En diálogo con CIUDAD TV, la abogada Mariela Denaro analizó los alcances del proyecto de reforma laboral que impulsa el gobierno de Javier Milei. Recalcó implicará mayor desprotección de los trabajadores ante el poder del empleador.
Para la abogada laboralista chaqueña Mariela Denaro, el proyecto de reforma laboral que impulsan desde el gobierno libertario incluye modificaciones “que ponen en mayor vulnerabilidad a los trabajadores y los pone en un plano aún más desigual” respecto de sus empleadores.
En primer lugar, Denaro se refirió a que una de las modificaciones más importantes es la del artículo 12 de la ley de Contrato de Trabajo que habilita a celebrar modificaciones a los contratos de trabajo entre particulares y que el Poder Ejecutivo los homologará. “Esto pone en una desventaja al trabajador ya que el trabajador no tiene poder de negociación frente a su empleador”, sostuvo.
Con respecto a las vacaciones, la abogada laboralista advirtió que “el régimen actual dice que las vacaciones se otorgarán a partir del 1 de octubre y hasta el 30 de abril del año siguiente y se autoriza un sistema de fraccionamiento pero nunca puede ser menor a 15 días o al 2 tercios de la cantidad de días de vacaciones que le corresponde al trabajador”.
Con la modificación que promueve el gobierno de Milei se pretende fraccionar en plazos de hasta una semana. “Las vacaciones las puede otorgar el empleador en cualquier momento del año hasta abril del año inmediato siguiente. O sea, podríamos tener trabajadores con vacaciones porque el empleador lo necesita en pleno mes de marzo, en pleno mes de junio, julio, agosto”, describió.
Vía libre para modificar las condiciones de trabajo
Denaro también advirtió sobre la modificación del artículo 66 respecto a la facultad del empleador para modificar las condiciones de trabajo del trabajador. Actualmente, se establece que esas modificaciones no pueden afectar de manera grave al trabajador y se le da dos opciones: intimar al empleador para que se restituyan sus condiciones laborales o darse por despedido sin causa.
De aprobarse la reforma este artículo quedaría eliminado y, según la abogada laboralista, “lo único que puede hacer el trabajador en caso de que se modifiquen sus condiciones laborales es darse por despedido sin causa, con lo que significa perder el empleo y enfrentarse a un juicio donde, como ya dijimos, vamos a tener pérdida respecto de los créditos que pueda obtener a partir de una sentencia judicial”.
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