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    Inicio » Casación le dio la razón a Sabadini y continuará como fiscal en el caso contra el piquetero Tito López
    4 abril 2025 JUDICIALES

    Casación le dio la razón a Sabadini y continuará como fiscal en el caso contra el piquetero Tito López

    El fiscal federal de Resistencia, Patricio Sabadini, continuará al frente de la causa por presunto lavado de activos contra el dirigente piquetero Ramón “Tito” López y su núcleo familiar. Así lo dispuso el jueves la Cámara Federal de Casación Penal.
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    Casación le dio la razón a Sabadini y continuará como fiscal en el caso contra el piquetero Tito López
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    La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Carlos Alberto Mahiques (presidente), Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos (vocales), revocó dos resoluciones: una dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia y otra por el juez federal N°2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.

    Ambas decisiones estaban vinculadas. La primera, firmada por Mianovich el 2 de octubre pasado, hizo lugar a un pedido de recusación presentado por el abogado defensor de “Tito” López, Francisco Belle, contra Sabadini. Belle argumentó que el fiscal debía ser apartado del caso por “enemistad manifiesta” y “falta de objetividad”.

    Sustentó su postura en varias declaraciones televisivas de Sabadini, en las que calificó a su defendido como un “mal social que hay que erradicar”. Además, señaló que el fiscal filtró al canal La Nación+ el video de la declaración indagatoria de López, un material sensible que debería ser tenido en reserva. Al aceptar estos argumentos, Mianovich apartó a Sabadini y ordenó al fiscal general, Federico Carniel, que designara de inmediato un reemplazo.

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    Sin embargo, Carniel decidió sostenerlo hasta que se resolvieran las apelaciones. Aclaró, sin embargo, que el juez se estaba entrometiendo en decisiones que le competen al Ministerio Público Fiscal, excediéndose en sus atribuciones. Mientras tanto, Sabadini presentó un recurso de queja ante la Cámara Federal de Resistencia para revertir la decisión de Mianovich, pero fue rechazado.

    El centro de las críticas fue la filtración de la indagatoria a La Nación+. Las juezas Rocío Alcalá y Patricia García calificaron de “inadecuado” que actos procesales trascendentes como una indagatoria tomaran estado público de inmediato, ya que tal audiencia “sólo involucra a las partes, pero no a terceros”.

    “Con mayor razón aún, cuando en el marco de la misma se observaron manifestaciones que no contribuyen al buen orden del acto procesal llevado a cabo, lo que lesiona la imagen de la justicia toda”, señalaron las magistradas. También remarcaron la importancia de dar un “igual tratamiento a todos los medios de comunicación en el momento de hacer pública una información” y pidieron minimizar el uso del “off the record”, ya que podría generar situaciones en las que “razonablemente los encartados consideren la pérdida de objetividad a su respecto”.

    Frente a esto, Sabadini presentó un recurso ante Casación para continuar en el caso. Al evaluar el pedido, la Sala III, en fallo dividido, resolvió “hacer lugar al recurso de casación del Ministerio Público Fiscal, casar y revocar la resolución recurrida –y su antecedente necesario–, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen”.

    Al fundamentar su voto, los jueces Gemignani y Hornos enfatizaron la diferencia entre el rol del juez y el del fiscal. Aclararon que, mientras al primero se le exige imparcialidad, al segundo no, dado que su función en el proceso es la de acusar. Sin embargo, señalaron que sí se le exige objetividad en su proceder.

    “Más allá de las expresiones vertidas por el fiscal –que no han sido cuestionadas–, lo cierto es que no se exige de parte del acusador que mantenga su imparcialidad. En efecto, el rol que la sociedad le asigna al funcionario es la de llevar adelante el principio de oficialidad, tendiente a activar la persecución penal ante el delito”, sostuvo Gemignani.

    “Así pues, si bien tanto los digestos procesales como los reglamentos específicos regulan el decoro y la objetividad con que deben tratarse las manifestaciones a aquellos ajenos al expediente, las expresiones vertidas por los intervinientes no colisionan con la posibilidad de informar a la opinión pública respecto de hechos que eventualmente fueran de interés general, siempre que se realicen –insisto– en el marco de decoro y prudencia que la función judicial exige”, agregó.

    En disidencia, Mahiques fundamentó su postura en una cuestión meramente formal. Consideró que la resolución impugnada “cuenta con los fundamentos mínimos y suficientes para ser considerada como un acto jurisdiccional válido” y que el fiscal “no demostró la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio, conforme la doctrina sentada por la Corte”. Por ello, concluyó que el recurso de casación presentado “no supera el análisis de admisibilidad”.

    Vale recordar que Tito López es uno de los líderes piqueteros más importantes del Chaco. Se encuentra detenido, junto con su esposa y sus dos hijos, desde septiembre del año pasado, acusado de amasar una enorme fortuna mediante manejos irregulares, especialmente en la administración de tierras fiscales y fondos destinados a proyectos productivos financiados por el gobierno chaqueño.

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