Un Tribunal Oral en lo Criminal Federal condenó a prisión efectiva a cinco personas por una maniobra que, mediante correos y llamadas falsificando la identidad de autoridades universitarias, logró que el Banco Nación transfiriera fondos de dos facultades de la UBA a cuentas privadas. El dinero fue luego convertido en criptomonedas para dificultar su rastreo.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6 de Buenos Aires, a cargo del juez subrogante Diego García Berro, dictó sentencia este 1° de septiembre en una causa por estafa homologando un acuerdo de juicio abreviado que impone penas de entre dos y tres años de prisión de cumplimiento efectivo a cinco personas por su participación en una defraudación contra la Universidad de Buenos Aires.
El mecanismo del fraude
Según los hechos que el Tribunal tuvo por acreditados, la maniobra consistió en simular que funcionarios de la UBA estaban dando órdenes de transferencia al Banco de la Nación Argentina, sucursal N°18, que opera las cuentas bancarias de las facultades. Para eso se crearon un dominio de internet similar al de la universidad y varias casillas de correo electrónico que imitaban a personal real de la UBA, desde las cuales se contactó al banco para instruir los movimientos de fondos.
El Tribunal identificó a Ángel José Martín como la persona que participó en la confección de esas cuentas de correo falsas, a partir de que los accesos al servicio de hosting utilizado coincidieron con una línea telefónica a su nombre. Además, Martín ya había sido condenado en 2017 por el Tribunal Oral N°1 de San Isidro por un hecho de “gran similitud” —asociación ilícita y defraudación a la administración pública—, lo que llevó al Tribunal a declararlo reincidente.
El circuito del dinero
Con las comunicaciones falsas ya operativas, el Banco Nación transfirió dos partidas desde la cuenta de la Facultad de Derecho —por $275.480.000 y $172.990.533— a una cuenta de la firma Eksplodo S.A., de la que Lucas Rigoni y Enrique Aníbal Cutrona eran responsables. Por otro lado, desde la cuenta de la Facultad de Odontología se transfirieron $496.720.000 y $451.901.000 a una cuenta de Elysium Capital S.A., de la que Alex Ezequiel Heredia era apoderado. En conjunto, la maniobra desvió más de $1.397 millones.
Una vez acreditados los fondos, ambos grupos derivaron el dinero hacia una cuenta de la firma Aigle S.A., identificada por el Tribunal como una cuenta recaudadora destinada a canalizar lo defraudado, y desde allí se compraron criptomonedas —más de un millón de unidades de USDT en total— para dificultar el rastreo del origen ilícito de los fondos.
El Tribunal tuvo por probado que Micaela Bounchanavong fue quien dio las instrucciones para esas transferencias y quien dispuso, como “real operadora” de los fondos ya depositados en Aigle, la compra de las criptomonedas.
Las condenas
El acuerdo de juicio abreviado, presentado por la Fiscalía General N°3 —a cargo interinamente de Fabiana León, con intervención de la fiscal auxiliar Claudia Rebour— y con la conformidad de la querella del Banco Nación, calificó las conductas de Rigoni, Cutrona, Heredia y Bounchanavong como partícipes necesarios de defraudación contra la administración pública en concurso con uso de documento privado falso, y como autores del delito de lavado de activos. A Martín se le imputó únicamente la defraudación y el uso de documento falso, en calidad de autor.
Con esa calificación, el Tribunal impuso tres años y dos meses de prisión efectiva a Rigoni, Cutrona, Heredia y Bounchanavong, junto con multas que van de los $896 millones a los $2.794 millones según el rol de cada uno en el circuito de lavado. A Martín le impuso dos años y tres meses de prisión efectiva, sin multa, y lo declaró reincidente.
Al tratarse de un juicio abreviado, el Tribunal remarcó que no podía imponer una pena superior a la acordada entre la fiscalía, los imputados y sus defensas, y que su función se limitó a controlar que esa calificación estuviera fundada, sin expedirse sobre si coincidía o no con ella.




