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    Inicio » La Justicia ordena a las fuerzas de seguridad no interferir en la Marcha LGTB
    1 febrero 2025 JUDICIALES

    La Justicia ordena a las fuerzas de seguridad no interferir en la Marcha LGTB

    Un fallo del Juzgado Federal N°1 de La Plata hizo lugar a un hábeas corpus preventivo y colectivo, instando a las autoridades a evitar detenciones arbitrarias y restricciones al derecho a manifestarse. La resolución se dicta en el marco de la movilización convocada para hoy frente al Congreso, en defensa de derechos sociales y del colectivo LGBTIQ+.
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    Marcha Orgullo 2023
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    El Juzgado Criminal y Correccional Federal N°1 de La Plata exhortó hoy al Ministerio de Seguridad de la Nación y a su par bonaerense a garantizar que las fuerzas de seguridad no intercepten, filmen ni requisen a manifestantes en la vía pública sin orden judicial previa durante la Marcha Federal del Orgullo “Antifascista y Antirracista” prevista para hoy en las inmediaciones del Congreso Nacional. La medida apunta a evitar restricciones arbitrarias y detenciones preventivas que puedan vulnerar derechos constitucionales.

    La Justicia hizo lugar a un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por el abogado Martín Ertola en representación de Matías Peñalva y otros ciudadanos, con el fin de evitar posibles restricciones al derecho a la protesta en la manifestación en repudio al discurso del presidente Javier Milei en el Foro Económico de Davos, quien utilizó el espacio para expresarse en contra de la agenda woke.

    La decisión de la Justicia en la previa de la marcha LGTB

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    La resolución, firmada por el juez Alejo Ramos Padilla, responde a preocupaciones expresadas por los peticionantes sobre el accionar de las fuerzas de seguridad en protestas previas y la aplicación de normativas que, según sostienen, habilitan el uso excesivo de la fuerza y la represión. En particular, cuestionaron la Resolución 943/23 del Ministerio de Seguridad, que permite la intervención policial para bloquear accesos y dispersar manifestaciones.

    “Exhortar a las autoridades nacionales y provinciales a cargo de las áreas de seguridad se expidan en igual sentido dando a la ciudadanía las garantías necesarias de que podrán manifestarse y expresarse en libertad y, en particular, a que se abstengan de expedir órdenes a las fuerzas de seguridad bajo su órbita que impliquen una limitación arbitraria al derecho constitucional a la protesta social pacífica”, se indicó.

    En su dictamen, el magistrado destacó que la protesta social es un derecho fundamental protegido por la Constitución Nacional y tratados internacionales, y subrayó la importancia de garantizar la libre expresión sin temor a represalias. Asimismo, ordenó a las autoridades de seguridad informar antes del mediodía si existen protocolos especiales para la jornada de hoy que puedan afectar la manifestación pacífica.

    La movilización de este 1° de febrero tiene, entre sus principales consignas, el reclamo por derechos del colectivo LGBTIQ+, cuya situación ha sido eje de debate tras declaraciones del presidente Javier Milei en el Foro de Davos. Con este fallo, la Justicia busca disipar temores y reforzar el marco de garantías democráticas para quienes decidan ejercer su derecho a la protesta.

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