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    Inicio » La Justicia ordena a las fuerzas de seguridad no interferir en la Marcha LGTB
    1 febrero 2025 JUDICIALES

    La Justicia ordena a las fuerzas de seguridad no interferir en la Marcha LGTB

    Un fallo del Juzgado Federal N°1 de La Plata hizo lugar a un hábeas corpus preventivo y colectivo, instando a las autoridades a evitar detenciones arbitrarias y restricciones al derecho a manifestarse. La resolución se dicta en el marco de la movilización convocada para hoy frente al Congreso, en defensa de derechos sociales y del colectivo LGBTIQ+.
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    Marcha Orgullo 2023
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    El Juzgado Criminal y Correccional Federal N°1 de La Plata exhortó hoy al Ministerio de Seguridad de la Nación y a su par bonaerense a garantizar que las fuerzas de seguridad no intercepten, filmen ni requisen a manifestantes en la vía pública sin orden judicial previa durante la Marcha Federal del Orgullo “Antifascista y Antirracista” prevista para hoy en las inmediaciones del Congreso Nacional. La medida apunta a evitar restricciones arbitrarias y detenciones preventivas que puedan vulnerar derechos constitucionales.

    La Justicia hizo lugar a un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por el abogado Martín Ertola en representación de Matías Peñalva y otros ciudadanos, con el fin de evitar posibles restricciones al derecho a la protesta en la manifestación en repudio al discurso del presidente Javier Milei en el Foro Económico de Davos, quien utilizó el espacio para expresarse en contra de la agenda woke.

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    La decisión de la Justicia en la previa de la marcha LGTB

    La resolución, firmada por el juez Alejo Ramos Padilla, responde a preocupaciones expresadas por los peticionantes sobre el accionar de las fuerzas de seguridad en protestas previas y la aplicación de normativas que, según sostienen, habilitan el uso excesivo de la fuerza y la represión. En particular, cuestionaron la Resolución 943/23 del Ministerio de Seguridad, que permite la intervención policial para bloquear accesos y dispersar manifestaciones.

    “Exhortar a las autoridades nacionales y provinciales a cargo de las áreas de seguridad se expidan en igual sentido dando a la ciudadanía las garantías necesarias de que podrán manifestarse y expresarse en libertad y, en particular, a que se abstengan de expedir órdenes a las fuerzas de seguridad bajo su órbita que impliquen una limitación arbitraria al derecho constitucional a la protesta social pacífica”, se indicó.

    En su dictamen, el magistrado destacó que la protesta social es un derecho fundamental protegido por la Constitución Nacional y tratados internacionales, y subrayó la importancia de garantizar la libre expresión sin temor a represalias. Asimismo, ordenó a las autoridades de seguridad informar antes del mediodía si existen protocolos especiales para la jornada de hoy que puedan afectar la manifestación pacífica.

    La movilización de este 1° de febrero tiene, entre sus principales consignas, el reclamo por derechos del colectivo LGBTIQ+, cuya situación ha sido eje de debate tras declaraciones del presidente Javier Milei en el Foro de Davos. Con este fallo, la Justicia busca disipar temores y reforzar el marco de garantías democráticas para quienes decidan ejercer su derecho a la protesta.

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