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    Inicio » La UIF pidió 13 años de prisión para José Hipperdinger por lavado de dinero de la corrupción
    4 noviembre 2025 JUDICIALES

    La UIF pidió 13 años de prisión para José Hipperdinger por lavado de dinero de la corrupción

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    La UIF pidió 13 años de prisión para José Hipperdinger por lavado de dinero de la corrupción
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    En el inicio de los alegatos que se realizó este martes ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia, la querella de la Unidad de Información Financiera pidió 13 años de prisión para el exsecretario de Gobierno de Villa Río Bermejito y su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Para el resto de los acusados se pidieron penas que van de 10 a 3 años de prisión en suspenso. El 11 de noviembre será el turno del alegato del Ministerio Público Fiscal, a cargo del fiscal Federico Carniel.

    La querella de la Unidad de Información Financiera (UIF) solicitó este martes que se condene a José Héctor Hipperdinger a una pena de 13 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos como jefe de una asociación ilícita dedicada al lavado de activos y una serie de delitos de corrupción cometidos durante su paso como secretario de Gobierno de la Municipalidad de Villa Río Bermejito.

    En concreto, la UIF pidió que condenar al exfuncionario municipal de Bermejito por los delitos de asociación ilícita, en calidad de jefe; negociaciones incompatibles con la función pública, enriquecimiento ilícito, fraude en perjuicio de la administración pública, incumplimiento de deberes de funcionario público, malversación de caudales públicos y lavado de activos agravado por ser en banda y por funcionario público, en concurso real.

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    La Unidad de Información Financiera (UIF) de la República Argentina fue creada mediante la Ley N° 25.246, promulgada el 5 de mayo de 2000. Es el organismo autónomo y autárquico encargado del análisis, tratamiento y difusión de información de inteligencia financiera para prevenir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

    La apoderada de la UIF, Sofía Karlen, aseguró en su alegato que “en virtud de toda la prueba producida entendemos que estamos frente a una asociación ilícita, integrada, que ha sido sostenida por años de una manera estructural y permanente, que defraudó al Estado Nacional desviando fondos del erario público a través de maniobras de lavado de activos”.

    En ese contexto, señaló como “epicentro” de esas conductas a la Municipalidad de Villa Río Bermejito pero también indicó que la operatoria fue similar en los municipios de Juan José Castelli y Pampa del Indio.

    “Se trata de una asociación de carácter estable y permanente, que estaba compuesta por funcionarios públicos y por sus allegados más íntimos y familiares”, subrayó la abogada de la UIF.

    Al respecto, la acusadora señaló que “no se trata de simples irregularidades administrativas o aisladas, sino que son conductas repetitivas y sostenidas. Entendemos que se han desarrollado estas conductas al menos desde el año 2011 por lo menos el año 2018, cuando iniciaron las investigaciones de estos autos”

    En concreto, precisó que “lo que se realizó básicamente fue desviar fondos del erario público hacia cuentas privadas de los imputados y para la adquisición de bienes e inversiones en emprendimientos propios”.

    “Hay que destacar la gravedad institucional que representan las conductas desplegadas por los imputados, en tanto no solamente se ha producido un enorme daño económico, estamos hablando de más de 900 millones de pesos a valor del momento en el que se realizaron las conductas de fondos desviados, sino también la gravedad del daño ocasionado, porque a dónde iban destinados estos fondos que fueron mal utilizados”, puntualizó Karlen. Fue en referencia a que esos fondos debían destinarse a asistir a las comunidades indígenas del Chaco en cumplimiento de una medida cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación tras una presentación del entonces Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.

    El resto de los pedidos de pena

    Héctor Adrián Hipperdinger: 13 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua por los mismos delitos que José Hipperdinger, aunque como miembro y no jefe de la asociación ilícita.

    Roxana Giménez: para la expresidenta del Concejo de Bermejito y exesposa de Hipperdinger, se solicitó una condena a 10 años de prisión. Es por los delitos de asociación ilícita, negociaciones incompatibles con la función pública, enriquecimiento ilícito, fraude en perjuicio de la administración pública, incumplimiento de los deberes de funcionario público, malversación de caudales públicos, y lavado de activos agravado por habitualidad, ser miembro de una banda y funcionario público, todo ello en calidad de coautor y en concurso real.

    Silvia Hipperdinger y Adriana Hipperdinger: para cada una se pidió una pena de 3 años de prisión en suspenso por los delitos de enriquecimiento ilícito en calidad de interpósita persona (testaferros) y lavado de activos agravado.

    Rolando Hipperdinger y David Lezcano: para cada uno se pidió una condena de 7 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua. En el caso de Hipperdinger por los delitos de asociación ilícita, en calidad de coautor, enriquecimiento ilícito, en calidad de interpósita persona, fraude en perjuicio de la administración pública, en calidad de partícipe necesario, y lavado de activos agravado por habitualidad por ser miembro de una banda, en calidad de partícipe necesario y en concurso real.

    En el caso de Lezcano, por asociación ilícita (como partícipe necesario), enriquecimiento ilícito, en calidad de interpósita persona, fraude en perjuicio de la administración pública, en calidad de partícipe necesario y lavado activos agravado por habitualidad y por ser miembro de una banda.

    Nancy Giménez: se solicitó una pena de 3 años de prisión condicional por el delito de enriquecimiento ilícito por interpósita persona y lavado de activos agravado por habitualidad, ser miembro de una banda, por resultar partícipe primario de los delitos.

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