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    Inicio » Fontevecchia firmó la apelación a la cautelar que prohíbe la difusión de los audios del escándalo
    4 September 2025 NACIONALES

    Fontevecchia firmó la apelación a la cautelar que prohíbe la difusión de los audios del escándalo

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    Fontevecchia firmó la apelación a la cautelar que prohíbe la difusión de los audios del escándalo
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    Jorge Fontevecchia, cofundador de Editorial Perfil y CEO de Perfil Network, firmó en esta mañana de miércoles la apelación a la cautelar del juez Alejandro Patricio Maraniello que prohíbe la difusión de los audios que comprometen a la hermana del Presidente y secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, sospechada del cobro de coimas en la compra de remedios por parte de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

    “¿Qué información revelarían esos audios? Si la funcionaria no tuviese nada que ver con la corrupción en Discapacidad, como dice el Presidente, ¿por qué no dejar que se difundieran?”, se preguntó Fontevecchia en su editorial del martes, titulado “Sr Presidente, nos vemos en la Justicia”.

    Fontevecchia está patrocinado por Roberto Gargarella, Ricardo Gil Lavedra, Sebastián Guidi y Hernán Gullco, destacados abogados en materia de libertad de expresión y libertad de prensa.

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    La prohibición del juez Maraniello llegó en el contexto de la aparición de audios que sumarían más de 50 minutos de grabaciones que involucran a Karina Milei, en el marco del escándalo de Discapacidad.

    El juez señaló que su medida estuvo motivada por “la especial sensibilidad de los intereses estatales comprometidos”. El lunes, por su parte, el Gobierno denunció ante la Justicia Federal lo que consideró una operación de inteligencia ilegal con objetivos de desestabilización durante la campaña electoral. A través de su cuenta en X, el vocero Manuel Adorni dijo que “se grabaron conversaciones privadas de Karina Milei y otros funcionarios, las que fueron manipuladas y difundidas para condicionar al Poder Ejecutivo. No fue una filtración. Fue un ataque ilegal, planificado y dirigido”.

    En un agregado desopilante, el Gobierno habló de “influencias extranjeras, con patrones similares a operaciones atribuidas a intereses rusos y chavistas”.

    Mientras tanto, el Ministerio de Seguridad de Patricia Bullrich pidió que sean allanados los periodistas que hicieron públicos los audios, Jorge Rial y Mauro Federico. También el principal accionista del canal de streaming Carnaval, donde se difundieron las grabaciones, y a la pareja de Marcela Pagano, un abogado que, según el Gobierno, habría sido consultado por Diego Spagnuolo para filtrar, luego, los audios.

    El contenido de la apelación

    Se trata legalmente de un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En uno de sus pasajes el documento explica que “el único modo en que esta resolución puede ser cuestionada es precisamente que lo hagan sus afectados directos, como lo son los medios de prensa sobre los que recae la prohibición”.

    Y profundiza: “La prohibición de reproducir ‘los audios grabados en la Casa de Gobierno de la Nación, anunciados el día 29/08/2025 […] que sean atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth’ Milei’ es una medida de ‘censura previa’ prohibida tanto por el art. 14 de la Constitución Nacional como por el art. 13 ap. 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Como se verá más adelante, no existe ninguna excepción a este principio que sea aplicable a nuestro caso”.

    “La doctrina unánime de la Corte Suprema dispone que las expresiones vinculadas a asuntos de interés público gozan de una protección especial”, explica a su vez la presentación.

    Sostiene también que “la resolución no identifica la verosimilitud en el derecho (de hecho, censura audios que nadie conoce)”.

    El documento también señala que la resolución de la justicia posee una vaguedad impermisible, y aclara: “es imposible para un medio o periodista saber si un audio que obra en su poder es o no es uno de aquellos cuya difusión lo haría incumplir una orden judicial”.

    Y advierte: “Las consideraciones vertidas hasta aquí me hacen solicitar que sin más trámite y con toda urgencia se revoque el pronunciamiento de primera instancia. Lo contrario, además de ser flagrantemente contrario a nuestro sistema constitucional, podría acarrear la responsabilidad internacional de la República Argentina”.

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