Lo dispuso a través del Decreto 1305/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial. El aumento pendiente para naftas y gasoil, que debía aplicarse el 1° de noviembre, regirá a partir del 1° de diciembre.
El Gobierno nacional postergó un mes más la aplicación de los aumentos pendientes del impuesto a los combustibles líquidos y del impuesto al dióxido de carbono para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. Los incrementos, que debían empezar a regir el 1° de noviembre, se aplicarán desde el 1° de diciembre de 2026.
Así lo dispuso el Decreto 1305/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía, Luis Caputo.
La postergación de los aumentos
La norma modifica el Decreto 617/25, que había fijado un esquema de aplicación parcial de las subas. El período en que rigen los montos actuales, que se extendía entre el 1° de agosto y el 31 de octubre, ahora llegará hasta el 30 de noviembre. Recién a partir del mes siguiente se trasladarán los incrementos remanentes.
Los aumentos postergados surgen de las actualizaciones correspondientes a 2024 y 2025, y al primer y segundo trimestre de 2026, que nunca se aplicaron por completo. Según la Ley 23.966, los montos fijos de ambos tributos se actualizan cada trimestre por la inflación que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se encarga de calcularlos en enero, abril, julio y octubre.
La medida también alcanza al monto diferencial del impuesto para el gasoil que se consume en la Patagonia, que abarca las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, el partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe.
En los considerandos, el Gobierno sostuvo que la decisión busca “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”. La postergación se suma a una larga serie de decretos que vienen difiriendo las subas mes a mes, como los 699, 782, 840 y 929 de 2025, y los 74, 116, 217, 302, 405, 562, 693, 829 y 1126 de este año.
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