Tras la media sanción de la Reforma Laboral en la Cámara de Senadores, al proyecto solo le falta la aprobación de Diputados. Mientras se analiza el impacto que tendrá cada artículo, resurge el debate sobre qué va a pasar si se aprueba. ¿La ley regirá para todos los trabajadores o solo para los nuevos?. Según el Gobierno libertario, de aprobarse el proyecto regiría para todos los contratos laborales.
“La reforma laboral es para todos los empleos, no solo para los nuevos”, aseguró hace unas semanas Federico Sturzenneger, ministro de Desregulación del Estado. Esa es la postura que han manifestado todos los funcionarios del Gobierno.
Sin embargo, no todos están de acuerdo con esta posición. “La Ley no es de aplicación retroactiva, pero se aplica a los contatos vigentes. Pero los que ingresaron con un régimen anterior, el Fondo de Cese Laboral lo pueden discutir judicialmente para que les paguen la indemnización completa“, sostiene Natalia Salvo, abogada laboralista y docente de la UBA, en diálogo con Página|12.
De todos modos, la especialista advierte que “hay una escuela que te va a decir que la indemnización es un derecho en expectativa, porque el Código Civil te dice que las leyes se aplican a las condiciones jurídicas vigentes”.
“Si se aprueba la Ley, se aplica a todas las relaciones en curso”, asegura Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas. “Si a mí me despiden o me enfermo, rige la ley de cuando ese hecho ocurre”, añade.
La Ley garantiza siempre un piso de derechos, luego están los convenios colectivos de trabajo que rigen para cada actividad, acordados entre los sindicatos y las cámaras empresariales de cada sector. En este punto, la nueva norma impulsada por el Gobierno incluyó un cambio vital: los acuerdos individuales o por empresa pueden regir por encima de los convenios nacionales. “Van a llamar a los trabajadores uno por uno a firmar las nuevas condiciones y eso va a ser válido según la Reforma”, anticipa Cynthia Benzion, ex presidenta de la Asociación de Abogados Laboralistas.
Por otro lado, la Reforma incluye el fin de la ultraactividad. De esta manera, los convenios colectivos vencidos no se prolongan mientras se negocia uno nuevo, lo que pone a los sindicatos en la obligación de sentarse a negociarlos nuevamente: deberán hacerlo en el plazo de un año desde la aprobación de la Ley.
“El empleador le va a poder decir al trabajador que su convenio va a caer en 12 meses y presionarlo para que firme y acepte la ley vigente”, sostiene Salvo.
“El banco de horas requiere consentimiento individual porque te cambian las condiciones”, ejemplifica Cremonte. Otro detalle que la Reforma aclara es que los trabajadores ya no pueden pedir que se les devuelvan condiciones de trabajo que les cambiaron, solo pueden considerarse despedidos.
“Si el empleador te hace trabajar de noche o te manda a una sucursal a 100 kilómetros, vos hoy podés reclamar que un Juez le ordene a tu jefe mantener las condiciones, pero con la reforma solo te podés considerar despedido”, agrega Cremonte.
En un contexto de pleno empleo, los trabajadores podrían irse de un empleo y conseguir otro rápido. Pero en un mercado cada vez más precarizado, con una economía que no solo no contrata sino que despide, mantener el trabajo es sinónimo de supervivencia.
Uno de los argumentos del Gobierno es “terminar con la litigiosidad”, pero la Reforma está repleta de puntos que pueden ser judicializados por los trabajadores que no quieran perder derechos adquiridos.
En esa línea, la Ley que está próxima a aprobarse transfiere la competencia laboral de CABA que hoy está en manos de la Justicia Nacional del Trabajo al Poder Judicial de la Ciudad. El cambio tiene un objetivo claro: el Fuero Federal tiene una mirada que reconoce al trabajador como el eslabon más débil.
La senadora Patricia Bullrich aseguró que buscan “adecuar normas laborales, equilibrar un sistema desequilibrado y trabajar en torno a problemas que se agravan con el paso del tiempo, como la extrema judicialización del sistema”.
Página 12




