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    Inicio » Pensiones truchas: procesan sin prisión preventiva al intendente de Taco Tozo y otras 10 personas
    14 abril 2025 JUDICIALES

    Pensiones truchas: procesan sin prisión preventiva al intendente de Taco Tozo y otras 10 personas

    La Justicia Federal de Sáenz Peña dictó el procesamiento sin prisión preventiva de Carlos Ibáñez por los presuntos delitos de fraude en perjuicio de la administración pública y uso de instrumento público falso por la supuesta falsificación de certificados de discapacidad. La medida incluya a su hija y a varios médicos de esa localidad.
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    Pensiones truchas: procesan sin prisión preventiva al intendente de Taco Tozo y otras 10 personas
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    La jueza federal subrogante de Presidencia Roque Sáenz Peña, María Belén López Mace, dictó este lunes el procesamiento sin prisión preventiva del intendente de Taco Pozo, Carlos Ibáñez; de su hija, Gabriela Estefanía Ibáñez Gelabert y del médico cirujano Gustavo Rojas como líderes de una presunta organización con el objetivo de defraudar al Estado Nacional a través del otorgamiento irregular de pensiones por invalidez.

    La decisión de la jueza, a instancias del fiscal federal subrogante Carlos Amad también comprende a otras ocho personas que habrían ocupado diversos roles en la asociación ilícita para defraudar al Estado. Según la magistrada, cada uno de los imputados “actuaron dentro del ámbito de sus competencias funcionales con la finalidad de delinquir”.

    Según se desprende de la acusación, la operatoria consistía en que personas que no contaban con los requisitos para acceder a pensiones por invalidez, pagaban entre 10 y 20 mil pesos a los imputados que ejecutaban las maniobras para que puedan acceder igualmente a los beneficios, en muchos casos a través de la incorporación de historias clínicas con datos falsos.

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    Los procesados

    Ibáñez, su hija y el cirujano Rojas fueron procesados por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, falsedad ideológica de instrumento público, Incumplimiento de los deberes de funcionario público y como organizadores de una asociación ilícita.

    Respecto al jefe comunal, los argumentos aparecen como los más endebles ya que, sin pruebas de su intervención, conjetura que “habría participado o tenido conocimiento del entramado en el que se gestionaban de manera irregular las pensiones no contributivas, colaborando –ya sea directa o indirectamente- con el mecanismo fraudulento que involucraba el uso indebido de claves y el control de trámites a través del Centro de Atención Digital (CADD) de la municipalidad”.

    Otras ocho personas fueron imputadas como partícipes necesarias y miembros de la misma asociación ilícita y por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, falsedad ideológica en instrumento público. A tres de ellas, también se les agrega el delito por incumplimiento de deberes de funcionario público.

    Por otro lado, la magistrada dictó la falta de mérito de otras dos mujeres que formaban parte de la investigación iniciada en abril de 2023 a partir de una denuncia de la dirigente radical Ana María Canata, actual presidenta del Instituto de Tierras Fiscales.

    En sus fundamentos, la jueza López Macé aseguró que los imputados “han incurrido en un incumplimiento manifiesto de las funciones que les fueran legalmente encomendadas, ya sea por acción u omisión, generando con ello una afectación concreta al debido funcionamiento de la administración pública”.

    En ese sentido, agregó que “cada uno de ellos, desde el rol funcional que ocupaba, ya fuera en tareas administrativas, de gestión, supervisión o firma, actuó contrariando los deberes positivos impuestos por la normativa vigente, o bien consintió con su inactividad la ejecución de órdenes ilegítimas, o la omisión de aquellas acciones cuya realización era jurídicamente exigible”.

    Advirtió, asimismo, que “esta conducta, lejos de ser aislada, se presenta como parte de un accionar coordinado y sistemático, orientado al incumplimiento de disposiciones legales y al desvío de fondos públicos”.

    “Revestidos de la calidad de funcionarios públicos, los imputados actuaron dentro del ámbito de sus competencias funcionales con la finalidad de delinquir, de manera manifiestamente arbitraria y abusando de la autoridad que les confería el cargo”, afirma en forma categórica la magistrada, y subraya que “lo hicieron al margen de la legalidad que debe regir los actos administrativos emanados de la función pública, incurriendo así en un claro apartamiento de sus deberes legales”.

    Al respecto, destacó que “tal accionar los hace responsables por el mal desempeño de sus funciones, en tanto omitieron deliberadamente el cumplimiento de sus obligaciones y optaron, en cambio, por ejercer ilegítimamente la autoridad que les fuera oportunamente atribuida”.

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