Desde la Villa Turística dieron a conocer las ordenanzas vigentes. Derogaron el régimen de “Alcoholemia Cero” dejando solo la tolerancia “cero” para conductores profesionales. Además se establecieron normativas para comerciantes de la zona.
La Municipalidad de Paso de la Patria informó a la comunidad, vecinos y turistas que, mediante la Ordenanza No 637/2025, procedieron a la derogación del régimen de “Alcoholemia Cero” (Ordenanza 377/18).
Esta actualización normativa busca armonizar la seguridad vial con el desarrollo de la actividad turística y comercial de nuestra Villa Turística, estableciendo los siguientes límites permitidos de alcohol en sangre:
- Vehículos particulares: Hasta 0,5 g/l.
- Motociclistas: Hasta 0,2 g/l.
- Conductores profesionales: 0,0 g/l (Se mantiene la tolerancia cero).
Intensificación de Controles
“Se comunica asimismo que se pondrá en marcha un esquema de controles de alcoholemia rotativos. Los mismos se llevarán a cabo en diferentes puntos estratégicos de la ciudad y en horarios aleatorios para garantizar el cumplimiento de la nueva normativa. Instamos a todos los conductores a actuar con máxima responsabilidad. El respeto a las normas es fundamental para que todos podamos disfrutar de Paso de la Patria de manera segura” expresaron en un primer comunicado.
Luego señalaron en referencia a la actualización de Normativa Comercial y Convivencia Ciudadana (Ord. N° 635/2025 y Ord. N° 304) a los propietarios de establecimientos comerciales y a la comunidad en general, las normativas vigentes respecto al expendio de bebidas alcohólicas:
En cuanto a horario comercial, se ratifica la vigencia del horario libre. Los comercios (kioscos, despensas y afines) están facultados para funcionar las 24 horas del día.
Respecto al consumo en locales (Ord. 304) establece que en aquellos comercios cuya actividad principal o secundaria sea la venta de comestibles y bebidas, la permanencia de clientes y el consumo de bebidas dentro del local o en sus instalaciones externas estarán permitido exclusivamente hasta las 2 de la madrugada. Cumplido dicho horario, el comercio podrá continuar abierto para ventas, pero no se permitirá la permanencia de personas consumiendo en el lugar.
Protección de menores: Se mantiene la prohibición absoluta de venta de alcohol a menores de 18 años. Es obligatorio exhibir cartelería prohibitiva y solicitar el DNI para verificar la mayoría de edad.
Fiscalización: El incumplimiento de los límites de permanencia y consumo (Ord. 304) o la falta de habilitación municipal darán lugar a las sanciones y clausuras previstas en el Código de Faltas vigente.
Diario Época




