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    Inicio » Recesión económica: Bergia impulsa una ley de alivio fiscal para las MiPyMEs de la Provincia
    27 febrero 2025 LEGISLATIVAS

    Recesión económica: Bergia impulsa una ley de alivio fiscal para las MiPyMEs de la Provincia

    El diputado provincial del NEPAR, Juan José Bergia ingresó en la Cámara de Diputados el proyecto De Ley Nº367/2025 que impulsa ''establecer un régimen de alivio fiscal para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) de la Provincia del Chaco, con el fin de mitigar el impacto de la recesión económica de los últimos 24 meses y promover la recuperación productiva'', según reza en su Art.1º.
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    Recesión económica: Bergia impulsa una ley de alivio fiscal para las MiPyMEs de la Provincia
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    Bergia sostiene que el ámbito de aplicación de esta ley será aplicable en todo el territorio del Chaco y beneficiará a las MiPyMEs que cumplan con los criterios de clasificación establecidos en la norma.

    En ese sentido, el legislador propone establecer distintas categorías, considerando los criterios de facturación anual, cantidad de empleados y patrimonio neto, actualizados a diciembre de 2024.

    Microempresas:

    Pubicidad
    • Facturación anual: hasta $208.401.000.
    • Cantidad de empleados: hasta 5 trabajadores.
    • Patrimonio neto: inferior a $50.000.000.
    • Beneficios: a) Exención total de Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos y Tasas Administrativas Provinciales; b) Reducción del 50% en contribuciones patronales provinciales en nuevos empleos; c) Acceso prioritario a líneas de crédito con tasas subsidiadas. d) Subsidio del 30% en tarifas de servicios esenciales como energía y agua.

    Pequeñas Empresas:

    • Facturación anual: entre $208.401.001 y $1.236.557.000.
    • Cantidad de empleados: entre 6 y 20 trabajadores.
    • Patrimonio neto: entre $50.000.001 y $200.000.000.
    • Beneficios: a) Reducción del 50% en Ingresos Brutos y Tasas Provinciales; b) Descuento del 30% en Impuesto de Sellos; c) Incentivos fiscales por generación de empleo formal; d) Acceso a financiamiento preferencial para inversiones en modernización tecnológica y digitalización.

    Medianas Empresas:

    • Facturación anual: entre $1.236.557.001 y $6.899.145.000.
    • Cantidad de empleados: más de 20, hasta un límite establecido.
    • Patrimonio neto: entre $200.000.001 y $500.000.000.
    • Beneficios: a) Reducción del 30% en Ingresos Brutos y otros tributos provinciales; b) Bonificaciones en tasas de financiamiento provincial; c) Créditos fiscales si incrementan su nómina de empleados; d) Exención en el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles para inversiones en infraestructura productiva.

    Condiciones para acceder a los beneficios

    En su Art. 4º ae determina que las MiPyMEs que deseen acceder a los beneficios previstos en esta ley deberán:

    • a) Estar debidamente registradas en la Administración Tributaria Provincial (ATP).
    • b) No poseer deudas fiscales exigibles con la Provincia, salvo que adhieran a un plan de regularización de pagos.
    • c) Mantener o incrementar su plantilla laboral durante el período de vigencia del beneficio.

    Creación del Consejo de Monitoreo de Pymes

    En su Art.5º, la norma a aprobar crea el Consejo de Monitoreo de Pymes en la Provincia del Chaco, ”con la participación de representantes del Gobierno provincial, Cámaras empresariales y asociaciones de MiPyMEs. Este Consejo tendrá como función supervisar la implementación de la ley y evaluar su impacto en el
    sector”.

    Vale destacar que, entre sus disposiciones complementarias, ”los beneficios establecidos en la presente ley tendrán una vigencia de 24 meses desde su promulgación, con posibilidad de prórroga según evaluación del impacto económico”.

    Asegurando que la autoridad de aplicación de la ley será la Administración Provincial Tributaria (ATP), ”quien deberá dictar las normas interpretativas y complementarias necesarias para asegurar y facilitar la mayor inclusión posible y la correcta implementación”.
    Mientras que, ”el Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 60 días posteriores a su publicación en el Boletín Oficial”.

    ”Es importante remarcar que las micro, pequeñas y medianas empresas, son instrumento dinamizador de la economía, por lo que necesitan una especial mirada y consecuentemente un accionar para promover una asistencia ante la crisis económica de los últimos 24 meses que ha afectado gravemente a las MiPyMEs de la Provincia del
    Chaco, generando cierre de establecimientos, pérdida de empleos y reducción de la inversión productiva”, fundamentó el diputado Juan José Bergia.

    Insistiendo que, con su aprobación, ”se busca establecer un alivio fiscal progresivo y equitativo, asegurando que los beneficios lleguen a los sectores que más lo necesitan”.

    ”Desde el NEPAR pretendemos de este modo sostener al motor de la economía chaqueña y auxiliar oficialmente al sector, con el objetivo de promover, proteger y reactivar las actividades económicas de los emprendedores”, finalizó en sus argumentaciones.

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