La causa, iniciada por la demandante contra ANSES, tiene el objeto de que se disponga el otorgamiento de la Asignación por Maternidad, desde el 3/05/2024 y durante todo el lapso de duración de la licencia por dicho concepto, que afirma ya fue otorgada por su empleador. En particular, invoca la arbitrariedad del organismo en la denegatoria de la prestación requerida, al negarle el acceso a la misma por entender que no da cumplimiento a los recaudos establecidos en la ley 24.714, en tanto no puede acreditar estado de embarazo por tratarse de un supuesto de gestación por sustitución.
El juez subrogante encontró cumplimentados los requisitos para el otorgamiento de la cautelar. “Se encuentra acreditada con la documental que da cuenta del otorgamiento de la licencia por maternidad por parte del empleador. Esto sumado a las constancias que dan cuenta de la relación contractual y el inminente alumbramiento de la persona por nacer, generan la certeza sobre la existencia del requisito de versomilitud del derecho”, expresó Zenobi.
Del dictamen fiscal se desprende que la señora L.M.S contrajo matrimonio con el señor R.A.A el día 15 de febrero del 2022, y tras diez años de atravesar e intentar distintos tratamientos con el afán de cumplir su deseo de ser padres, se inscribieron en el procedimiento de “subrogación de vientre” en Ucrania, fruto del cual están esperando un hijo que nacerá con fecha probable de parto el próximo 3 de mayo del 2024, y a raíz de la cual tiene concedida la licencia por maternidad de parte de su empleador.
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