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    20 March 2026 CHACO HOY

    Ley de Glaciares: advierten que las audiencias públicas deben garantizar el “derecho a ser oído” de cada participante

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    Ley de Glaciares: advierten que las audiencias públicas deben garantizar el “derecho a ser oído” de cada participante
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    Señalan que este mecanismo debe propiciar el derecho a la participación, real escucha y consideración de cada aporte, una garantía constitucional para emitir un informe final. Y aclaran también sobre los riesgos de alcanzar ese objetivo debido a la cantidad de personas inscriptas y el acotado tiempo de exposición. Se abrió una nueva instancia a través de YouTube. 

    La Cámara de Diputados de la Nación se prepara para una nueva instancia de audiencias públicas, en el debate por la reforma de la Ley de Glaciares, un tema de vital importancia para la protección de los recursos hídricos y el desarrollo sustentable del país. En este contexto, desde la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste señalaron la relevancia de que este instrumento se cumpla bajo los principios que determinan dicho mecanismo que tiene como marco legal el acuerdo de Escazú.

    La directora de la carrera de Posgrado de la Especialización en Derecho Administrativo, Dra. Mirta Gladis Sotelo de Andreau, en su análisis sobre las audiencias públicas, destaca la relevancia de este mecanismo para el «buen gobierno y la buena administración», promoviendo la transparencia y la consideración de diversas opiniones antes de la decisión final. Los principios que rigen estas audiencias son la igualdad, la publicidad, la oralidad, la informalidad y la gratuidad, asegurando que todos los ciudadanos, sin distinción, puedan expresar sus puntos de vista, explicó la doctora.

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    Puntualizó también sobre los desafíos que presenta la implementación de estas audiencias. Si bien la convocatoria inicial estimaba la participación de unas 200 personas, el número de inscriptos ha superado ampliamente esa cifra. 

    En ese marco, Sotelo de Andreau enfatizó que “el derecho a ser oído”, garantizado por la Constitución Nacional y el Pacto de San José de Costa Rica, no solo implica la posibilidad de expresar una opinión, sino también que esta sea «verdaderamente escuchada, valorada y considerada” por el organismo decisor. Ante el elevado número de participantes y la ausencia de requisitos de limitación, surge la preocupación de que la audiencia se convierta en una «mera ilusión» si no se instrumentan los procedimientos adecuados para cumplir con sus objetivos.

    Se refirió a la “garantía de participación que tienen los ciudadanos en las decisiones gubernamentales”, a partir de estos nuevos medios como lo son las audiencias públicas. Por ello instó a que no solo sea una declaración o un deseo, sino que  “verdaderamente se cumpla”. Lo cual se ve “complicado por la cantidad de personas que están inscriptas y los plazos que tienen para exponer”. Por ello reivindicó la importancia de que esas declaraciones sean “evaluadas correctamente” para una consideración del informe final.

    La reforma de la Ley de Glaciares es un tema crucial, ya que afecta la distribución y resolución de los glaciares y periglaciares, delegando facultades a las provincias. Se observan acuerdos y desacuerdos en torno a este tema, y en virtud de ello, la profesora subraya la importancia de que la participación ciudadana sea una herramienta efectiva para el buen funcionamiento de la administración y que el Estado ejerza una cogestión con la ciudadanía en la toma de decisiones sobre los recursos naturales.

    En este escenario, la Dra. Sotelo de Andreau Profesora Extraordinaria de la UNNE, hace un llamado a garantizar que las audiencias públicas cumplan su propósito, valorando la opinión de la ciudadanía y asegurando que los “recursos naturales no sean modificados o destruidos sin el conocimiento y la participación de quienes serán afectados por estas decisiones”.

    El marco legal

    La realización de esta audiencia pública es una obligación derivada del Acuerdo de Escazú (ratificado por la Ley 27.566). Este tratado regional obliga al Estado argentino a garantizar el acceso a la información y la participación pública en la toma de decisiones ambientales.

    A este andamiaje se suman pilares locales como la Ley General del Ambiente (25.675) y la Ley Yolanda, que enfatiza la necesidad de que las autoridades basen sus decisiones en fundamentos científicos y en la opinión de la sociedad civil. Bajo estos preceptos, la audiencia pública se rige por principios irrenunciables: igualdad, publicidad, oralidad, gratuidad e informalidad.

    Tensión de intereses

    El proyecto en estudio busca flexibilizar criterios actuales para otorgar mayores facultades discrecionales a las provincias y dinamizar el sector productivo (principalmente minero). Esta postura ha generado una grieta de opiniones:

    Quienes están a favor de la reforma, como el Gobierno Nacional, Gobiernos provinciales con potencial minero y sectores productivos que buscan mayor claridad en la delimitación de las zonas protegidas.

    Quienes están en contra de la reforma: Organizaciones como Greenpeace, Aves Argentinas, la Asociación de Abogados Ambientalistas y diversos sectores científicos, quienes advierten sobre el riesgo irreparable para las reservas de agua dulce.

    En ese contexto, la preocupación central radica en la viabilidad del proceso. Si se otorgaran los 5 minutos previstos a cada uno de los más de 50.000 inscriptos, la audiencia se extendería por meses.

    Para que este proceso no se convierta en un «cumplimiento utópico», el Estado debe instrumentar procedimientos que aseguren que la voluntad popular sea procesada y valorada antes de la decisión final. De lo contrario, se corre el riesgo de vulnerar el debido proceso, garantizado tanto por la Constitución Nacional como por el Pacto de San José de Costa Rica.

    Para participar

    Las audiencias públicas se desarrollarán conforme a lo acordado en la reunión de las Comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y de Asuntos Constitucionales.

    Será en la Sala 2 del 2do piso del Anexo C de la Cámara de Diputados de la Nación, en Av. Rivadavia 1841, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 25 de marzo, con inscriptos que expondrán de manera presencial, y el día 26 de marzo de manera virtual, desde las 10.00 hasta las 19.00 horas.  

    El link con el formulario para poder inscribirse a las audiencias públicas: https://app.hcdn.gob.ar/aplicaciones/inscripciones/inscripciones/audienciapublica/formulario-de-inscripcion-a-audiencia-publica

    Nueva instancia por YouTube

    La página oficial de la Cámara de Diputados informó que se estableció una nueva forma de participar y formar parte del debate: “Para participar, suscribite al canal oficial de YouTube de la Cámara de Diputados. Recordá hacerlo al menos 24 horas antes de publicar”, se informó desde el sitio.

    Medios UNNE

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