Marcela Cortés, del Juzgado de Faltas, informó que se notificó en febrero un fallo dictado a fines del año pasado que impone 40 días de prisión efectiva por acoso callejero. Señaló que es la tercera condena por esta temática y explicó cómo denunciar y qué medidas de prueba pueden aportar las víctimas.
La jueza de faltas Marcela Cortés confirmó en diálogo con CIUDAD TV que se notificó a las partes un fallo que condena a 40 días de prisión efectiva a un hombre por acoso callejero.
“Ese es un fallo que se dictó a finales del año pasado, recién durante este mes de febrero hemos podido notificar a ambas partes, a víctima y victimario”, explicó. Indicó además que “es la tercera condena en el tribunal por la misma temática, acoso callejero”.
Sobre el hecho, detalló que la víctima, una joven que regresaba del gimnasio, fue interceptada en la vía pública. “Fue seguida por el señor haciendo referencia a la manera en la que ella estaba vestida y posteriormente hizo tocamientos indebidos en el cuerpo de ella, exhibiendo inclusive sus partes íntimas”, relató.
La joven realizó la denuncia y declaró ante el tribunal cuando fue citada. “Con el aporte de cámaras de seguridad de las inmediaciones donde ocurrió el hecho se pudo determinar cómo ocurrió y las demás circunstancias”, precisó.
Cortés recordó que este tipo de conductas están contempladas en la normativa vigente. A nivel nacional, la Ley 26.485 de protección integral a las mujeres incorporó la violencia en el espacio público como modalidad de violencia contra la mujer. En la provincia, el acoso sexual en lugares públicos fue incorporado al Código de Faltas en el artículo 69.
“Primero lo que se tiene que saber es que no es piropo, es acoso”, afirmó. Y agregó: “Es una conducta que está prohibida, que si bien fue tolerada durante mucho tiempo, actualmente está reprimida en el código contravencional de la provincia”.
La funcionaria señaló que, aunque hubo tres denuncias y en las tres se dictó condena, no se registran más presentaciones. “No hay denuncias. Por eso se pide la difusión del fallo, para concientizar y porque a veces se descree de que no va a pasar nada”, sostuvo.
En relación al impacto en las víctimas, indicó que en causas anteriores muchas continuaron con tratamiento psicológico y modificaron hábitos cotidianos. “Genera inseguridad en la víctima. Continúan con tratamiento psicológico, tienen inseguridad de andar en la vía pública, se cambian las formas en las que se visten, a veces piden que la pareja, un amigo o una amiga la acompañe”, describió. Y subrayó: “Las mujeres tenemos derecho a transitar y estar en la vía pública con total libertad y seguridad”.
Sobre el procedimiento, explicó que la denuncia puede realizarse en cualquier comisaría o directamente en el Juzgado de Faltas, y también a través del 911. “Se puede hacer la denuncia en cualquier comisaría, en la más cercana de la zona o del barrio donde está la víctima, y luego la causa se remite al Juzgado de Faltas”, indicó. Añadió que terceros también pueden denunciar si presencian el hecho.
Recomendó, además, que en el momento del hecho se intenten identificar testigos o cámaras de seguridad. “Lo que se recomienda es ver si hay transeúntes que pudieran haber visto para recabar los datos de estos testigos, si hay cámaras en la zona, como para poder determinar qué medidas de prueba pueden tener”, señaló.
En cuanto a los antecedentes, explicó que uno de los condenados anteriores fue abordado junto al área de salud mental, mientras que el hombre condenado ahora ya se encuentra privado de libertad por otro delito contra la integridad sexual, con una pena de dos años y seis meses que cumple hasta mayo de 2027. “Estamos trabajando con el juez de ejecución penal para ver si cumplida esa pena va a cumplir los 40 días acá en la justicia de faltas o si se le hace una acumulación de penas”, detalló.
Cortés insistió en la necesidad de visibilizar la problemática. “El gran porcentaje de víctimas son niñas, adolescentes, menores de edad y mujeres muy jóvenes”, afirmó. Y concluyó: “Era necesario que se contemple en el código contravencional y que se criminalice esa conducta”.




