El miembro del Comité de Prevención de la Tortura, Roberto Sotelo, se refirió a la resolución que confirma la elevación a juicio oral contra cinco policías de Miraflores acusados por el delito de torturas. “Es muy importante destacar que el Juzgado tomó en cuenta la modalidad psicológica de la tortura”, subrayó.
El miembro del Comité de Prevención de la Tortura, Roberto Sotelo, en diálogo con CIUDAD TV dio detalles sobre la decisión judicial que confirmó la elevación a juicio oral y público de una causa en la que se acusa a cinco efectivos de la Comisaría de Miraflores por el delito de torturas cometidas en 2021 contra una persona privada de su libertad.
Sotelo explicó que se trata de “la resolución del Juzgado de Garantías de la ciudad de Juan José Castelli, donde confirma el requerimiento de elevación a juicio de cinco efectivos policiales de la Comisaría de Miraflores que en el año 2021 ejercieron torturas sobre una persona que se encontraba privada de su libertad en esa repartición”.
El Comité tomó intervención desde el inicio del caso. “A raíz de esa situación, el Comité oportunamente tomó conocimiento de la situación y presentó la denuncia ante la Fiscalía Especial de Derechos Humanos con sede en Sáenz Peña”, recordó.
El proceso judicial avanzó tras varios años de investigación. “Luego de varios años de investigación, la fiscal elevó la causa a juicio por el delito de torturas en calidad de coautores y recientemente, luego de la oposición planteada por la defensa de los imputados, el Juzgado de Garantía resolvió rechazar este planteo y confirmar el requerimiento formulado por la señora fiscal”, detalló.
Sobre la imputación, Sotelo precisó: “Son cinco policías, todos imputados por el delito de tortura en calidad de coautores. Es decir, hubo un dominio funcional del hecho que obviamente los posiciona como coautores de este delito”.
Respecto de lo ocurrido en 2021, explicó que “la víctima se encontraba detenida y, justamente, la modalidad ejercida fue una modalidad que incluyó no solamente el golpe físico, sino afectaciones a su integridad sexual y obviamente afectaciones a nivel psicológico”.
El referente del Comité subrayó el valor de la resolución: “En ese sentido es muy importante destacar la resolución del Juzgado de Garantía porque toma este concepto de tortura en su modalidad psicológica, entendiendo que posteriormente, al momento de constatar las lesiones, al no existir lesiones físicas por el tiempo transcurrido, las mismas desaparecieron, pero se tomó en cuenta el sufrimiento psíquico que contempla el delito específico de tortura”.
“Como querellantes, esperaremos ya la etapa plenaria para poder llegar al juicio de la manera más efectiva posible. Va a depender de los tiempos de la Cámara Criminal que tome el caso. Esto ya está confirmado, está clausurada la investigación y ahora la fiscalía lo tiene que elevar a la Cámara Criminal correspondiente para su juzgamiento”, reafirmó.




