A casi un mes de que Marcela Acuña fuera condenada por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, la jueza de la Cámara del Crimen N°2 de Chaco, Dolly Fernández, ordenó que la dirigente política perdiera todos los tratos especiales que se le otorgaron durante la etapa del juicio oral. A partir de ahora, la dirigente social deberá cumplir un régimen de cárcel común.
La medida se dio a conocer este sábado, después de que la magistrada dispusiera que la condenada debe comenzar a cumplir con un régimen de detención común. Esto implicará que la ex candidata a intendente de Resistencia pase a ser considerada igual al resto de las reclusas.
Previo a esto, Acuña había tenido el privilegio de ser trasladada hacia un pabellón común, en donde tenía acceso a ciertas actividades que no estarían disponibles para todas las personas que ya hubieran sido condenadas. Asimismo, la jueza pidió al personal del Servicio Penitenciario que garantice el cuidado de la detenida.
De acuerdo con la información publicada por Diario Chaco, Fernández hizo especial hincapié en que se cumplan las “condiciones de seguridad, trato digno y resguardo físico, psíquico y emocional”. Y fundamentó la decisión al explicar que el habeas corpus correctivo busca asegurar condiciones humanas de detención, pero no brindar privilegios.
Previo a esto, la jueza estuvo a cargo de valorar las responsabilidades penales de los acusados en el crimen ocurrido en junio de 2023. No obstante, todavía faltaría definirse la cantidad de años que cada uno de los seis condenados deberá pasar tras las rejas.
Después de que concluyeran las audiencias de cesura, la jueza Fernández cuenta con un plazo de quince días hábiles para dictar sentencia, aunque la inminente feria judicial, que se extiende del 24 de diciembre al 31 de enero, podría demorar la resolución hasta el año próximo.
Según explicó la magistrada a la prensa local, la notificación de la fecha de lectura de la sentencia se realizará a través del sistema informático SIGI, y la decisión sobre la eventual suspensión de plazos corresponde al Superior Tribunal de Justicia, que suele pronunciarse antes del inicio del receso.
En este contexto, las fuentes judiciales consultadas señalaron que, hasta el momento, no existe una determinación oficial ni sobre la fecha de la sentencia ni sobre la suspensión de los términos y audiencias. De hecho, la magistrada manifestó: “Quisiera que (la resolución) sea este año. En principio, tengo quince días hábiles, ¿sí?“”.
Y continuó: “Quince días hábiles son tres semanas, pero si hay suspensión de términos y audiencias, justamente no son hábiles, quiere decir que no corren los días. Entonces, podría pasar al año próximo”. Además, reiteró: “Puede haber una pena para el año que viene si hay suspensión de términos y audiencias, pero no me obligan”.
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