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<oembed><version>1.0</version><provider_name>CHACODIAPORDIA.COM</provider_name><provider_url>https://chacodiapordia.com/en</provider_url><title>Inconstitucional desfinanciamiento de la Educaci&#xF3;n - CHACODIAPORDIA.COM</title><type>rich</type><width>600</width><height>338</height><html>&lt;blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="LUrjPcncIp"&gt;&lt;a href="https://chacodiapordia.com/en/inconstitucional-desfinanciamiento-de-la-educacion/"&gt;Inconstitucional desfinanciamiento de la Educaci&#xF3;n&lt;/a&gt;&lt;/blockquote&gt;&lt;iframe sandbox="allow-scripts" security="restricted" src="https://chacodiapordia.com/en/inconstitucional-desfinanciamiento-de-la-educacion/embed/#?secret=LUrjPcncIp" width="600" height="338" title="&#x201C;Inconstitucional desfinanciamiento de la Educaci&#xF3;n&#x201D; &#x2014; CHACODIAPORDIA.COM" data-secret="LUrjPcncIp" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no" class="wp-embedded-content"&gt;&lt;/iframe&gt;&lt;script type="text/javascript"&gt;
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Grita &#x201C;viva la libertad&#x201D;, pero el goce de ella aparece s&#xF3;lo para quienes pueden disfrutarla, se les garantiza su propiedades y dineros y se les permite aumentar costos y ganancias sin l&#xED;mites. Sin embargo, a los m&#xE1;s d&#xE9;biles se los condena a sueldos por debajo de la l&#xED;nea de la pobreza y no se da la libertad de proteger la propiedad de los salarios en paritarias, porque no las homologa el Gobierno. En ese cruel panorama, se suma que el gobierno nacional ataca a uno de los aspectos esenciales que en este pa&#xED;s ha permitido la movilidad social, como es la educaci&#xF3;n p&#xFA;blica, gratuita y de calidad. Presupuesto nacional Nuestra constituci&#xF3;n nacional determina que el Gobierno Nacional, a trav&#xE9;s del jefe de Gabinete de Ministros, debe enviar al Congreso el proyecto de &#x201C;ley de Presupuesto nacional, previo tratamiento en acuerdo de gabinete y aprobaci&#xF3;n del Poder Ejecutivo&#x201D;, (art&#xED;culo 100, inc. 6 de la Constituci&#xF3;n Nacional). El Presupuesto es el plan econ&#xF3;mico cuantificado del Gobierno, que debe ser tratado y aprobado por ley del Congreso de la Naci&#xF3;n. Al inicio del ejercicio presupuestario de este a&#xF1;o no se encontraba aprobado el Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administraci&#xF3;n Nacional para el Ejercicio 2024, presentado en septiembre de 2023, al Congreso de la Naci&#xF3;n, (seg&#xFA;n art&#xED;culo 26 de la Ley 24.156), ya que por un acuerdo con el gobierno anterior se estableci&#xF3; que el presupuesto definitivo lo enviar&#xED;a el Gobierno que ganara las elecciones. Milei dict&#xF3; el Decreto n&#xFA;mero 88 mediante el cual estableci&#xF3; que regir&#xE1; el Presupuesto que estuvo vigente el a&#xF1;o anterior y prorrog&#xF3; &#x201C;los recursos, fuentes financieras y cr&#xE9;ditos vigentes al cierre del Ejercicio 2023&#x201D;. Obligaci&#xF3;n de pago del FONID El presupuesto del a&#xF1;o 2023 prorrogado por Milei contempla el pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) para el mejoramiento de la retribuci&#xF3;n de los docentes en los diversos establecimientos educativos del pa&#xED;s, (art&#xED;culo 10 de la Ley 25.264). No obstante, el Presidente decidi&#xF3;, por su sola voluntad no abonarlo, en contra de lo dispuesto en el Decreto 88 firmado por &#xE9;l, que lo obliga a pagarlo. Sostuvo Milei que el tema de la ense&#xF1;anza es un problema de las provincias y que ellas deben ser las que, con su presupuesto, deben abonarlo. El mandatario nacional se olvidaba que el FONID implica un derecho adquirido de los docentes, por la continuidad en el tiempo, ya que se trata de un fondo que, todos los a&#xF1;os se ha liquidado, desde 1999 hasta 2023, por 24 a&#xF1;os ininterrumpidos. Responsabilidad del Gobierno La Naci&#xF3;n siempre colabor&#xF3; con la educaci&#xF3;n en el pa&#xED;s integral, basta recordar la Ley Nacional 4874 de 1905, sancionada por iniciativa del senador Manuel L&#xE1;inez, cuyos objetivos eran superar los niveles de atraso, combatir la ignorancia y el analfabetismo para lograr una poblaci&#xF3;n educada y sana. Norma que llev&#xF3; a construir y mantener por el Estado Nacional gran cantidad de escuelas en todo el pa&#xED;s. Adem&#xE1;s, es obligaci&#xF3;n del gobierno nacional respetar lo que dispone el Pacto Internacional de Derechos Econ&#xF3;micos, Sociales y Culturales (Pacto IDESC), con jerarqu&#xED;a constitucional (art&#xED;culo 75, inc. 22 de la C.N.). Dicho Pacto establece que, es deber del Estado argentino asegurar &#x201C;el derecho de toda persona a la educaci&#xF3;n y reconocen que, con el objeto de lograr el pleno ejercicio de este derecho se debe mejorar&#x2026; continuamente las condiciones materiales del cuerpo docente&#x201D;, (art&#xED;culo 13, apart. 2, inc. &#x201C;e&#x201D;). Por lo que es ilegal no pagar el FONID a las provincias, por parte de la Naci&#xF3;n. El DNU 280/2024 En una modalidad tramposa de uso indebido de los DNU (Decretos de Necesidad y Urgencia), Milei, fecha 27 de marzo de 2024, dict&#xF3; el DNU n&#xFA;mero 280. En esa norma reforma el presupuesto 2023, sin someter un nuevo presupuesto al Congreso de la Naci&#xF3;n, como corresponde, ya que, conforme lo dispone la Constituci&#xF3;n, el presupuesto debe ser aprobado por ley del Congreso de la Naci&#xF3;n, (art&#xED;culo 75, inc. 8 de la Constituci&#xF3;n Nacional). El Presidente en el nuevo DNU sostiene, que &#x201C;resulta necesario y urgente incorporar diversas disposiciones complementarias a la pr&#xF3;rroga y modificar el presupuesto vigente&#x201D;. Nuevamente el Presidente viol&#xF3; lo dispuesto en el art&#xED;culo 99 inciso 3 de la Constituci&#xF3;n, ya que no puede dictar normas legislativas porque el Congreso est&#xE1; en pleno funcionamiento para tratar el Presupuesto de este a&#xF1;o, por lo que el DNU 280, es nulo absoluto e insanable. El nuevo DNU se ocupa de adecuar, particularmente, aspectos de naturaleza econ&#xF3;mica-financiera pero, entre otras anomal&#xED;as, no contempla el pago del FONID y tampoco actualiza el presupuesto para la Universidades Nacionales, que ya no pueden funcionar con partidas previstas en 2023, sin adecuarlas teniendo en cuenta la inflaci&#xF3;n monetaria (s&#xF3;lo desde diciembre de 2023 a abril de 2024, la inflaci&#xF3;n asciende al porcentaje acumulativo del 77,1 por ciento, aproximadamente), lo que agudiza el desfasaje de los montos calculados para el a&#xF1;o pasado. Violaci&#xF3;n de convenciones A su vez, respecto del accionar ilegal del Gobierno Nacional referido hay que mencionar que el Comit&#xE9; de Derechos Econ&#xF3;micos, Sociales y Culturales, que es un &#xF3;rgano de las Naciones Unidas que supervisa la aplicaci&#xF3;n del Pacto IDESC por los Estados Partes y que, como se ha dicho, tiene rango constitucional en la Argentina y en 1999 emiti&#xF3; la Observaci&#xF3;n general n&#xFA;mero 13, respecto al alcance y contenido del derecho a la educaci&#xF3;n y las obligaciones estatales correspondientes emergentes del Pacto. El Comit&#xE9; afirm&#xF3;, entre otros aspectos: &#x201C;El derecho a la educaci&#xF3;n, como todos los derechos humanos, impone</description></oembed>
