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    Inicio » La Corte Suprema rechazó una demanda ambiental contra petroleras de Vaca Muerta
    22 mayo 2026 DESTACADOS

    La Corte Suprema rechazó una demanda ambiental contra petroleras de Vaca Muerta

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    El máximo tribunal desestimó una acción colectiva contra YPF, Chevron, Pan American Energy y otras compañías al considerar que no se acreditaron daños ambientales concretos ni contaminación interjurisdiccional.

    La Corte Suprema rechazó una demanda por presunto daño ambiental colectivo contra empresas petroleras que operan en Vaca Muerta al considerar que, después de más de veinte años de trámite judicial, no se logró acreditar de manera concreta la existencia de contaminación interjurisdiccional vinculada a la actividad hidrocarburífera.

    La acción había sido presentada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) contra compañías como YPF, Chevron, Pan American Energy, Pluspetrol, Total Austral, Vista Oil & Gas y Pampa Energía, entre otras firmas que desarrollan actividades en la Cuenca Neuquina. También participaron del proceso el Estado nacional y las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén.

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    En la sentencia, la Corte cuestionó la falta de precisión de la demanda y sostuvo que nunca se pudo demostrar afectaciones específicas sobre recursos compartidos entre distintas jurisdicciones provinciales.

    Según el fallo, la presentación incurrió en “vaguedad e imprecisión” al describir los supuestos daños ambientales y se apoyó más en hipótesis generales que en pruebas concretas. “La prueba ofrecida por la actora no persigue la corroboración de circunstancias fácticas, sino que pretende una investigación sobre las conjeturas formuladas en la demanda”, señalaron el juez Horacio Rosatti y los conjueces Silvina Andalaf Casiello, Rocío Alcalá y Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas.

    El máximo tribunal también remarcó que ASSUPA pretendía que fueran las propias pericias judiciales las que determinaran posteriormente dónde estaban los focos de contaminación y qué responsabilidad correspondía a cada empresa. Para los magistrados, eso evidenció la imposibilidad de precisar “circunstancias de tiempo, modo y lugar” de los hechos denunciados.

    La Corte recordó además que en resoluciones anteriores ya había advertido sobre la necesidad de aportar estudios ambientales o evidencias técnicas que permitieran demostrar una “verosímil afectación” de carácter interjurisdiccional. Sin embargo, consideró que la asociación se limitó a denunciar de forma genérica una contaminación de suelos, aguas y aire en toda la Cuenca Neuquina sin identificar casos concretos.

    En otro tramo del fallo, el tribunal sostuvo que intentar vincular de manera amplia toda la actividad hidrocarburífera con un supuesto daño ambiental colectivo “constituye un vano esfuerzo” para probar que la contaminación trascendía los límites provinciales.

    La demanda reclamaba que las petroleras implementaran medidas de recomposición ambiental integral, constituyeran un fondo especial para restauración y adoptaran acciones preventivas para evitar nuevos daños derivados de la explotación en Vaca Muerta.

    Finalmente, la Corte concluyó que no estaban dadas las condiciones para avanzar hacia una nueva etapa procesal porque no se logró identificar un daño ambiental colectivo susceptible de reparación judicial. Debido a la complejidad jurídica del caso, las costas fueron distribuidas en el orden causado.

    elDiarioAR

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