El máximo tribunal penal federal del país recordó en la sentencia “el peligro que para la comunidad importa la mera portación de un arma de fuego, que aumenta más allá de lo permitido el poder ofensivo de un hombre”, expresó el fallo firmado de manera unánime por los jueces de la sala IV Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, y al que tuvo acceso Télam.
El acusado quedó así con condena firme por portación de arma de fuego de guerra sin autorización legal y encubrimiento porque sabía de su procedencia ilícita.
El Tribunal advirtió que “la puesta en peligro del bien jurídico se verifica con el mero traslado de dicho objeto, como en este caso: en el automóvil” en el que se desplazaban dos condenados y una tercera persona aún prófuga.
“Basta con que el sujeto se desplace llevando un arma de fuego, en condiciones de ser utilizada y sin contar con la debida autorización para ello, para que se configure el tipo penal bajo estudio”, concluyó la sentencia
El hecho ocurrió el 17 de agosto de 2021 cuando un control policial interceptó al vehículo y se encontró un arma con cargador y 191 municiones.
En el interior del auto viajaban el condenado Cristhian Fleitas, junto a otros dos hombres, uno de los cuales también fue juzgado mientras que el tercero sigue prófugo.
Los tres “portaban conjuntamente” la pistola 9 mm que en su corredera tenia la inscripción ” FABRICA MILITAR DE ARMAS PORTATILES “DM” ROSARIO D.G.F.M.” de color negro y con numeración registral suprimida.
El procedimiento estuvo a cargo de la Dirección Departamental de Investigaciones en Función Judicial Morón, tras interceptar el vehículo en las inmediaciones de la Av. Bella Vista (Ruta 1003), a la altura de la arteria Francisco de Paula Castañeda, de la localidad de Libertad, partido de Merlo, provincia de Buenos Aires.
La condena ahora confirmada fue impuesta por el Tribunal Oral Federal 3 de San Martín.
Télam