A dos décadas de ocurridos los hechos imputados, el juicio que se tramitó a partir de la reapertura de la causa durante le macrismo concluyó con las condenas del exministro de Planificación y del exsecretario de Obras Públicas.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N°4 condenó al exministro de Planificación Federal Julio de Vido en el juicio por el caso Skanska. Le impuso la pena de cinco años de prisión por los delitos de cohecho pasivo y administración fraudulenta contra el Estado. Recibió la misma condena José López, exsecretario de Obras Públicas.
El juicio concluyó tras dos años de trámite. En total fueron acusadas 30 personas por los hechos que ocurrieron hace casi dos décadas. Según la fiscalía, en el caso de 17 de ellas no tuvo acreditada su responsabilidad en los hechos y se pidió la absolución.
El fiscal general Abel Córdoba, en agosto de 2025, dio por acreditada la responsabilidad del exministro De Vido, del exsecretario López y pidió 5 años de condena por los delitos de cohecho pasivo y administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en calidad de coautores. Lo mismo solicitó para el exgerente general de Nación Fideicomisos S.A., Néstor Ulloa.Ulloa.
Esa fue la condena que el TOF Nº4, integrado por Guillermo Costabel, Jorge Gorini y María Gabriela López Iñiguez, les impuso De Vido y López. Córdoba solicitó también inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y que sean decomisados activos cautelados que forman parte de la causa.
El caso Skanka
El denominado “caso Skanka” fue la primer gran causa por corrupción de la década kirchnerista a partir de la emisión de facturas apócrifas en el marco de las contrataciones para las obras de expansión de la capacidad de transporte de gas natural.
La obra constó de la ampliación de los gasoductos en el sistema norte (licenciataria TGN) y en el sistema sur (licenciataria TGS), el acondicionamiento de plantas compresoras existentes y la construcción de una nueva. Skanka ganó las licitaciones para la obra de construcción y montaje de la Planta Compresora Deán Funes, además del Tramo 79 (Deán Funes-Ferreira) de casi 42 kilómetros.
La investigación se inició como una causa de evasión contra la filial local de la empresa sueca Skanka y la firma Infinity, que junto a otros veinte empresas, emitió facturas apócrifas para simular servicios en el marco de aquella licitación. Aquellas facturas coincidían con montos de “sobreprecios” que la empresa había cobrado por la realización de las obras.
A partir de esa investigación por evasión, el juez en lo Penal Tributario Javier López Biscayart abrió la investigación por posibles pagos ilícitos a funcionarios públicos. La investigación se disparó debido a que la empresa TGN había denunciando sobreprecios en la licitación de las plantas compresoras ante el Enargas, organismo público de control técnico.
Luego de tres rondas de licitación en las que las empresa bajaron sus costos, aún por encima de los costos calculados por TGN, la Secretaría de Energía, dependendiente del entonces Ministerio de Planificación Federal, ordenó avanzar con la obra para evitar demoras y consideró que la valuación hechas por TGN estaban fuera de los parámetros de mercado.
Cuando las denuncias comenzaron a crecer, el Gobierno denunció una “cartelización” por parte de los oferentes para aprovechar la urgencia de la obra que buscaba evitar cortes de suministros y apuntó por un caso de evasión entre privados.
Sin embargo, la empresa sueca salió a cubrirse públicamente al hablar de “comisiones indebidas” y se hizo conocer un documento interno que señalaba que la empresa Infinity, que emitió las facturas apócrifas, había sido recomendada por Ulloa, entonces gerente general de Nación Fideicomisos, órgano que administró el fondo fiduciario con que se financió la obra.
En noviembre de 2011, la Sala I de la Cámara Federal porteña consideró la “decisión política” de avanzar con la obra frente a la emergencia energética que atravesaba el país y sobreseyó a los funcionarios públicos investigados, entre ellos, el entonces secretario de Energía, Daniel Cameron, al extitular del Enargas Fulvio Madaro; también Ulloa había sido sobreseído en aquel momento. En julio de aquel año, una peritaje de la Corte Suprema había considerado que no existieron sobreprecios.
Con el cambio de los vientos políticos, tras la victoria presidencial de Mauricio Macri, la causa se reabrió cuando la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación –Juan Gemignani, Mariano Borinsky y Angela Ledesma– resolvió revocar una decisión anterior y declaró admisible como prueba judicial una grabación telefónica entre el auditor interno de Skanska, Claudio Corizzo, y el gerente comercial Javier Azcárate.
La grabación había sido obtenida durante un allanamiento a la empresa sueca y había sido llevada ante la Justicia por los diputados Adrián Pérez y Esteban Bullrich. La Cámara ordenó al juez Sebastián Casanello la reapertura de la causa en 2016 y en octubre de 2017, Casanello procesó a los exfuncionarios Julio De Vido, José López y al exgerente de Fideicomisos del Banco Nación, Néstor Ulloa, por los delitos de administración fraudulenta y cohecho, mientras que procesó por cohecho a los exdirectivos de la empresa Skanska.
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