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    La Justicia habilitó un amparo colectivo de abogados contra la Reforma laboral

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    El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Martín Cormick, resolvió que el planteo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal debe tramitar como una acción colectiva contra la reforma laboral que impulsa el Gobierno. A su vez, rechazó remitir el expediente al proceso iniciado por la CGT. La demanda cuestiona dos artículos de la Ley 27.802 por considerar que restringen el ejercicio profesional de los abogados laboralistas.

    El magistrado admitió el trámite del amparo presentado por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), que busca que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802 por entender que lesionan derechos de los abogados que litigan en el fuero laboral.

    En una resolución se resolvió que el expediente debe tramitar como un proceso colectivo, al considerar acreditada la legitimación del CPACF para representar a los abogados alcanzados por la norma.

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    “Esta acción de amparo debe tramitar como un proceso colectivo que identifica como grupo colectivo a los abogados matriculados ante el CPACF que tramitan juicios laborales alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo modificada por la Ley 27.802”, sostuvo el juez.

    El fallo también ordenó la inscripción del expediente en el Registro de Procesos Colectivos y precisó que el grupo alcanzado está integrado por “los abogados y abogadas matriculadas ante el CPACF que litiguen ante el fuero del Trabajo”.

    La demanda sostiene que el artículo 10 de la reforma podría hacer responsables solidarios a los abogados por las costas cuando exista una sobreestimación de los créditos reclamados.

    Según el escrito, la modificación “incorpora un componente inédito” al permitir responsabilizar directamente a los letrados por una mera sobreestimación de los montos reclamados y “vulnera el ordenamiento constitucional, coaccionando a los abogados y abogadas, al importar un cercenamiento objetivo sobre las posibilidades de plantear una demanda de índole laboral”.

    Los demandantes agregaron que el nuevo esquema “lleva a impedirles ejercer libremente su profesión” porque los expone a responder por las costas sin necesidad de que exista una conducta temeraria o maliciosa.

    Respecto del artículo 56, el planteo apunta contra la posibilidad de pagar las sentencias laborales en cuotas y el tope impuesto a las costas, por entender que ello también perjudica el cobro de los honorarios profesionales.

    La demanda afirma que esa regulación “permitiría el pago en cuotas de los honorarios profesionales, contrariando el derecho a una retribución justa”, y advierte que muchos abogados, que ya esperan años hasta una sentencia definitiva, podrían verse obligados a cobrar sus honorarios en seis o doce cuotas.

    Además, sostiene que la reforma genera una discriminación respecto de los profesionales que litigan en otros fueros y vulnera garantías constitucionales como la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y el derecho de acceso a la Justicia.

    Rechazo judicial al proceso colectivo promovido por la CGT

    El juez rechazó remitir el expediente al proceso colectivo promovido por la CGT, pese a que ambos cuestionan los mismos artículos de la ley. El magistrado explicó que, aunque existe coincidencia en las normas impugnadas, los colectivos representados y los agravios invocados son distintos: mientras la CGT representa a los trabajadores, el CPACF acciona en defensa de los abogados laboralistas.

    Por ese motivo concluyó que “no se conforman los elementos que conduzcan a configurar la existencia de semejanza en la cuestión a resolver” y decidió que ambas causas continúen por separado.

    En tanto, la presidenta del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Alejandra García aseguró que “la resolución constituye un primer paso importante porque admite que el Colegio Público representa adecuadamente los intereses de las abogadas y los abogados alcanzados por esas disposiciones y habilita que la causa continúe como proceso colectivo”.

    “Desde el primer día sostuvimos que la reforma laboral no solo perjudica a los trabajadores, sino que también incorpora reglas que afectan el ejercicio de la abogacía”, aseguró la titular del Colegio Público.

    A su vez, puntualizó que “la posibilidad de diferir en cuotas el pago de los honorarios profesionales es una medida que desconoce el carácter alimentario de nuestra retribución y posterga aún más el cobro de quienes ya esperan años hasta la finalización de un juicio laboral”.

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