Los principales imputados por la causa en la que se investiga la megausina de facturas truchas que desarticuló la Justicia Federal del Chaco a fines del año pasado seguirán en libertad. Así lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.
El contador, Walter Pasko, y el exasesor de más de 70 cooperativas, Adrián Ayala, no serán detenidos por el momento, aunque continuarán con la restricción para salir del país. Ambos están acusados de liderar una organización criminal dedicada a generar crédito fiscal espurio, emitir facturas truchas para blanquear gastos irregulares en organismos públicos y lavar dinero.
La decisión de las juezas camaristas, Patricia García y Rocío Alcalá, se dio el jueves en respuesta a la apelación realizada por el fiscal, Patricio Sababini, contra la negativa de la jueza, Zunilda Niremperger de avanzar con la detención de Ayala y Pasko.
Tras analizar los argumentos del Ministerio Público Fiscal y los vertidos por Niremperger en su escrito, señalaron que la decisión de la jueza de primera instancia fue realizada en base a argumentos congruentes y fundados, por lo cual no resulta “arbitraria”, tal cual lo señalado por la fiscalía.
“La decisión atacada contiene un análisis cabal de la normativa en función del marco fáctico de autos, habiéndose valorado razonablemente los riesgos procesales con relación a los encausados, razón por la que concluimos en que resulta injustificada la tacha de arbitrariedad invocada”, afirmaron las juezas.
En relación a los peligros procesales invocados por el fiscal Sabadini, respecto a una posible fuga y entorpecimiento de la investigación por parte de los imputados, las magistradas respaldaron lo resuelto por la jueza de primera instancia.
En este sentido, citaron jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a través de la cual se sostiene la premisa de que “la prisión preventiva es una medida cautelar, no punitiva, y que a su vez no debe constituir la regla general como expresamente se consagra”.
Recordaron que del análisis realizado por Niremperger surge que el peligro de fuga y de entorpecimiento de investigación no se acredita en esta etapa de la instrucción. Señalaron que, hasta el momento, los imputados concurrieron a prestar declaración indagatoria, ajustándose a derecha.
A su vez, las medidas de prueba en su mayoría ya fueron efectuadas, entre las que se cuentan los distintos allanamientos y secuestro de material físico e informático de todo tipo. Por lo que, en efecto, su presunto entorpecimiento se vería muy mermado. Además, de que ninguno de ellos cuenta actualmente con antecedentes penales, con la aclaración de que Ayala tiene una suspensión de juicio a prueba, por tenencia de arma sin licencia, que venció en abril de 2023.
“La Jueza ha valorado puntual, adecuada y razonablemente los elementos obrantes en autos a los fines de decidir acerca de la innecesaridad de aplicación de la medida de coerción más severa prevista por nuestro ordenamiento adjetivo”, afirmaron las camaristas.