La medida se dispuso a través de la resolución 242/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, luego del encuentro que autoridades de la UIF mantuvieron el 27 de octubre con representantes del Consejo Federal del Notariado Argentino y el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
La nueva norma actualiza los lineamientos establecidos en 2011, en atención a que posteriormente el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) revisara los estándares y los criterios para la prevención del LA/FT, “pasando así de un enfoque de cumplimiento normativo formalista a un enfoque basado en riesgos”, destacó la resolución en sus considerandos.
La UIF aclaró que la nueva norma, que reemplaza a la resolución 21/2011, contempla los resultados de evaluaciones e informes acerca de reportes de operaciones sospechosas (ROS) que realizan los sujetos obligados, el análisis de los Informes Técnicos de Autoevaluación de Riesgos y el análisis de los Informes Técnicos de los revisores externos independientes.
Asimismo, incorpora conceptos propios del enfoque basado en riesgo como la presentación del Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos y la incorporación de la Revisión Externa Independiente de sus sistemas preventivos o, en su defecto, de una auditoría llevada adelante por los Colegios profesionales de cada jurisdicción.
La nueva resolución entrará en vigencia a partir de marzo de 2024 “para permitir a los sujetos obligados readecuar y/o ajustar sus Sistemas de Prevención de LA/FT y sus políticas, procedimientos y controles internos”, indicó la UIF en un comunicado.
Télam