El proyecto de “Ley de Defensa de la Soberanía Nacional”, enviado por el Gobierno en el marco de un sorpresivo impulso de la Causa Malvinas, fue girado en la Cámara de Diputados a las comisiones de Defensa Nacional, Legislación Penal y Relaciones Exteriores y Culto, presididas por los oficialistas Carlos Zapata, Laura Rodríguez Machado y Juliana Santillán, respectivamente.
La iniciativa consta de 133 artículos y, además de la derogación de la actual Ley 26.659 -sobre sanciones en la exploración y explotación de hidrocarburos en la Plataforma Continental Argentina- y cambios al Código Penal, también introduce modificaciones en la Ley de Defensa Nacional (23.554), la Ley de Inteligencia (25.520) y hasta la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos (26.215).
En los días posteriores a su presentación, desde la oposición aparecieron las primeras advertencias sobre el extenso proyecto, referidas a delegación de facultades para el Poder Ejecutivo, atribuciones para las Fuerzas Armadas y una especial atención sobre la creación de un tipo penal referido a la “desinformación”, sobre el que ya también han salido a alertar abogados constitucionalistas.
“¿Y esto qué tiene que ver con Malvinas? El proyecto incorpora restricciones a la participación de extranjeros en procesos electorales argentinos”, observó el diputado de Unión por la Patria Agustín Rossi, quien puso la lupa sobre distintas definiciones que se incorporan en el texto. “Malvinas no puede ser el caballo de Troya para cambiar todo el sistema de seguridad, defensa e inteligencia”, agregó el exministro de Defensa.
Por su parte, desde la Coalición Cívica, el diputado Maximiliano Ferraro puso un manto de sospecha sobre una “amnistía” encubierta a empresas que ya han sido sancionadas e inhabilitadas por operaciones vinculadas a Malvinas, al proponer la derogación de la ley por la cual fueron castigadas.
Entre los artículos que generaron “ruido” desde que se conoció el proyecto -anunciado por cadena nacional por el Presidente Javier Milei el pasado 3 de septiembre- se encuentran dos que forman parte del Título VI, sobre “fortalecimiento ante la influencia extranjera y otras modificaciones”.
El artículo 106 incorpora a la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos que “las personas humanas extranjeras que no cuenten con residencia permanente en el país y las personas jurídicas extranjeras no podrán realizar actos de financiamiento, organización, dirección o ejecución de actividades de campaña electoral o propaganda electoral”.
Por otra parte, el artículo 111 incorpora el artículo 225 bis al Código Penal, con el objeto de establecer penas de prisión de 5 a 12 años para quien “actuando por cuenta, orden o financiamiento total o parcial de un Estado extranjero, organización o agente extranjero, realizare actividades que procuren alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva; y/o promuevan o financien actos de violencia o sabotaje contra el Estado argentino o sus habitantes”.
“La pena será de 8 a 15 años si la conducta se cometiere mediante amenazas, sobornos, coerción o uso de estructuras criminales”, agrega el texto.
Entre sus principales puntos, la iniciativa apunta a endurecer significativamente las sanciones contra empresas y personas que desarrollen actividades económicas en las islas o en los espacios marítimos e insulares reclamados por la Argentina sin autorización nacional.
La propuesta deroga la Ley 26.659 y amplía considerablemente su alcance. Mientras la norma vigente estaba centrada principalmente en actividades hidrocarburíferas, el nuevo régimen alcanza a cualquier aprovechamiento de recursos naturales, renovables o no renovables, realizado sin habilitación argentina.
Otra novedad es que el proyecto habilita la realización de juicios en ausencia para los delitos previstos en el régimen.
Además, se crea un Sistema de Seguridad Nacional y un Consejo de Seguridad Nacional presidido por el Presidente de la Nación e integrado por el jefe de Gabinete, los ministros de Economía, Defensa y Relaciones Exteriores, el titular de la SIDE y la Secretaría Legal y Técnica. Ese organismo tendrá facultades para coordinar políticas diplomáticas, económicas, militares, jurídicas y de inteligencia vinculadas con la seguridad nacional.
Fuente: Parlamentario




