Ante el incumplimiento reiterativo y perjudicial del pliego de licitaciones, solicitamos la caducidad del contrato de concesión para las empresas adjudicatarias. “La Ordenanza 6283, que aprueba la licitación pública, establece en su Capítulo II las infracciones y penalidades, entre las que se incluye la caducidad del contrato de concesión”.
En caso de incumplimiento por parte del concesionario, la Ordenanza establece las penalidades aplicables. Es importante destacar que el incumplimiento por falta de pago salarial no constituye un caso fortuito o fuerza mayor que exime de responsabilidades a la empresa concesionaria.
Defensoría alega que “el estado de huelga del personal, motivado por cuestiones atribuibles a la empresa, no puede considerarse un caso fortuito ni de fuerza mayor”.
Señala que, “la correcta prestación del servicio de transporte público de pasajeros es fundamental para garantizar la movilidad de la población y el bienestar de la sociedad. Un eficiente sistema de transporte público no solo facilita el desplazamiento de las personas, sino que también contribuye a reducir la congestión vehicular, disminuir la contaminación ambiental y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos”.
Dijo que ello es así ya que los usuarios se ven afectados en el acceso a empleo, educación y servicios básicos directamente por el incumplimiento del servicio
“El incumplimiento del servicio por parte de la empresa debe tener consecuencias legales y administrativas” , reiteró Payes
Explicó que las medidas más allá de sanciones económicas pueden llegar hasta “la revocación” de la concesión otorgada. “Es fundamental que las empresas responsables del transporte público asuman su compromiso con los usuarios y cumplan con los estándares establecidos, garantizando así un servicio eficiente y confiable para toda la comunidad.”
Repasa que los días de paro en la Ciudad que ha “perjudicado a la parte más vulnerable del sistema, que es el usuario del servicio público de transporte de pasajeros urbano, es decir, el vecino de la Ciudad de Corrientes.”
Defensoría remarcó que la situación que se ha vivido estos días no es nueva lo que da atribuciones para ” la aplicación de medidas disciplinarias al concesionario, conforme al pliego de licitación, que van desde multas hasta la caducidad del contrato”.
Revela que en diversas ocasiones, se ha presentado documentación ante la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes solicitando medidas disciplinarias por el incumplimiento del pliego de condiciones y, en consecuencia, de la Ordenanza que lo aprueba.
Desde 2018, ha propuesto medidas como días de servicios gratuitos como compensación por la falta del servicio de transporte público. Sin embargo, estas propuestas no han sido consideradas ni aplicadas, lo que perpetúa la impunidad de la empresa.
Defensoría calcula que la medida gremial ha afectado a más de 120 mil personas quienes debieron recurrir a servicios privados afrontando gastos excesivos.
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