El impuesto a la riqueza sigue generando novedades. En este caso, se debe a que la justicia federal de Comodoro Rivadavia declaró que dicho impuesto es inconstitucional, a raíz del caso de una mujer que había objetado el cobro en los tribunales. La decisión fue tomada por la jueza Eva Parcio de Seleme en una acción declarativa de inconstitucionalidad.La ley del impuesto a las grandes fortunas fue impulsada por el gobierno de Alberto Fernández para que las personas con patrimonios superiores a los $200 millones afronten los gastos propios de la crisis económica generada por la pandemia del coronavirus.
En respuesta a esta medida del actual gobierno, se hubo varias medidas judiciales iniciadas. Así, salió el primer fallo en contra de la misma, en marzo de 2021, en el que la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal, Cecilia Gilardi Madariaga de Negre, dictó una medida cautelar a favor del ejecutivo de la empresa Globant, Alejandro Scannapieco, en la que le ordenó a la AFIP no cobrar el impuesto.
Impuesto a la riqueza: ¿Cómo fue el caso que determinó inconstitucionalidad?
La denunciante había declarado que para pagar el tributo debía vender parte de los bienes alcanzados por el propio impuesto, siendo que además en el año no solo que no había tenido ganancias sino que había sufrido pérdidas.
Un peritaje contable confirmó los números de la mujer. “Lo cierto es que no posee renta con que afrontarlo y debería desprenderse (vender) de una parte de su capital para afrontar el pago; es decir que la capacidad contributiva no se vería recuperada en el período subsiguiente”, sostuvo la magistrada en su resolución.
Respecto a la justificación por la crisis generada por la emergencia sanitaria del coronavirus, la jueza Parcio de Seleme afirmó que es no puede ser un argumento de excepcionalidad. “No pueden relativizarse e ignorarse los principios constitucionales tributarios, dado que la actora no tuvo rentas para afrontar el pago del impuesto”, detalló la magistrada.
Fuente: Ámbito