El entendimiento entre el sindicato y las cámaras empresarias CECHA, FECRA, CeGNC y AES establece dos incrementos consecutivos del 3,3 por ciento sobre los salarios básicos. La negociación contempla una revisión en enero y nuevas escalas para las distintas categorías laborales.
Las negociaciones salariales de las Estaciones de Servicio sumaron un nuevo capítulo. Luego de las conversaciones entre los representantes de los trabajadores y el sector empresario, las partes alcanzaron un acuerdo que establece aumentos para octubre y noviembre de 2026, con el objetivo de recomponer los ingresos frente a la inflación.
El entendimiento corresponde a los Convenios Colectivos de Trabajo 371/03, 521/07, 317/99 y 415/05. Del lado empresario participaron las cámaras CECHA, FECRA, CeGNC y AES, mientras que la representación sindical estuvo a cargo del Sindicato de Estaciones de Servicio, GNC, Garages, Playas y Lavaderos y la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio.
El acuerdo se inscribe en la negociación paritaria correspondiente al período abril de 2026-marzo de 2027 y contempla dos ajustes consecutivos sobre las remuneraciones básicas.
El primero consiste en un incremento del 3,3 por ciento desde el 1º de octubre, calculado sobre los salarios de julio de 2026. El segundo establece otro 3,3 por ciento desde el 1º de noviembre, esta vez tomando como referencia las remuneraciones de octubre.
De esta manera, los incrementos son acumulativos y representan una recomposición aproximada del 6,7 por ciento respecto de los valores de julio.
Para los trabajadores de playa, una de las categorías más representativas de la actividad, el salario básico pasa a $1.615.389,45 en octubre y $1.669.213,80 en noviembre. En el caso de los encargados, las remuneraciones básicas ascienden a $1.653.219,87 y $1.707.716,13, respectivamente.
Los administrativos tendrán un básico de $1.620.864,48 en octubre y $1.674.353,01 en noviembre. Para los operadores de servicio, los valores serán de $1.615.389,45 y $1.669.213,80, según las escalas incorporadas al entendimiento.
Estas cifras corresponden exclusivamente a los salarios básicos. A ellas deben sumarse los adicionales que correspondan a cada trabajador, de acuerdo con su antigüedad, asistencia, movimiento de fondos y demás condiciones contempladas en el convenio.
En particular, las escalas establecen un adicional del 2 por ciento por cada año de antigüedad hasta los 20 años y del 3 por ciento por año a partir de los 21. También contemplan un 8 por ciento por asistencia y, para las categorías correspondientes, otro 8 por ciento por movimiento de fondos.
El entendimiento incluye, además, los valores para horas extraordinarias al 50 y al 100 por ciento, que deberán calcularse sobre las remuneraciones correspondientes a cada categoría.
Otro punto relevante es que las partes dejaron constancia de que la recomposición acordada tomó en consideración la evolución de los índices de precios al consumidor publicados por el INDEC entre agosto y octubre de 2026.
Asimismo, asumieron el compromiso de volver a reunirse a partir del 15 de enero de 2027 para analizar el impacto de las variables económicas y evaluar la evolución de los salarios durante el período paritario.
El documento también establece que, si se demora la homologación administrativa, la representación empresaria deberá cumplir igualmente las obligaciones asumidas, conforme a lo previsto en la normativa laboral.
El acuerdo será presentado ante la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para su ratificación y homologación. Mientras tanto, las nuevas escalas constituyen la referencia salarial pactada entre las partes para los próximos meses.
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