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Aclarando que, ”la compañía impugnará la medida por considerar que:
- La Dirección Provincial no es competente para entender cuestiones vinculadas a la actividad aeronáutica. Incluso la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires se manifestaron en este sentido en fallos recientes.
- La industria aeronáutica se rige por el Código Aeronáutico y su reglamentación, la cual establece que la autoridad de aplicación y por ende de fiscalización sobre el accionar de las aerolíneas es la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). La ANAC interviene en la instancia administrativa y en la instancia judicial lo hacen los Tribunales Federales.
- Siempre da respuesta a los reclamos canalizados por los canales de comunicación habilitados por la compañía.
- Brinda toda la información al pasajero para ejercer sus derechos conforme la normativa aplicable.
Con relación a la imputación notificada el 3 de julio de 2024, Flybondi expresa que su derecho de defensa fue vulnerado, ya que los reclamos mencionados no habían sido notificados previamente a la compañía, impidiéndole conocer su estado y otorgarles el debido tratamiento”.
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