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    Inicio » La Justicia volvió fallar contra el decreto antihuelga de Milei y benefició a la FESPROSA
    25 junio 2025 INFORMACIÓN GENERAL

    La Justicia volvió fallar contra el decreto antihuelga de Milei y benefició a la FESPROSA

    El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, que encabeza la jueza Moira Fullana, volvió a admitir un recurso de amparo contra los efectos del alcance del DNU 340, solicitado por la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA), que se suma a los admitidos ante las presentaciones de ATE y la CGT.
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    El Gobierno nacional de Javier Milei sufrió un nuevo revés judicial que suspende la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, que buscaba restringir el derecho a huelga. La jueza Moira Fullana, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, respondiendo favorablemente al amparo presentado por la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA), que se suma a los amparos obtenidos por la CGT y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE).

    FESPROSA obtuvo una resolución favorable que suspende provisoriamente la aplicación del artículo 3 del DNU 340/25 a los trabajadores y trabajadoras del sector. La Dra. Mercedes González, patrocinadora de la acción de amparo, destacó que la jueza Fullana consideró pertinente la intervención del fuero laboral y ratificó que el artículo 3 del DNU ”afecta gravemente el derecho a huelga consagrado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”, explicó.

    El pasado 2 de junio, la CGT fue la primera entidad obrera en obtener una medida cautelar de Fullana que suspendió provisoriamente los efectos de los artículos 2° y 3° del DNU 340/25 en relación con la central sindical y todos los trabajadores que representa. La presentación de la CGT argumentó que el decreto reglamenta de forma restrictiva el derecho a huelga, ampliando arbitrariamente la lista de ”servicios esenciales” e imponiendo niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, en la práctica, imposibilitan el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza.

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    La central obrera subrayó en esa línea que el DNU viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, así como Convenios de la OIT y otras normas de jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.

    Por su parte, ATE también logró que la jueza Fullana hiciera lugar a su amparo y a la medida cautelar, suspendiendo provisoriamente los efectos del artículo 3° del DNU para los empleados de la Administración Pública. Rodolfo Aguiar, secretario general del gremio estatal, celebró la decisión judicial, afirmando que el Gobierno intentó ”hacernos retroceder un siglo en materia de derechos laborales y no pudieron”. Aguiar calificó al decreto de ”manifiestamente inconstitucional” y enfatizó la importancia de continuar la ”batalla en la calle, judicial y cultural”.

    En sus resoluciones, la jueza Moira Fullana fundamentó sus decisiones en dos puntos clave que cuestionan la legalidad del DNU: la falta de necesidad y urgencia que legitimen la utilización del DNU y el peligro en la demora de abordar la cuestión judicial.

    El Gobierno nacional de Javier Milei sufrió un nuevo revés judicial que suspende la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, que buscaba restringir el derecho a huelga. La jueza Moira Fullana, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, respondiendo favorablemente al amparo presentado por la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA), que se suma a los amparos obtenidos por la CGT y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE).

    FESPROSA obtuvo una resolución favorable que suspende provisoriamente la aplicación del artículo 3 del DNU 340/25 a los trabajadores y trabajadoras del sector. La Dra. Mercedes González, patrocinadora de la acción de amparo, destacó que la jueza Fullana consideró pertinente la intervención del fuero laboral y ratificó que el artículo 3 del DNU ”afecta gravemente el derecho a huelga consagrado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”, explicó.

    El pasado 2 de junio, la CGT fue la primera entidad obrera en obtener una medida cautelar de Fullana que suspendió provisoriamente los efectos de los artículos 2° y 3° del DNU 340/25 en relación con la central sindical y todos los trabajadores que representa. La presentación de la CGT argumentó que el decreto reglamenta de forma restrictiva el derecho a huelga, ampliando arbitrariamente la lista de ”servicios esenciales” e imponiendo niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, en la práctica, imposibilitan el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza.

    La central obrera subrayó en esa línea que el DNU viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, así como Convenios de la OIT y otras normas de jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.

    Por su parte, ATE también logró que la jueza Fullana hiciera lugar a su amparo y a la medida cautelar, suspendiendo provisoriamente los efectos del artículo 3° del DNU para los empleados de la Administración Pública. Rodolfo Aguiar, secretario general del gremio estatal, celebró la decisión judicial, afirmando que el Gobierno intentó ”hacernos retroceder un siglo en materia de derechos laborales y no pudieron”. Aguiar calificó al decreto de ”manifiestamente inconstitucional” y enfatizó la importancia de continuar la ”batalla en la calle, judicial y cultural”.

    En sus resoluciones, la jueza Moira Fullana fundamentó sus decisiones en dos puntos clave que cuestionan la legalidad del DNU: la falta de necesidad y urgencia que legitimen la utilización del DNU y el peligro en la demora de abordar la cuestión judicial.

    Sobre el primer punto, la magistrada consideró que el Congreso Nacional se encuentra en sesiones ordinarias, lo que desvirtúa la ”necesidad, urgencia o una situación grave de perturbación económica, social o política” que justificaría la reglamentación de un derecho fundamental por medio de un DNU.

    Fullana encontró, en segundo lugar, acreditado el ”peligro en la demora”, argumentando que el decreto podría ”conculcar el ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical, es decir el derecho de huelga”, los cuales, remarcó, cuentan con ”la más amplia garantía legal y supralegal (en el plano internacional)”, indicó la jueza.

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