerza la contención y asistencia a las familias evacuadas en Puerto Vilelas

    26 octubre 202620 Views

    El Renatre lanzó un plan de pagos para empleadores que quedaron debiendo aportes

    26 octubre 202618 Views
    Buscar Noticias
    Seguinos en Nuestras Redes Sociales
    • Facebook
    • YouTube
    • WhatsApp
    • Twitter
    • Instagram
    • Twitch


    NO TE OLVIDES DE VER

    Con distintas actividades culturales invitan a imaginar nuevas formas de habitar el Museo de Medios

    26 octubre 2026

    El Gobierno refuerza la contención y asistencia a las familias evacuadas en Puerto Vilelas

    26 octubre 2026

    El Renatre lanzó un plan de pagos para empleadores que quedaron debiendo aportes

    26 octubre 2026
    CHACODIAPORDIA.COM
    LA NOTICIA EN TODA SU DIMENSIÓN

    DIRECTOR: Pedro Cáceres
    JEFE DE REDACCIÓN: Rodolfo Mancuello

    DIRECCIÓN: Av. Avalos 468 Torre B 9° Piso. Resistencia – Chaco (0362) 445 2111

    Contáctanos:
    redaccionchacodiapordia@gmail.com

    © Registro de Marca Nº 2.925.652 / Registro de la Propiedad Intelectual Nº 383.000. Está permitida, la reproducción del contenido de este sitio, bajo la condición de mencionar la fuente.

    CHACODIAPORDIA.COM
    Facebook X (Twitter) Instagram YouTube WhatsApp
    • SOCIEDAD
    • CULTURA
    • TURISMO
    • INFORMACIÓN GENERAL
    • JUDICIALES
    • LEGISLATIVAS
    • AGENDA UNIVERSITARIA
    • OTRAS NOTICIAS
    • EDICTOS
    CHACODIAPORDIA.COM - 2024

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.