El Tribunal Oral Federal de Resistencia denegó la autorización para que Carla Salvatore, condenada a cinco años de prisión por lavado de activos del narco, viaje a la República Popular China entre el 23 de enero y el 10 de marzo.
El Tribunal Oral Federal de Resistencia rechazó el pedido de autorización de Carla Salvatore para viajar a la República Popular China entre el 23 de enero y el 10 de marzo de 2026. Fue en sintonía con el dictamen del fiscal general Federico Carniel.
La resolución, dictada este lunes 15 de diciembre, lleva las firmas de los jueces Mariela Rojas, José Quiroga Uriburu y Fabián Cardozo.
En su oposición, el fiscal Carniel había señalado que las características del viaje a realizarse y la modalidad de éste, que implica un periodo de más de 2 meses (del 23/01 al 10/03 del año 2026) y el destino (China), determinaba “un riesgo de fuga palpable”, considerando que Salvatore fue condenada a cinco años de prisión por el delito de lavado de activos, más allá de que la misma aún no se encuentra firme.
Además, el representante del Ministerio Público Fiscal advirtió que el destino escogido no tiene convenio de extradición con Argentina, y consideró “insuficientes la información brindada respecto al hospedaje durante su estadía y los contactos telefónicos brindados”.
En su resolución, el TOF de Resistencia consideró que “la autorización solicitada comprometería la obligación de la imputada de permanecer a derecho y disponible para los requerimientos judiciales comprometiendo el principio de sujeción al proceso”. Si bien reconocieron que en anteriores oportunidades se concedieron permisos de viaje “las circunstancias actuales difieren sustancialmente: agrava el riesgo procesal el lapso temporal y el destino internacional elegido, implican una mayor complejidad y riesgo que los viajes previamente autorizados, teniendo en cuenta la condena ya dictada”.
En ese contexto, concluyeron que “la autorización solicitada, en los términos planteados, afectaría directamente la finalidad del proceso y pondría en riesgo la confianza pública en la administración de justicia”.




