El juez federal Walter Lara Correa emitió un fallo de fondo de 129 páginas reafirmando el derecho a la alimentación como obligación ineludible del Estado argentino. La resolución surge de una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP), en representación de comedores comunitarios sin acceso a alimentos desde febrero de este año.
La sentencia exige a la ministra Sandra Pettovello del Ministerio de Capital Humano mantener programas alimentarios sin regresiones y detalla la necesidad de informes mensuales sobre su implementación.
La decisión responde a una acción de amparo colectiva presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) , en representación de los comedores y merenderos que desde febrero de este año no recibieron asistencia alimentaria directa por parte de los demandados: el Estado Nacional y el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello. La resolución destaca “la importancia de mantener las políticas públicas alimentarias vigentes para garantizar este derecho fundamental”.
El magistrado destacó que el derecho a la alimentación es una obligación del Estado que debe ser atendida de manera continua y progresiva, evitando cualquier tipo de regresividad. Este derecho -recuerda Lara Correa- está respaldado tanto por el orden jurídico interno como por compromisos internacionales asumidos por Argentina. Y destaca: “Los principales beneficiarios de este derecho son las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas con discapacidad”.
La resolución judicial también pone de relieve las políticas alimentarias que el Ministerio de Capital Humano ha implementado, como el “Programa Abordaje Comunitario PNUD ARG 20/004″, el “Programa Prestación Alimentar”, el “Plan Nacional Argentina Contra el Hambre” y el “Programa Alimentar Comunidad”. Estas iniciativas -dice el magistrado-, “deben continuar ejecutándose de manera efectiva, en línea con el principio de no regresividad”.
Además, el juez exigió a la cartera de Capital Humano que presente informes mensuales sobre el progreso de estas políticas y garantice el acceso a una alimentación adecuada para los sectores vulnerables. También exhorta al Estado Nacional “para que depure el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM), aplicando las pautas concretas que crea necesarias en el marco de su ‘sana discrecionalidad’ y de sus competencias específicas, exclusivas, propias y excluyentes”.
Y advierte que: “La mera incorporación del eventual efector dentro del registro no constituye derecho alguno”. Un punto que le da la derecha a Pettovello, quien denunció que, a través de una serie de auditorías, detectó que había comedores inscriptos en el RENACOM que se supone recibieron alimentos secos, retirados por movimientos sociales y piqueteros de los depósitos de Villa Martelli pero que “no existían”.
La resolución de fondo de Lara Correa enfatiza que las políticas públicas deben tener un enfoque de derechos humanos y ejecutarse dentro del marco de competencias concurrentes del sistema federal argentino.
El juez federal reconoce: “Aunque el Poder Judicial no debe intervenir en decisiones técnicas y operativas -del Poder Ejecutivo-, instó al Gobierno de Javier Milei “a adaptar sus programas alimentarios según las políticas reconocidas”
De esta manera, el juez Lara Correa reconoció parcialmente la acción de amparo interpuesta por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP), asegurando que las políticas públicas existentes deben seguir ejecutándose sin regresiones. Esto representa una victoria significativa para el abogado y dirigente social Juan Grabois que patrocina al CELS y la UTEP, ya que se garantiza que el Estado no debe reducir el nivel de asistencia alimentaria.
Infobae