En su segundo Artículo, se señala que – para acceder al citado seguro -, ”los jugadores deben estar debidamente inscriptos ante la Liga en la cual participan y tener domicilio dentro del territorio provincial, siendo este un requisito excluyente”.
Por otra parte, este instrumento protectivo, ”será administrado por el Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (InSSSeP), estableciendo un fondo especial para su financiamiento a fin de no afectar las prestaciones existentes”. Aclarando, en su Art. 4., la excepción de aplicación para aquellos deportistas asegurados en la Obra Social provincial: ”si un jugador amateur ya se encuentra afiliado a la obra social del InSSSeP, el costo del seguro será cubierto mediante sus aportes actuales, sin generar un cargo adicional al Club que pertenece”, resalta.
Beneficios y limitaciones
En cuanto a estos aspectos, el seguro cubrirá exclusivamente:
a. Atención médica inmediata en caso de lesión durante entrenamientos o partidos.
b. Intervenciones quirúrgicas necesarias derivadas de lesiones sufridas en el ámbito de juego.
c. Rehabilitación básica en caso de lesiones que requieran recuperación funcional.
d. Traslados médicos en caso de urgencias derivadas de accidentes deportivos.
e. No otorgará acceso a otros beneficios de la obra social del InSSSeP, dado su carácter de prestación eventual.
Sosteniendo, en su Art. 6, el carácter obligatorio de los Clubes; en razón que los mismos, ”serán los encargados de inscribir a los jugadores en el seguro y garantizar el cumplimiento de los requisitos para su acceso”. Destacando que, ”el Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los 90 días posteriores a su promulgación”.
Una cobertura con marcadas deficiencias
”El sistema actual de cobertura médica para jugadores amateurs presenta serias deficiencias que afectan tanto a los deportistas como a los clubes. En los hechos, cuando un jugador sufre una lesión durante la práctica deportiva, debe afrontar personalmente el costo de la atención médica, ya que el seguro vigente – en caso de existir -opera únicamente bajo modalidad de reintegro; lo que implica que el jugador abona primero todos los gastos y luego debe esperar un prolongado período para que se le devuelva una parte de lo invertido”, comienza apuntando el diputado Bergia en sus fundamentos.
”Este mecanismo no solo genera una carga económica inmediata e injusta para los deportistas, que muchas veces no cuentan con los recursos necesarios, lo que obliga a los clubes a asumir costos adicionales en situaciones urgentes, sin certezas sobre si recuperarán ese dinero. En la práctica, el sistema de seguro actual resulta ineficaz y casi inservible para las necesidades reales del deporte amateur”, agrega.
Explicando que, ”como consecuencia de esta situación, los jugadores terminan recurriendo a los servicios del sistema de salud pública o, si cuentan con afiliación, a su obra social, principalmente el InSSSeP. Esto demuestra que, de manera fáctica, es el propio Estado provincial – a través de hospitales públicos y de esa Obra Social – quien termina asumiendo los costos de la atención médica de estos deportistas”.
Afirmando que, frente a esta realidad, ”el presente proyecto busca reconocer institucional y financieramente ese rol que ya cumple el Estado, fortaleciendo al ente que en los hechos da respuesta a la problemática”.
Por último, el legislador propone, ”la creación de un fondo específico en el InSSSeP, destinado a garantizar una cobertura médica directa, oportuna y eficaz, que brinde seguridad a los jugadores y alivio económico a los clubes, evitando duplicidades, demoras y gastos innecesarios”.
”Esta iniciativa no solo responde a una necesidad concreta del deporte amateur chaqueño, sino que también optimiza los recursos del sistema de salud y promueve una política pública coherente, solidaria y sostenible”, finaliza Juan José Bergia.