Close Menu
    VER CIUDAD TV EN VIVO
    Logowebchacodiapordia 05
    ULTIMOS TITULOS

    Reeditarán “Pint of Science”, una propuesta de charlas sobre ciencia en bares

    14 May 2026

    Detención de periodista en Margarita Belén: “No fue por ninguna pregunta que le haya hecho al gobernador”

    14 May 2026

    La ANMAT prohibió una serie de productos capilares, de limpieza e insecticidas

    14 May 2026
    Facebook X (Twitter) Instagram YouTube WhatsApp Twitch
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Thursday, May 14
    CHACODIAPORDIA.COMCHACODIAPORDIA.COM
    RADIOCIUDAD
    • INICIO
    • CIUDAD

      Denuncian irregularidades en obras del municipio: “Son fondos de nuestra ciudadanía”, advirtió la concejal Masin

      14 May 2026

      El Marketing Day llega por primera vez a Resistencia con foco en las“marcas auténticas”

      14 May 2026

      “Pertenecemos al peronismo pero en el Chaco no alcanza solamente con los votos peronistas”

      14 May 2026

      Continúan los trabajos de SAMEEP para normalizar el servicio de agua potable en el Área Metropolitana

      14 May 2026

      El gobernador entregó elementos didácticos a escuelas de educación especial: “La inclusión se practica todos los días”

      13 May 2026
    • INTERIOR

      Zdero anunció importantes obras para el Club San Martín de Margarita Belén

      14 May 2026

      El recorte de Milei al Presupuesto del Congreso quita obras clave para el Chaco

      13 May 2026

      Segunda Expo Apícola de los Humedales: buscan impulsar el consumo de miel y mostrar el potencial del sector chaqueño

      13 May 2026

      Golpe al abigeato en el interior chaqueño: secuestran casi 50 animales y detienen a un sospechoso en operativos rurales

      13 May 2026

      Zaparinqui se prepara para celebrar sus 89 años

      13 May 2026
    • LA REGIÓN

      Corrientes: la deuda con la empresa de la autovía de Ruta 12 ascendería a $22.000 millones

      14 May 2026

      Valdés: “Se pretende que paguen las provincias por las malas administraciones”

      14 May 2026

      Por irregularidades dieron de baja en Corrientes radares en Rutas Nacionales

      13 May 2026

      Escuelas correntinas hacen colectas para conseguir mercaderías destinadas comedores

      13 May 2026

      Corrientes: condenan a productor por administración fraudulenta tras la desaparición de 1.966 cabezas de ganado

      12 May 2026
    • NACIONALES

      En el último año se perdieron 13.571 empresas empleadoras en todo el país

      14 May 2026

      Grupo Neuss: de vender gaseosas en el conurbano a quedarse con Transener y pujar por la Hidrovía

      14 May 2026

      Imputaron al hermano de Adorni por “enriquecimiento ilícito y lavado de dinero”

      14 May 2026

      La respuesta del Gobierno a la Marcha Federal Universitaria: “La ley nació muerta”

      13 May 2026

      El Gobierno nacional homologó la primera paritaria rural bajo la reforma laboral

      13 May 2026
    • POLICIALES

      “¿Dónde querés el balazo”?: A punta de pistola, robaron la moto a un delivery y hasta se llevaron la comida que tenía que repartir

      14 May 2026

      Finalizó un importante operativo de lucha contra el abigeato en la zona de La Sabana

      14 May 2026

      Demoraron a padre e hijo con más de 200 kilos de carne de búfalo en el baúl

      14 May 2026

      Importante operativo antidrogas: secuestraron cocaína, marihuana, vehículos y más de 800 mil pesos

      14 May 2026

      Secuestraron casi 800 gramos de cocaína en Barranqueras y detuvieron a un joven de 27 años

      13 May 2026
    • ACTUALIDAD
      • CHACO HOY
      • JUDICIALES
      • LEGISLATIVAS
      • TURISMO
      • SOCIEDAD
      • CULTURA
      • AGENDA UNIVERSITARIA
      • OPINION
      • INFORMACIÓN GENERAL
      • OTRAS NOTICIAS
      • EDICTOS
    CHACODIAPORDIA.COMCHACODIAPORDIA.COM
    Inicio » Reforma laboral: declaran la inconstitucionalidad de la cancelación en cuotas de las sentencias laborales
    18 March 2026 LEGISLATIVAS

    Reforma laboral: declaran la inconstitucionalidad de la cancelación en cuotas de las sentencias laborales

    Facebook Twitter Telegram Email WhatsApp
    Reforma laboral: declaran la inconstitucionalidad de la cancelación en cuotas de las sentencias laborales
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp
    Publicidad
    Publicidad
    Publicidad

    La Cámara del Trabajo de Córdoba señaló que la modificación que habilita esa modalidad de pago resulta contraria al carácter alimentario del crédito, al principio protectorio, al derecho de propiedad y al principio de progresividad, concluyendo que la dilación en el pago desnaturaliza la reparación del trabajador.

    La Sala VII de la Cámara del Trabajo de Córdoba declaró inconstitucional la norma que permite la posibilidad de cancelar las sentencias judiciales condenatorias en cuotas, incorporada en la ley de contrato de trabajo por la denominada “reforma laboral”.

    Dentro de las modificaciones a la Ley Nº 20.744 (LCT) que introdujo la Ley Nº 27.802, denominada “ley de modernización laboral”, también conocida como “ley de reforma laboral”, se incluyó la variación del art. 277 que regula el “pago en juicio”.

    Pubicidad

    En el nuevo texto se expresa que “Las sentencias judiciales condenatorias de personas humanas y/o jurídicas cuando se trate de grandes empresas podrán ser canceladas en hasta un máximo de seis (6) cuotas mensuales consecutivas, ajustadas conforme la pauta establecida en el artículo 276 de la presente ley. En el caso de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas la cancelación de las sentencias judiciales condenatorias de personas humanas y/o jurídicas podrán ser realizadas en hasta un máximo de doce (12) cuotas mensuales consecutivas”.

    En el marco de una causa iniciada por un despido, la empleadora solicitó la aclaratoria de una sentencia del día 6 de marzo de 2026, mismo día en que entraron en vigencia las modificaciones a la LCT, ya que no se mencionó en parte resolutiva la posibilidad de cancelar las eventuales sumas mandadas a pagar en hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, de acuerdo con lo normado en el nuevo art. 277. Ello teniendo en cuenta la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa, lo que acredita con el correspondiente certificado.

    En respuesta, el Tribunal comienza aclarando que la normativa debe armonizar con los principios y garantías consagrados por la Constitución Nacional y con el resto del ordenamiento jurídico, comenzando con el análisis respecto del respeto al principio de igualdad y la prohibición formular o practicar distinciones arbitrarias u hostiles. Así, se sostiene que hay desigualdad si la ley contempla en forma distinta situaciones que son iguales, pero no si contempla de manera diversa a supuestos o casos que son entre sí diferentes.

    Seguidamente, califica al derecho a percibir indemnizaciones derivadas del despido como un crédito de carácter alimentario, derechos de satisfacción de necesidades básicas y a la salud, tutelados por la Constitución Nacional y Tratados internacionales, y protegidos especialmente como por ejemplo con la prioridad de cobro, inembargabilidad parcial del salario, etc., lo que entiende puede vulnerarse con la dilación en el tiempo del cumplimiento del pago de indemnizaciones en el contexto económico actual.

    “Las condiciones económicas y las reglas de la experiencia nos hacen vislumbrar de manera evidente la existencia de un desfasaje que atenta contra el crédito alimentario del trabajador y es contrario a los propios fines y propósitos de la ley, lo que sin lugar a dudas violenta la protección establecida en el art. 14 de la Constitución Nacional”, se señala.

    En el mismo sentido, también marca que la norma es violatoria del derecho de propiedad del trabajador (arts. 14 y 17 CN), toda vez que “la indemnización calculada en función de los montos establecidos al momento de su sanción, resulta desfasada si se dilata temporariamente su compensación mediante cuotas, a la luz de la realidad económica en la que vivimos”.

    Finalmente, justifica el ejercicio del control de constitucionalidad de oficio y declara la inconstitucionalidad del art. 56 de la Ley 27802, modificatorio del art. 277 de la LCT, por resultar irrazonable, contrario al principio protectorio constitucional de condiciones dignas y equitativas de labor (art. 14 bis) del derecho de propiedad (art. 17) y el principio de no regresión normativa (art. 75 inc. 23) y de progresividad (art. 2.1, PIDESC, art. 75 inc. 22) al revelar un notorio grado de insuficiencia para lograr una reparación justa al trabajador.

    Palabras del Derecho

    Noticias Relacionadas

    LEGISLATIVAS

    La oposición no juntó los votos para destituir a Adorni y se cae la sesión de Diputados

    14 May 2026
    LEGISLATIVAS

    Modificaron la ley de emergencia habitacional para que los municipios adhieran a la normativa

    13 May 2026
    LEGISLATIVAS

    Contrapunto entre oficialismo y oposición por la interpelación trunca al titular de Vialidad en el Parlamento

    13 May 2026


    Últimas Noticias

    Reeditarán “Pint of Science”, una propuesta de charlas sobre ciencia en bares

    14 May 20260 Views

    Detención de periodista en Margarita Belén: “No fue por ninguna pregunta que le haya hecho al gobernador”

    14 May 20266 Views

    La ANMAT prohibió una serie de productos capilares, de limpieza e insecticidas

    14 May 20264 Views
    Buscar Noticias
    Seguinos en Nuestras Redes Sociales
    • Facebook
    • YouTube
    • WhatsApp
    • Twitter
    • Instagram
    • Twitch


    NO TE OLVIDES DE VER

    Reeditarán “Pint of Science”, una propuesta de charlas sobre ciencia en bares

    14 May 2026

    Detención de periodista en Margarita Belén: “No fue por ninguna pregunta que le haya hecho al gobernador”

    14 May 2026

    La ANMAT prohibió una serie de productos capilares, de limpieza e insecticidas

    14 May 2026
    CHACODIAPORDIA.COM
    LA NOTICIA EN TODA SU DIMENSIÓN

    DIRECTOR: Pedro Cáceres
    JEFE DE REDACCIÓN: Rodolfo Mancuello

    DIRECCIÓN: Av. Avalos 468 Torre B 9° Piso. Resistencia – Chaco (0362) 445 2111

    Contáctanos:
    redaccionchacodiapordia@gmail.com

    © Registro de Marca Nº 2.925.652 / Registro de la Propiedad Intelectual Nº 383.000. Está permitida, la reproducción del contenido de este sitio, bajo la condición de mencionar la fuente.

    CHACODIAPORDIA.COM
    Facebook X (Twitter) Instagram YouTube WhatsApp
    • SOCIEDAD
    • CULTURA
    • TURISMO
    • INFORMACIÓN GENERAL
    • JUDICIALES
    • LEGISLATIVAS
    • AGENDA UNIVERSITARIA
    • OTRAS NOTICIAS
    • EDICTOS
    CHACODIAPORDIA.COM - 2024

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.