No era la primera vez que el local de la cadena de cafeterías en Belgrano había sido blanco de robos a mano armada. El juicio del damnificado duró 9 años.
La Corte Suprema de Justicia revocó una sentencia que había condenado a una cadena americana de cafeterías a indemnizar a un cliente que sufrió el robo de su computadora durante un asalto a mano armada en un local del barrio porteño de Belgrano, al considerar que se trató de un hecho fortuito.
El máximo tribunal hizo lugar al reclamo de la empresa y dejó sin efecto un fallo de la Cámara Civil que había responsabilizado al establecimiento en el marco de la protección a los consumidores, recabó la Agencia Noticias Argentinas.
El hecho ocurrió el 8 de febrero de 2016 en un local de Starbucks ubicado en la avenida Cabildo 2594, donde Josué Nahum Tapia Araya, un estudiante universitario, estaba con una compañera cuando un hombre armado ingresó al local, los amenazó y se llevó sus computadoras antes de escapar en una moto que lo esperaba afuera.
Fallo contra la empresa
La decisión la había tomado por mayoría la Sala D de la Cámara Nacional en lo Civil, en la demanda por daños y perjuicios que Josué Nahun Elías Enoc Tapia Araya promovió contra la empresa.
El tribunal, con los votos de los camaristas Víctor Liberman y Patricia Barbieri y la disidencia de Liliana Abreut de Bergher (para quien la cafetería no era responsable), condenó a la empresa a pagar 112.499 pesos más intereses por el robo de una computadora y otros valores.
No fue esa la primera vez que esa sucursal había sido epicentro de un hecho delictivo.
En 2012, un delincuente que se había escondido en un baño del mismo local sustrajo alrededor de 3.000 pesos de la recaudación, amenazando a la cajera.




