Por unanimidad, el Senado aprobó una modificación a su reglamento. Las propuestas del Poder Ejecutivo sí se difundirán por la web y las redes de la Cámara alta y el Boletín Oficial.
El Senado aprobó por unanimidad (69 votos positivos) un proyecto para modificar dos artículos del reglamento interno, con el fin de que ya no se publiquen en los diarios las candidaturas al Poder Judicial impulsadas por el Poder Ejecutivo.
La iniciativa se iba a tratar esta semana en la Comisión de Asuntos Constitucionales, pero finalmente se suspendió y fue al recinto sin dictamen. Pero, por el respaldo de todos los bloques, se habilitó con los dos tercios y posteriormente se aprobó de forma unánime.
El proyecto había sido presentado con las firmas de Patricia Bullrich, jefa de La Libertad Avanza, y José Mayans, titular del interbloque peronista, entre otros jefes y referentes de demás bloques.
De acuerdo a las modificaciones de los artículos 22 bis y 123 bis del reglamento del Senado, se elimina la publicidad de los edictos de “los dos diarios de mayor circulación del país” y se incorpora, a su vez, la difusión mediante las redes sociales de la Cámara alta. En tanto, en la redacción se mantiene intacto la publicidad mediante la página web del Senado y el Boletín Oficial.
El nuevo artículo 22 bis reza: “En caso de tratarse de pliegos remitidos por el Poder Ejecutivo solicitando acuerdo para la designación de jueces y conjueces de la Corte Suprema de Justicia, magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, la Secretaría Parlamentaria deberá arbitrar las medidas necesarias para darlos a conocer además, mediante su publicación en el sitio web y las redes sociales de esta Cámara y en el Boletín Oficial, durante dos días, con una antelación no menor de quince días corridos de la fecha de celebración de la audiencia pública”.
También hay cambios respecto a la difusión a nivel provincial. “Cuando se trata de la cobertura de cargos en jurisdicciones ajenas a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá comunicarse al Poder Legislativo provincial y publicarse en el Boletín Oficial de la jurisdicción pertinente a los fines de la difusión local”, establece.
En los fundamentos del proyecto, los senadores sostuvieron que “la propuesta tiene dos objetivos fundamentales: la actualización de los medios de comunicación por los cuales se garantiza la publicidad del procedimiento y la economicidad de dicho procedimiento. Ambos objetivos se logran prescindiendo de las publicaciones de los edictos en los ‘diarios de mayor circulación del país’”.
“De acuerdo a los estudios realizados en referencia, la lectura de los diarios nacionales y provinciales en formato papel viene en descenso marcado. Las razones de esta merma son claras: la mayor parte de los ciudadanos de nuestro país (y podríamos decir del mundo) acceden a los medios de información de noticias de forma digital, con un marcado uso de las computadoras personales y de los teléfonos celulares, entre otros dispositivos”, justificaron.
Además, señalaron que “los elevados costos que conlleva la publicación de los edictos en los diarios de mayor circulación del país o en los de las jurisdicciones específicas, no se encuentran justificados ante la disminución del consumo de este formato periodístico”.
“Es posible considerar que el requisito de la publicación en los diarios de mayor circulación y/o de las jurisdicciones específicas es una práctica que, junto a la lectura del diario en papel, se reputa antigua y de poca efectividad”, agregaron.
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