La organización gremial acordó – con la Cámara Argentina de la Construcción y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción – subas acumulativas para junio, julio y agosto, además del pago de sumas no remunerativas para los trabajadores comprendidos en el CCT 76/75.
La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), conducida por Gerardo Martínez, firmó un nuevo acuerdo paritario, que establece incrementos salariales y sumas no remunerativas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 76/75.
El entendimiento fue suscripto con la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC), y corresponde al segundo tramo trimestral de la paritaria anual abril 2026-marzo 2027.
Según el acta, las partes acordaron aumentos acumulativos del 2,1% para junio de 2026, del 2% para julio y del 1,9% para agosto, aplicados sobre los salarios básicos vigentes de cada período.
Paritaria UOCRA: cómo se pagan las sumas fijas
Además, se estableció el pago de sumas no remunerativas durante junio y julio de 2026 para todas las categorías del convenio. En la Zona “A”, por ejemplo, los montos para junio fueron fijados en $50.300 para ayudantes y serenos, $53.400 para medio oficial, $58.300 para oficial y $63.300 para oficial especializado. Para julio, esos valores pasarán a $57.900, $61.500, $67.100 y $72.900 respectivamente.
El acuerdo también determina que las sumas extraordinarias serán abonadas en dos tramos quincenales y que estarán alcanzadas por aportes y contribuciones con destino a la obra social.
Próxima revisión salarial: julio de 2026
Asimismo, las partes resolvieron mantener la Comisión Especial de seguimiento de las variables económicas y del sector de la construcción, con una nueva reunión prevista para el 20 de julio de 2026, donde analizarán eventuales ajustes para septiembre y la continuidad de las contribuciones patronales y aportes solidarios.
El entendimiento tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2026 y también será aplicado al Convenio Colectivo de Trabajo 577/10, de acuerdo con las tablas salariales anexadas al acuerdo.
El acuerdo también ratifica aportes solidarios y contribuciones empresarias extraordinarias durante el trimestre paritario, destinados a financiar acciones gremiales, sociales y asistenciales de la organización sindical.
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