El artículo 2 establece “el carácter reservado de los fondos previstos en el artículo 1° de la presente medida en los términos del artículo 38 bis de la Ley N° 25.520 y sus modificatorias”.
Según alegó la administración libertaria, el decreto “dispuso una profunda transformación del Sistema de Inteligencia con el objeto de crear los mecanismos necesarios para el funcionamiento coordinado entre los diferentes organismos de inteligencia con el fin de proteger la soberanía nacional, preservar el orden constitucional y formular apreciaciones de inteligencia útiles para la consecución de los objetivos nacionales”.
En torno a la abultadísima suma de $ 100.000 millones, aclararon sobre la “necesidad de asignar las partidas presupuestarias que permitan solventar, inicialmente, las acciones para la reorganización del Sistema de Inteligencia Nacional y el adecuado funcionamiento de los referidos organismos desconcentrados que lo integran”, como lo son el Servicio de Inteligencia Argentino, la Agencia de Seguridad Nacional; y la Agencia de Ciberseguridad y la División de Asuntos Internos, creada como organismo de control de los anteriores.
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