El abogado Marco Molero analizó el proyecto de reforma integral del Código Penal presentado por el presidente Javier Milei y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. “Es imperioso regular una reforma de una vez por todas”, afirmó, aunque sostuvo que las propuestas suelen concentrarse en “un aumento desmesurado de penas” y relegan los cambios en la parte general del sistema penal.
En diálogo con CIUDAD TV, el abogado Marco Molero explicó los alcances del proyecto de reforma integral del Código Penal anunciado por el presidente Javier Milei. “Concretamente se presentó un proyecto de reforma integral del Código Penal. El código es un cuerpo coherente y armónico de normas jurídicas que reúnen una determinada materia de una determinada manera y en este caso el Código Penal regula claramente la cuestión criminal de la Nación Argentina. Es la potestad del Congreso de la Nación aprobarlo o no”, señaló.
Molero recordó que no es la primera vez que se impulsa un proyecto de este tipo. “Ya hubo proyectos anteriores en gestiones políticas anteriores, en mandatos presidenciales anteriores. Cada Ejecutivo tiene la idea de reformar integralmente el Código. Es una necesidad, sin lugar a dudas, porque nos rige a la fecha un Código Penal del año 1921”, sostuvo.
Si bien reconoció que ese texto legal tuvo modificaciones, advirtió que “no lograron remozarlo integralmente de forma tal que diera satisfacción a las expectativas de los cambios sociales”.
Respecto de los aspectos positivos de la propuesta, subrayó que “algunas instituciones altamente favorables son esperadas, no solo por los que nos dedicamos a esto, sino básicamente como respuesta a la sociedad. Por ejemplo, crear figuras delictivas vinculadas con delitos informáticos que hoy no están previstas, algunos institutos muy interesantes del derecho anglosajón como la figura del imputado colaborador, una suerte de arrepentido, que amplía las posibilidades de colaboración en las investigaciones”.
También valoró “introducciones para dar respuestas a cuestiones sociales vinculadas a mejores investigaciones en el narcotráfico, delitos llamados por venganza, por ejemplo, que hoy están muy en boga y que no tienen una respuesta en este código antiguo con el que nos manejamos”.
Sin embargo, advirtió que “como era de esperar también, lamentablemente, no solo en este caso, en cada uno de los casos anteriores de reforma integral del Código Penal, se propone un alto índice de demagogia, un aumento desmesurado de penas”.
Al explicar el funcionamiento del sistema, indicó que “el Código Penal se descompone en dos facetas, la parte general y la parte especial. La parte especial regula, de todas las conductas que realizamos los seres humanos, el conjunto de las que considera delictivas. Unas 300 conductas de las miles que hacemos los seres humanos en nuestro sistema argentino son consideradas delictivas. Es decir, matar es delito, caminar por la vía pública no lo es, viajar no es delito, sí lo es estafar”.
A su vez, destacó que “la parte general regula los presupuestos que permiten la aplicación de aquellas figuras delictivas en particular en todos los casos. En la parte especial está el contenido y la parte general es el continente”. Sobre este punto, señaló que “generalmente todos los últimos proyectos de reforma se concentran exclusivamente en endurecer penas, en crear nuevas figuras delictivas, pero se prescinde de lo más trascendente: regular el continente que hace de ser llenado en contenido”.
Molero mencionó como ejemplos “la teoría de la autoría y participación, la teoría de la tentativa, la teoría del concurso de delitos”, cuestiones que suelen ser relegadas “por una cuestión de neto corte proselitista”. Según planteó, “vende menos en la explicación, cuanto más amerita ser explicado, menos interés tiene la gente”.
Consultado sobre la viabilidad de la iniciativa, manifestó que “hay una expectativa relativamente acotada de que este proyecto se transforme en código realmente. No obstante, es imperioso regular una reforma de una vez por todas. Eso está claro. No nos podemos seguir rigiendo por un código del año 1921, que era un muy buen código en esa época, al que se lo llenó de parches, empeorándolo con el transcurso del tiempo y con las reformas segmentadas que se le fueron haciendo”.




