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    JUDICIALES

    Condenaron por usurpación y resistencia a la autoridad a siete integrantes de una comunidad mapuche 

    La causa la había iniciado la dirección macrista de Parques Nacionales en 2017 contra una comunidad que había recuperado sus territorios ancestrales en Río Negro. Las penas llegan a dos años y medio de prisión. Todos quedarán en libertad hasta que la sentencia quede firme.
    1 octubre 2024
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    Condenaron por usurpación y resistencia a la autoridad a siete integrantes de una comunidad mapuche 
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    Al final tuvieron razón los abogados y abogadas de La Gremial cuando en conferencia de prensa anticiparon que la sentencia del juicio contra la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu ya estaba escrita y era condenatoria. “Sabíamos que ya estaba decidida, el estado argentino no está dispuesto a reconocer a los pueblos originarios, está en su ADN”, dijo a Página12 la abogada Laura Taffetani, integrante del equipo de la defensa.

    El juez federal de Bariloche, Hugo Greca, condenó a los siete mapuche imputados -Betiana Ayelén Colhuan, Martha Luciana Jaramillo, Yéssica Fernanda Bonnefoi, María Isabel Nahuel, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia, Joana Micaela Colhuan y Gonzalo Fabián Coña- a penas de entre dos y dos años y medio de prisión en suspenso por el delito de resistencia a la autoridad y usurpación de siete hectáreas que ellos habían recuperado por ancestralidad, pero Parques Nacionales invoca que las tomaron de manera ilegal en septiembre de 2017. Todos quedarán en libertad hasta que la sentencia quede firme. La Gremial apelará ante la Cámara de Casación y, eventualmente, la Corte Suprema.

    “En estos años hubo una ofensiva de criminalización contra los pueblos originarios de la Patagonia y también del norte por la sed absoluta atrás de los recursos minerales y el turismo, en un sistema mercantilizado ellos no tienen cabida, pero la historia es más grande que una sentencia”, agregó Taffetani. A su criterio “la justicia llegará de la mano de esos niños y niñas que soportaron dos desalojos y ahora la condena de sus madres”. Greca concedió todo lo que pidió la fiscalía de Rafael Vehils Ruiz, excepto algo a lo que la defensa se opuso de manera rotunda: quería que como condición de la suspensión de la pena no pudieran acceder al rewe (sitio sagrado) ubicado en el territorio en disputa durante los dos años de condena en suspenso. “Esto demuestra claramente que ése era el objetivo del juicio, a pesar de todo lo que explicó la machi (sanadora) sobre la importancia del rewe”, apuntó la letrada.

    En su declaración, la machi Betiana Colhuan había sido muy elocuente sobre ese lugar donde ella realizan tareas de sanación física y espiritual. Contó en qué consiste su rol, designado por una anterior machi, Teresa Painequeo, y se describió como la guía espiritual de su pueblo. Explicó que se formó durante muchos años para poder ejercer una labor que le fue asignada, para cumplir un rol sagrado que en los últimos años “se había terminado de este lado de la Cordillera, porque los machis ceremoniales fueron encarcelados y asesinados”. Para llevar a cabo el cuidado de su pueblo dijo que se formó aprendiendo “medicina occidental”. Además, explicó que en esta comunidad en particular hubo un proceso de fortalecimiento espiritual y el levantamiento de un rewe de una machi que llegó a orillas del Lago Mascardi, una ceremonia que se realizó antes incluso de que ella naciera. En el inicio del juicio había sido absuelta porque al momento de los hechos era menor de edad.

    En este proceso que solamente insumió tres audiencias, quedó demostrado que la comunidad se defendió con piedras el 25 de noviembre de 2017 cuando Prefectura mató a Rafael Nahuel. Sin embargo, cinco de los Albatros fueron condenados el año pasado apenas a 5 años por “homicidio cometido en exceso de legítima defensa” por enfrentamiento con armas.

    María Nahuel -madre de la machi y una de las condenadas- habló en sus palabras finales antes de los alegatos. “No somos usurpadores, a nosotros nos vinieron a despojar de nuestro territorio, nos vinieron a matar”, enfatizó. Y cuestionó la existencia de privados en las mismas tierras. “Tenemos a (Diego) Frutos y a cuántos más al lado de donde estamos nosotros y ellos ¿cómo están ahí? ¿tienen su título? ¿Parques tiene derecho a vender el territorio porque tienen plata?”.

    Sobre el desalojo, Nahuel recordó: “Nunca me voy a olvidar, uno levantó a mi nieto como un trofeo, cuando me tenían en el piso. Con un machete le dieron a la carpa. A los tiros entraron”. La mujer, tía de Rafael Nahuel, agregó que nunca tuvo derecho a defenderse como mujer. “Rafita Nahuel quería vivir ahí porque está muy contaminada la ciudad”, afirmó. Y también rememoró el operativo de desalojo del 23 de noviembre, cuando arrastraron a su hija, la machi, y la obligaron a comer tierra.

    Por su parte, Romina Rosas expresó que ella se acercó “por una necesidad espiritual, no somos violentos, no somos terroristas, somos mapuche y queremos que el Estado reconozca todo el atropello que están haciendo hoy con la machi y con todo el pueblo mapuche, no nos sentimos respetados, hay racismo y discriminación”. En tanto, Aylén Tapia relató que es amansadora de caballos, estaba en su escuela dando clases y acudió a la comunidad para ayudar. “En los siete años que siguieron la fiscalía nos armaba dos causas por año, me imputaron viviendo a mil kilómetros. Pasar nuestros nombres de expediente en expediente demuestra el racismo. En 2018 la ex ministra Bullrich dijo que teníamos que pagar el operativo. En 2019 me deprimí, un año en cama”, dijo.

    También Quemquemtreu

    La comunidad de Villa Mascardi no es la única sometida a juicio en estos días. Tanto la fiscalía como la querella que intervienen en el juicio por la ocupación de tierras iniciada hace tres años contra la lof Quemquemtreu, ubicada cerca de El Bolsón, pidieron condenas por el delito de usurpación para los seis acusados, tres varones y tres mujeres. La defensa fue de la abogada Andrea Reile, quien dijo que el paraje Cuesta del Ternero, donde se encuentra el predio en disputa, es históricamente “territorio mapuche”, fue escenario de “trashumancia”, ceremonias ancestrales, trawunes y otros actos de “uso tradicional”. Además rechazó que el denunciante, Rolando Rocco, tenga derecho de posesión sobre el lugar.

    En cambio, la fiscal Betiana Cendón sostuvo que en el juicio quedó demostrado que Rocco es titular de un permiso provincial y desarrollaba explotaciones forestales en esa fracción de tierra, donde efectuó “actos posesorios” desde 1981, que “no fueron refutados”. Cendón pidió que se los declare responsables del delito de usurpación y lo mismo reclamó el abogado querellante, Ernesto Saavedra.

    La defensora Reile fundó señaló que “para que un lugar sea usurpado se debe ejercer posesión” y el campo objeto de disputa “no estaba cercado ni cuidado, no tenía un puestero y no había actos posesorios de Rocco”. Si bien durante el juicio hubo mención a sus derechos sobre más de 2.500 hectáreas, “varios testigos dijeron que el campo estaba abandonado”.

    Por su parte, una de las imputadas, Romina Jones, dijo al final de la última audiencia que esperaba que la sentencia del juicio sea “el final de estos días tan angustiantes” y les permita “vivir tranquilos, sin sufrir violencia”. El fallo de este juicio será emitido mañana.

    Página/12

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