El DNU 70/2023 contempla más de 360 artículos que implican una profunda desregulación de la economía, proponen un “plan de estabilización de shock” y deroga o modifica múltiples leyes y normativas.
Entre sus medidas, el artículo 78 sustituye al 177 de la Ley N° 20.744 de Contratos de trabajo para modificar las condiciones de la licencia de personas gestantes.
El nuevo artículo mantiene la prohibición de trabajar durante los 45 días anteriores al parto y hasta 45 después del mismo.
Sin embargo, las personas interesadas podrán reducir la licencia previa al parto a una cantidad no inferior a diez días y el resto se podrá acumular en el período posterior de descanso; a diferencia del anterior artículo en el que se podía reducir el período anterior hasta un mínimo de 30 días.
Fuente: Télam