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    Inicio » ECOM respondió al Tribunal Electoral demostrando la existencia de todas las garantías para el Escrutinio
    9 mayo 2025 LEGISLATIVAS

    ECOM respondió al Tribunal Electoral demostrando la existencia de todas las garantías para el Escrutinio

    La empresa informática provincial, ECOM CHACO S.A., a través de un documento de 8 páginas rubricado por su presidente, Dr. Adrián Veleff, respondió a la Resolución 151/25 adoptada por el Tribunal Electoral luego de un planteo efectuado por el Frente Chaco Merece Más a hora de los comicios legislativosde este domingo. Aclarando que ''no se prestará a ningún tipo de estrategia política que busque menoscabar el arduo trabajo de reordenamiento y las garantías constitucionales y legales establecidas para este acto eleccionario''.
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    ECOM respondió al Tribunal Electoral demostrando la existencia de todas las garantías para el Escrutinio
    Escrutinio.
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    En ese sentido, el escrito comienza señalando que, al respecto, dicho pedido ”forma parte del responde de Oficio 144/25 del Tribunal Electoral del legajo ”Sobre requisitos para llevar adelante escrutinio provisorio y definitivo de las elecciones del 11 de mayo de 2025” cuya fecha de presentación fue el 22 de abril de 2025”, asimismo ”en presentación de fecha 29 de abril de 2025 donde se comunicara las normas generales dispuestas para el Personal de Carga Electoral de escrutinios, y la presentación de fecha 07 de mayo de 2025, de toda la información y estructura técnica y legal de los procesos de escrutinio”.

    Indicando que, ”en la documentación en vuestras manos y que seguramente forma parte del expediente principal del proceso eleccionario, en todo momento se indica que es un derecho de cada uno de los partidos políticos y de los ciudadanos, el acceso a la información; y para el caso de partidos políticos partícipes de este proceso eleccionario, el poder auditar como corresponde a cada uno de los procesos, con el absoluto fin de garantizar la mayor transparencia de las elecciones a llevar a cabo el día 11 de mayo de 2025”.

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    Veleff recuerda que, además, ”es así que desde que se inició este proceso a requerimiento del Tribunal Electoral se han dispuesto y elevado COMO NUNCA ANTES todas y cada una de las decisiones tomadas a los efectos de garantizar un proceso absolutamente limpio, transparente, sin que existan dudas sobre todos los pasos que se vienen llevando a cabo”.

    En ese sentido, el documento en cuestión contiene detalladamente la observación de criterios legales tales como Fiscalización Partidaria y asimismo críterios técnicos, Seguridad, Trazabilidad, Eficiencia, Accesibilidad, Capacitación, Contingencias, Transparencia y Auditabilidad y Observación.

    Pero también ”criterios sobre Software y Tecnología tales como: para el caso, donde se utilizará un software específico para el escrutinio provisorio. Se deben brindar sus códigos fuente al Tribunal Electoral a fin de que el mismo sea auditado por los partidos políticos previo a la elección. Y asimismo se deben prever la implementación medidas de seguridad como el cifrado y la firma digital para proteger la información durante la transmisión (entre otros) con los aspectos técnicos clave relacionados con la transparencia y la seguridad”.

    ”Las áreas técnicas de la Empresa ECOM, integradas por trabajadores con experiencia en procesos electorales en gestiones anteriores – y que no fueron designados por la actual administración -, elevaron una propuesta al Tribunal Electoral a petición de éste último, y no por instrucción del Directorio. En reiteradas oportunidades, dichas áreas técnicas han manifestado y garantizado la legalidad y transparencia de todos los procesos, incluyendo la implementación de medidas de seguridad reforzadas en los sistemas tecnológicos, con mejoras significativas respecto a prácticas anteriores”, reza la respuesta.

    ”Adicionalmente, se proporcionó al Tribunal Electoral, de manera detallada, la información
    completa de cada una de las personas designadas para participar en los procesos de escrutinio. Dicha información ya se encuentra en posesión del Tribunal, con el cual se ha mantenido una coordinación constante para la implementación de estos criterios”, agrega.

    Por otra parte, el Dr. Veleff señala que, ”debo indicar además que por iniciativa de la Empresa sugerimos colocar cámaras web donde la ciudadanía del Chaco (y de donde fuere) pueda seguir on line con video y sin audio los procesos a llevarse adelante en el tribunal electoral el día del escrutinio provisorio”.

    ”En ejercicio de sus derechos, cada partido político puede acreditar observadores ante el Tribunal Electoral o, en el lugar que específicamente indique ese organismo, donde se ubiquen los servidores de Ecom Chaco S.A., para supervisar las etapas del proceso de escrutinio. Es fundamental precisar que la incorporación de los resultados (obtenidos a través del sistema de la empresa contratada para dicho fin, sin vinculación con Ecom Chaco S.A.) se realizará de forma EXCLUSIVA en las dependencias del Tribunal Electoral, el cual cuenta con la totalidad de las mesas de carga necesarias, tal como consta en sus registros”, reitera.

    ”Resulta absolutamente contradictoria la presentación efectuada, la cual atenta gravemente contra el prestigio y la reputación de la empresa, así como contra la responsabilidad con la que este Directorio ha gestionado los asuntos electorales. Ello porque NUNCA nos han requerido revisar anteriormente los procesos por parte de ningún partido y nuestra presentación al Tribunal Electoral se basa en una decisión empresarial fundamentada en los requerimientos técnicos del equipo de ingenieros de ECOM, quienes recomendaron la implementación de todos los procedimientos de contingencia necesarios para la integridad de los sistemas”, significa para rechazar el planteo de la oposición.

    Más adelante, se remarca que, ”debe el Tribunal Electoral saber que hay cientos de empleados de ECOM CHACO S.A. que se encuentran trabajando en la empresa. Saber que no está cerrado ni impedido el acceso a quienes trabajan en el Anexo de Ruta 16, ni los empleados que trabajan en Anexo de Sáenz Peña, ni empleados que trabajan en el Anexo de Villa Ángela”.

    ”Le consta por Tribunal Electoral que el jefe técnico de todo el proceso es un empleado que tiene más de 15 años en su puesto de trabajo en ECOM CHACO S.A., al igual que la mayoría de los integrantes de equipos técnicos. Este listado está en manos del Tribunal electoral desde hace días. Lamento que los apoderados de partidos políticos no se hayan notificado de tal situación”, apunta en queja.

    ”Por las razones precedentemente detalladas, esta empresa declara enfáticamente que NO SE PRESTARÁ a ningún tipo de estrategia política que busque menoscabar el arduo trabajo de reordenamiento y las garantías constitucionales y legales establecidas para este acto eleccionario. Del mismo modo, se opone firmemente a cualquier intento de utilizar al Tribunal Electoral como un instrumento para alcanzar objetivos políticos”, cierra en su argumentaciones.

    No obstante aclara, finalmente, que ”a fines de dar cumplimiento al punto II de la Resolución 151/25 y para efectos de acceso a las instalaciones de ECOM CHACO S.A., solicitamos se comunique a cada partido político la remisión del Nombre y Apellido, y el DNI de las personas designadas, las que deberán cumplir estrictamente las siguientes condiciones coincidentes con las normas de seguridad previamente definidas:

    El acceso autorizado (con acompañamiento policial permanente) permitirá la visualización de los procesos técnicos necesarios.

    El ingreso al Centro de Datos se concederá a un único representante por partido político, bajo acompañamiento constante.

    • Los procesos a observar en este sector son:
      -Acreditación de cargadores
      -Monitoreo de Infraestructura de red (NOC)
      -Monitoreo de Servidores
      -Monitoreo de base de datos
      -Monitoreo de probables ataques cibernéticos, ejecución de procesos de contingencia ante requerimiento, y tareas operativas de mantenimiento solicitadas por el Tribunal Electoral”.

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