Close Menu
    VER CIUDAD TV EN VIVO
    Logowebchacodiapordia 05
    ULTIMOS TITULOS

    Faustino Oro volvió a brillar en una jornada perfecta de Argentina en las Olimpiadas de Ajedrez ante Sudán

    18 September 2026

    En Castelli, Zdero anunció nuevos talleres y refacción integral de la EET N°12

    18 September 2026

    Las Leonas golearon 5-1 a Chile y quedaron en lo más alto de los Juegos Suramericanos

    18 September 2026
    Facebook X (Twitter) Instagram YouTube WhatsApp Twitch
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Saturday, September 19 de 2026
    CHACODIAPORDIA.COMCHACODIAPORDIA.COM
    RADIOCIUDAD
    • INICIO
    • CIUDAD

      Previsiones ante el fenómeno de El Niño: “Catorce municipios del Chaco no se comunicaron con el Comité de Emergencia”

      18 September 2026

      Multa y retiro de gran cantidad de residuos depositados en pleno centro de Resistencia

      18 September 2026

      Avanzan las obras de protección de la costa en San Pedro Pescador

      18 September 2026

      El lunes 21 se acreditará el refrigerio a los trabajadores activos del Chaco

      18 September 2026

      La primavera trae promociones para disfrutar con Tuya y QR NBCH24

      18 September 2026
    • INTERIOR

      Escuelas de Sáenz Peña se suman al programa de sustentabilidad y gestión de residuos

      18 September 2026

      Zdero inauguró la nueva Terminal de Villa Río Bermejito: “Viene a enaltecer el perfil urbano y turístico”

      18 September 2026

      Avanza la organización para celebrar la Fiesta de los Estudiantes 2026 en Castelli

      18 September 2026

      Castelli: Sander se reunió con la cúpula policial para coordinar acciones preventivas

      18 September 2026

      Sáenz Peña: Policía refuerza presencia en las calles, cambios en Comisarías y contacto directo con vecinos

      17 September 2026
    • LA REGIÓN

      Anuncian cobertura sanitaria especial para la Peregrinación Juvenil a Itatí

      18 September 2026

      Formosa quedó fuera de la concesión privada de la Ruta Nacional 11

      18 September 2026

      Caso Loan: un bombero afirmó haber visto a Antonio Benítez “sin remera” y “transpirado” el día de la desaparición

      18 September 2026

      Corrientes: de forma directa la Provincia contrató abogados con tarifas en dólares para litigar en CABA

      17 September 2026

      Morosidad: Misiones fijó por decreto tope del 30% a los descuentos sobre salarios de empleados públicos

      17 September 2026
    • NACIONALES

      “No voy a cambiar, por mucho que ladren”: el desafío de Bullrich a Milei con un tema de Lali

      18 September 2026

      Kicillof viaja a Nueva York: reuniones con inversores y coloquio junto al alcalde Mamdani

      18 September 2026

      La ANSES prevé 104.760 jubilados menos para 2027

      18 September 2026

      La AGN detecta irregularidades y peligra la prórroga de Aeropuertos Argentina: el contrato debe vencer en 2028

      17 September 2026

      La inflación mayorista se aceleró al 2,1% en agosto, impulsada por nuevas subas en petróleo

      17 September 2026
    • POLICIALES

      Detuvieron a dos pescadores santafesinos por pesca ilegal y con mallones en plena veda en el Paraná

      18 September 2026

      Sáenz Peña: cayó alias “Colombianito” tras perpetrar un robo millonario en Machagai

      18 September 2026

      Continúa la búsqueda de Nicolás Gabriel Leiva, desaparecido desde agosto de 2017

      18 September 2026

      Dos aprehendidos en Fontana por un joven herido de arma de fuego

      18 September 2026

      Un caballo reconocido por su dueño destapó una operación irregular de compra y venta

      17 September 2026
    • ACTUALIDAD
      • CHACO HOY
      • JUDICIALES
      • LEGISLATIVAS
      • TURISMO
      • SOCIEDAD
      • CULTURA
      • AGENDA UNIVERSITARIA
      • OPINION
      • INFORMACIÓN GENERAL
      • OTRAS NOTICIAS
      • EDICTOS
    CHACODIAPORDIA.COMCHACODIAPORDIA.COM
    Inicio » Lapidario dictamen fiscal contra el “protocolo antipiquetes” de Bullrich
    3 December 2025 JUDICIALES

    Lapidario dictamen fiscal contra el “protocolo antipiquetes” de Bullrich

    Facebook Twitter Telegram Email WhatsApp
    Lapidario dictamen fiscal contra el “protocolo antipiquetes” de Bullrich
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp
    Publicidad
    Publicidad
    Publicidad

    El dictamen sobre el reglamento que reprime la protesta social dice que carece de fundamentación como para considerar legal la conducta del Estado. Es el que usará Monteoliva.

    En el día en que Alejandra Monteoliva estrenaba su cargo de ministra de Seguridad y reivindicaba la “doctrina” sembrada por su antecesora, el fiscal del fuero contencioso administrativo Fabián Canda cuestionó en un dictamen las bases del “protocolo antipiquetes” que utilizó durante estos casi dos años Patricia Bullrich para reprimir las movilizaciones contra el Gobierno con el argumento de despejar la calle. Sostuvo que la resolución ministerial de diciembre de 2023 “carece de fundamentación” y “motivación” y no está “sustentada en el régimen legal aplicable”, que son elementos básicos –explicó—para que una “conducta estatal sea legítima”. Dicho de otro modo, el protocolo en sí sería ilegítimo o carente de validez administrativa.

    “La naturaleza de los derechos aquí en juego exigía un deber reforzado de motivación”, dijo el fiscal para advertir que el protocolo establecido en la resolución 943/23 debía estar especialmente fundado al estar comprometer “los derechos de reunión pacífica, protesta social, libertad de expresión y la integridad física”, que “gozan de preferente tutela tanto por la Constitución Nacional como por los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos”. Su planteo es que la cartera de Seguridad puede adoptar este tipo de resoluciones (que otorguen, como aquí, facultades a las fuerzas de seguridad), pero es obligatorio que desarrolle las razones que la justifiquen, algo que señaló que no existió.

    Pubicidad

    El dictamen se produjo en la acción colectiva iniciada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en los comienzos de la gestión libertaria y a la que adhirieron otros organismos de derechos humanos, sindicatos, referentes políticos y damnificados en movilizaciones. Se sumaron, AJUS, ATE, Andhes, Amnistía Internacional, Sipreba, FOL, entre otros. Lo que pidieron es que se declare la inconstitucionalidad del protocolo, al que consideran nulo y agregaban que el acto administrativo por el que fue dictado “carece de motivación jurídica válida”. En este último punto coincidió plenamente el fiscal. Al no haber intervenido como parte durante el proceso no se expidió de lleno sobre la validez constitucional, aunque se inclinó por decir que a grandes trazos no veía inconstitucionalidad.

    Canda sostuvo que el Ministerio de Seguridad debió explicar las razones del protocolo y hacerlo en función del marco legal. Sin embargo, “omitió efectuar una ponderación” entre la finalidad que decía proponerse – lo que definía como “establecer el orden público en la vía pública”—, “las medidas adoptadas para alcanzarla y la entidad de los derechos fundamentales que eventualmente resulten afectados”. Como es conocido, el protocolo de Bullrich alentó el despliegue represivo de las fuerzas de seguridad y el uso de armas menos letales con la excusa de evitar cortes de circulación (que los propios agentes terminan provocando) y que los manifestantes sólo podían estar en las veredas.

    “El Ministerio de Seguridad –cuestionó Canda– sólo cumplió formalmente con su deber constitucional, convencional y legal de fundar y explicar sus decisiones y, en particular, como ocurre en este caso, aquellas que tienen incidencia en el ámbito de los derechos de reunión pacífica, protesta social, libertad de expresión y la integridad física. En efecto, dado el especial marco protectorio que reciben estos derechos, las argumentaciones dadas por la accionada (la cartera de Seguridad) no resultan suficientemente adecuadas para considerar prima facie que las medidas hayan sido cabalmente motivadas”, dice el texto al que pudo acceder Página/12.

    Dos años de represión

    El juez a cargo de la causa es Martín Cormick y con esta presentación, a menos que quiera sumar alguna medida, está en condiciones de dictar sentencia y evaluar la constitucionalidad, la eventual nulidad o ilegalidad de esta norma, fetiche de la gestión de Bullrich que dejó un tendal de heridos y detenidos en manifestaciones. El protocolo “para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación” (su nombre completo) fue aplicado desde fines de 2023 por el Gobierno, que además logró dinamitar o frenar otras causas judiciales que lo cuestionaban. En este expediente se alargaron los plazos, pero continuó. La violencia desplegada buscó, como es obvio, desalentar la protesta y disciplinar.

    Según los relevamientos de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) desde comienzos del gobierno de Javier Milei fueron detenidas 244 personas en protestas (151 este año y 93 el anterior) mientras que 2.557 resultaron heridas (1216 hasta diciembre de 2024 y 1341 hasta ahora). Los trabajadores/as de prensa y defensores de derechos humanos fueron blancos predilectos, igual que sectores vulnerados como los jubilados/as, protagonistas de las movilizaciones de los miércoles. Hubo niños/ñas y adolescentes heridos.

    El magistrado incorporó como prueba algunos testimonios de personas heridas, atacadas y detenidas en movilizaciones como la del 12 de junio de 2024 que terminó con 33 detenidos en cárceles federales. Pero también sumó episodios como el ataque al fotógrafo Pablo Grillo, quien estuvo al borde de la muerte y sigue en rehabilitación. En aquella marcha –que tenía convocatoria de clubes de fútbol– hubo más personas que terminaron con heridas graves, como el hincha de Chacarita Jonathan Navarro, y la jubilada Beatriz Blanco. En la causa penal que tramita en el fuero federal ya hubo agentes procesados y nuevos llamados a indagatoria.

    El fiscal Canda dijo que no podía determinar la ilegitimidad en la aplicación del protocolo, para lo cual se requieren pruebas. El magistrado sí podría llegar a analizar los efectos con las evidencias que juntó. El dictamen no es vinculante, aunque algunos de sus conceptos pueden tener peso.

    El reclamo

    El CELS, y luego quienes adhirieron, plantearon que el protocolo antiprotesta restringe derechos constitucionales y convencionales mediante un mecanismo distinto a la ley, al introducir modificaciones de hecho en el Código Penal por su peculiar interpretación del artículo 194 (el que se refiere a la interrupción de vías de circulación) y el Código Procesal Penal, ya que creó facultades policiales de represión y detención sin orden judicial que no están previstas en la legislación. Convirtió a la protesta en un delito en flagrancia. Es una atribución de facultades legislativas, algo prohibido, explicaban los demandantes. Además de que “desnaturaliza los derechos a la libertad de expresión, manifestación, protesta, asociación y reunión con el objetivo de ampliar el poder punitivo, para criminalizar y castigar a manifestantes”. Extiende inclusive los alcances a quienes transporten personas hacia una marcha o quien convoque. A la policía y otras fuerzas de seguridad les otorgó facultades adicionales en el uso de la fuerza y les habilitó la realización de tareas de inteligencia.

    Flagrancia

    Canda señaló que el protocolo utiliza un concepto de flagrancia (para habilitar a las fuerzas a hacer detenciones sin orden judicial) que no es el que está previsto en el régimen penal. “Las disposiciones sobre flagrancia no son de aplicación cuando los hechos tuvieran lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales, o de cualquier otro derecho constitucional”, reprochó. La única salvedad es que se trate de delitos comunes cometidos en la protesta. “Este antecedente del derecho –criticó la fiscalía al Ministerio que comandaba Bullrich– no fue siquiera citado (y mucho menos ponderado) a los efectos de fundar la motivación de la resolución en crisis”(el protocolo).

    “La carencia de fundamentación” en general, marcó, “impide conocer si se ha valorado adecuadamente el derecho de la población a evitar conductas gravemente antisociales y delictivas en razón de la protesta y el derecho de los diversos grupos y sectores a reunirse, expresarse y reclamar públicamente cuando entienden lesionados sus derechos”. “Las escuetas consideraciones del acto en crisis dan cuenta que” el ministerio “no se expidió de manera concreta y circunstanciada sobre el grado de afectación que la decisión adoptada podría provocar en los derechos del colectivo afectado”, dijo. Afirmó que incurrió en un “déficit motivacional” que “radica en haberse basado exclusivamente en fórmulas sacramentales sin ponderar adecuadamente el sustrato fáctico de su decisión y cómo las distintas medidas adoptadas en la resolución ministerial podrían impactar sobre el ejercicio de los derechos constitucionales (…) detallados”.

    Recordó que la cartera de Bullrich había usado el mismo mecanismo al presentar sus explicaciones en el amparo “limitándose a sostener que la resolución cumple con los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos — sin siquiera mencionar cuáles—(sic)” y a decir que respeta derechos y garantías. La “motivación” exigida, dijo el fiscal, es una “interdicción a la eventual arbitrariedad administrativa” y una “garantía” para el ejercicio de los derechos. Aquí, asevera, no se cumplió y por lo tanto la arbitrariedad tuvo rienda suelta.

    Página/12

    Noticias Relacionadas

    JUDICIALES

    Imputan a una partera de 88 años por la supresión de identidad de una mujer nacida en 1970

    18 September 2026
    JUDICIALES

    Corrientes: fallo extendió hasta los 25 años una pensión para garantizar estudios universitarios

    18 September 2026
    JUDICIALES

    Suspensión de los juicios por jurados civiles en el Chaco: desde la Asociación Argentina de Juicio por Jurados aseguran que es “un grave retroceso”

    18 September 2026


    Últimas Noticias

    Faustino Oro volvió a brillar en una jornada perfecta de Argentina en las Olimpiadas de Ajedrez ante Sudán

    18 September 202692 Views

    En Castelli, Zdero anunció nuevos talleres y refacción integral de la EET N°12

    18 September 20269 Views

    Las Leonas golearon 5-1 a Chile y quedaron en lo más alto de los Juegos Suramericanos

    18 September 202623 Views
    Buscar Noticias
    Seguinos en Nuestras Redes Sociales
    • Facebook
    • YouTube
    • WhatsApp
    • Twitter
    • Instagram
    • Twitch


    NO TE OLVIDES DE VER

    Faustino Oro volvió a brillar en una jornada perfecta de Argentina en las Olimpiadas de Ajedrez ante Sudán

    18 September 2026

    En Castelli, Zdero anunció nuevos talleres y refacción integral de la EET N°12

    18 September 2026

    Las Leonas golearon 5-1 a Chile y quedaron en lo más alto de los Juegos Suramericanos

    18 September 2026
    CHACODIAPORDIA.COM
    LA NOTICIA EN TODA SU DIMENSIÓN

    DIRECTOR: Pedro Cáceres
    JEFE DE REDACCIÓN: Rodolfo Mancuello

    DIRECCIÓN: Av. Avalos 468 Torre B 9° Piso. Resistencia – Chaco (0362) 445 2111

    Contáctanos:
    redaccionchacodiapordia@gmail.com

    © Registro de Marca Nº 2.925.652 / Registro de la Propiedad Intelectual Nº 383.000. Está permitida, la reproducción del contenido de este sitio, bajo la condición de mencionar la fuente.

    CHACODIAPORDIA.COM
    Facebook X (Twitter) Instagram YouTube WhatsApp
    • SOCIEDAD
    • CULTURA
    • TURISMO
    • INFORMACIÓN GENERAL
    • JUDICIALES
    • LEGISLATIVAS
    • AGENDA UNIVERSITARIA
    • OTRAS NOTICIAS
    • EDICTOS
    CHACODIAPORDIA.COM - 2024

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.