En ese sentido señaló que “El artículo 101 del Código Nacional Electoral establece que aunque el número de la boleta esté lesionado, son válidas las boletas cuando tienen las categorías y la agrupación política legible”.
Señaló que “debe primar la voluntad del electora por sobre cualquier otra circunstancia”.
Agregó que la Junta Nacional de la Capital Federal “mediante su acta numero 40 `dispuso declarar que deberán considerarse válido diversos modelos de boletas allí individualizados”.
Señaló que “resulta posible y probable que parte de la ciudadanía utilice ese instrumento para emitir su voto”.
Fuente: Télam